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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2002 (16/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 12 PROYECTO Lima, jueves 16 de mayo de 2002 establecidos aún en los servicios públicos de teleco- municaciones que operan en el territorio de la Repú- blica del Perú, los cuales deberán contener las consi- deraciones técnicas y los plazos de su implementa- ción. El MTC, elaborará el Reglamento de Asignación y Rever- sión de los códigos y series de numeración para los ser- vicios públicos de telecomunicaciones. De ser necesario, se incrementará un dígito al número nacional (significativo) geográfico, pasando éste a te- ner una longitud de nueve (9) dígitos, lo que será im- plementado cuando la Administración lo considere per- tinente. En este estado, el número de abonado en el área de numeración 1 tendrá una longitud de ocho (8) dígitos y de siete (7) dígitos en las demás áreas de numeración. Etapas de implementación del Plan Técnico Funda- mental de Numeración Primera Etapa: Aumento de un dígito en el número nacional (signifi- cativo) móvil. Inicialmente se considerará al nueve (9) como octavo dígito del número nacional (significati- vo) para el servicio público móvil, pudiendo utilizarse otros dígitos cuando la Administración lo considere conveniente. Para realizar llamadas hacia un usuario de la red pública móvil, no será necesaria la marca- ción del prefijo de acceso cero (0), ni del Indicativo de Red (DN). Creación de los códigos de las áreas de numeración, los cuales identificarán a un departamento en particular y tendrán la función de Indicativo de Larga Distancia Na- cional (TC: Trunk Code). Creación del código de área 46, para el servicio de tele- fonía rural de las localidades rurales que pertenecen al departamento de Lima. Los abonados rurales con núme- ro de abonado (SN) de siete (7) dígitos, se adecuarán a un número de abonado de seis (6)) dígitos. La longitud del número de abonado rural será de seis (6) dígitos, siendo su sexto dígito el cinco (5) en todas las áreas de numeración, para lo cual la Administración efec- tuará el ordenamiento correspondiente. Creación del código de área 56, para el departamento de Ica. Creación de los códigos de área 76 y 77 para los depar- tamentos de San Martín y Loreto, respectivamente. Esta etapa entrará en vigencia a partir del 01 de febrero del 2003. Segunda Etapa: Para las comunicaciones hacia la red pública móvil, será necesaria la marcación del prefijo de acceso cero (0) y del Indicativo de Red (DN), que será el dígito nueve (9), adicionalmente al número del abonado móvil. Aumento de un dígito en el Número Nacional (significati- vo) Fijo, adicionándose el dígito cuatro (4) como octavo dígito para la zona de numeración 1 y como sétimo dígito a las demás zonas de numeración. Esta etapa entrará en vigencia cuando la Administración lo considere conveniente y no antes del año 2004. ANEXO 1.Procedimientos de Marcación para el Servicio Pú- blico Móvil 1.1. En la Primera Etapa no será necesaria la utilización del prefijo de acceso cero (0), ni del Indicativo de Red (DN) para las comunicaciones hacia un usuario de la red del servicio público móvil.1.2. En la Segunda Etapa se utilizará obligatoriamente, el prefijo de acceso cero (0) y el Indicativo de Red (9) para las comunicaciones hacia un usuario de la red del servicio público móvil. 2.Procedimiento de Marcación para llamadas desde la Red de Telefonía Pública Básica Conmutada a la Red Pública Móvil a) Primera Etapa: Se marcará: SN Donde: SN :Número de abonado móvil b) Segunda Etapa: Se marcará: 0 + DN + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso DN :Indicativo de red, igual a 9 SN :Número de abonado móvil 3.Procedimiento de Marcación para llamadas desde la Red Pública Móvil a la Red de Telefonía Pública Básica Conmutada 3.1. Cuando el usuario móvil se encuentre físicamen- te en la misma área de numeración que el usuario llamado de la Red de Telefonía Pública Básica Con- mutada a) Primera Etapa: Se marcará: SN Donde: SN :Número de abonado b) Segunda Etapa: Se marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado 3.2. Cuando el usuario móvil se encuentre físicamen- te en diferente área de numeración que el usuario lla- mado de la Red de Telefonía Pública Básica Conmu- tada En ambas fases marcará: 0 + TC + SN Donde: 0 :Prefijo de acceso TC :Indicativo de larga distancia nacional SN :Número de abonado 8690