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Pág. 222394 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de mayo de 2002 to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Minis- tro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 8086 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2002-EF Lima, 3 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Candarave, depar- tamento de Tacna, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de noviembre de 2001 aceptó la donación efec- tuada por Crystal Group Ltd. de Japón consistente en un vehículo destinado como ayuda a la reconstrucción de los daños causados por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im- puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artí- culo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la do- nación efectuada por Crystal Group Ltd. de Japón, a favor de la Municipalidad Provincial de Candarave, departamen- to de Tacna, consistente en un vehículo marca Nissan, modelo Primera, año 1992, según Carta de Donación sin fecha y con un peso aproximado de 1 140 kgs., según Co- nocimiento de Embarque Nº SIL-019 de Orient Maritime Corporation (O.M.C.). Donación destinada como ayuda a la reconstrucción de los daños causados por el sismo ocu- rrido el 23 de junio de 2001. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Minis- tro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 8087Aprueban donaciones efectuadas a fa- vor de las Municipalidades de Cocacha- cra, Lucanas, del Centro Poblado Me- nor de Uchumarca y Curibaya RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 112-2002-EF Lima, 3 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Cocachacra, provin- cia de Islay, departamento de Arequipa, por Acuerdo Muni- cipal Nº 015-2001-MDC de fecha 16 de noviembre de 2001 aceptó la donación efectuada por Crystal Group Ltd. de Japón consistente en un vehículo destinado como ayuda a la reconstrucción de los daños causados por el sismo ocu- rrido el 23 de junio de 2001; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Ar- tículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la do- nación efectuada por Crystal Group Ltd. de Japón, a favor de la Municipalidad Distrital de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa, consistente en un vehí- culo, marca Nissan, modelo Sunny, año 1992, según Carta de Donación sin fecha y un peso aproximado de 1 020 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº SMA-015 de Orient Maritime Corporation (O.M.C.). Donación destinada como ayuda a la reconstrucción de los daños causados por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Artículo 2º.- Compréndanse a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues- to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Minis- tro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 8088 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2002-EF Lima, 3 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Lucanas, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho en Sesión Extraor- dinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2001 aceptó la donación efectuada por la Organización ZukunftsWelten e.V. de Solingen, Alemania, consistente en diversos bie- nes destinados a beneficiar a los pobladores más necesi- tados del distrito de Lucanas;