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Pág. 222401 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de mayo de 2002 21.FEB.2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 7964 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0279-2002-IN/0901 Lima, 2 de mayo del 2002 Visto, el Recurso Impugnativo de Apelación, interpuesto por el servidor GUERRERO SAN MARTÍN Víctor Martín, Técnico en Auditoría I-STB, de la Oficina de Control Inter- no del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 0229-2002- IN/0901 de 21.FEB.2002; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0229-2002- IN-0901 de 21.FEB.2002, se resuelve ascender con efecti- vidad al 1 de diciembre del 2001, a las plazas vacantes en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de las Depen- dencias No Policiales del Ministerio del Interior, a los servi- dores que se indican en dicha Resolución; Que, con escrito de Reg. Nº 1264 de 8.MAR.2002, el recurrente en tiempo y forma oportuna interpone recurso impugnativo de apelación contra la R.M. Nº 0229-2002-IN- 0901 de 21.FEB.2002, fundamentando su pedido en los hechos y derechos que en dicho Recurso expone; Que, el Recurso de Apelación interpuesto por el peticiona- rio no se sustenta en diferente interpretación de las pruebas producidas, ni trata de cuestiones de puro derecho, en razón de que al aprobarse y ejecutarse la acotada Resolución, se actuó dentro del marco de la Ley y de los hechos; es decir como resultado de un debido proceso, por tanto, no existen cuestiones de puro derecho, asimismo no se ha dado diferente interpretación a las pruebas de cargo actuadas, por lo que la apelación planteada no reúne los presupuestos jurídicos que prevé la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General de 10.ABR.2001; Que, revisado y analizado los documentos que corren en autos, se establece que no obra en el legajo personal del recu- rrente, ni en la solicitud de postulación, copia del grado de ba- chiller en Ciencias Contables, a la que hace alusión el recu- rrente en su recurso de apelación, solamente obra una cons- tancia de egreso de fecha 28.NOV.2001 y una Resolución Nº 1617-DFCC-2001 de 30.NOV.2001, en la que se le declara expedito para optar el grado académico de bachiller en Conta- bilidad, razón por la cual fue descalificado, por lo que la impug- nación formulada por el apelante deviene en INFUNDADA; Que, con Informe Nº 1915-2002-IN-0202 de 10.MAR.2002, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Inte- rior, emite su opinión legal, considerando que el recurso im- pugnativo de apelación, interpuesto por el servidor GUERRE- RO SAN MARTÍN Víctor Martín, contra la R.M. Nº 0229-2002- IN/0901 de 21.FEB.2002, debe declararse INFUNDADO; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto por el Art. 209º de la Ley Nº 27444 de 10.ABR.2001, Ley del Procedimiento Ad- ministrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO, el Recurso Impugnativo de Apelación, interpuesto por el servidor GUE- RRERO SAN MARTÍN Víctor Martín, Técnico en Auditoría I-STB, de la Oficina de Control Interno del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 0229-2002-IN/0901 de 21.FEB.2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 7965PESQUERÍA Designan Jefe de la Oficina de Planifica- ción y Presupuesto del FONDEPES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2002-PE Lima, 2 de mayo del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 074-2001-PE se designó a la economista VIOLETA CUADROS PELLANE en el cargo de Jefe de la Oficina de Planificación y Presu- puesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FON- DEPES; Que la indicada funcionaria ha puesto su cargo a disposición; De conformidad con lo dispuesto por Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación de la economista VIOLETA CUADROS PELLANE en el cargo de Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al economista CÉSAR HUGO MELGAREJO ESCUDERO en el cargo de Jefe de la Ofici- na de Planificación y Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 8014 Aprueban listado actualizado de embar- caciones pesqueras de madera autori- zadas a realizar actividades extractivas de acuerdo a la Ley Nº 26920 y sus nor- mas reglamentarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2002-PE Lima, 2 de mayo del 2002 CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º y 44º de la Ley General de Pes- ca, Decreto Ley Nº 25977, establecen que para la opera- ción de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el Artículo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el Ministerio de Pesquería publicará en el primer y tercer trimestre de cada año la relación de em- barcaciones de mayor escala autorizadas a realizar activi- dades extractivas de acuerdo a los derechos conferidos a cada una de ellas; Que el Artículo 33º del Reglamento de la Ley General de Pesca establece que se incluirán en los listados corres- pondientes a las embarcaciones que cuenten con permiso de pesca vigente, a las embarcaciones que cumplan los requisitos para mantener vigente el plazo y contenido del permiso de pesca de las embarcaciones, tales como acre- ditar su condición de operación, pagado los derechos de pesca que correspondan y haber realizado actividades extractivas en el ejercicio previo, para lo cual los armado- res deben presentar, en el mes de enero de cada año, con- juntamente con la declaración jurada anual de las capturas realizadas que se presenten para el pago de los derechos de pesca - cuando corresponda - copia del certificado de matrícula de la embarcación emitido por la autoridad marí- tima con la refrenda vigente a la fecha de la presentación;