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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2002 (16/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

Pág. 5 PROYECTO Lima, jueves 16 de mayo de 2002 INTRODUCCIÓN La Numeración en los Servicios Públicos de Telecomuni- caciones es un recurso escaso que debe ser usado efi- cientemente. Los rápidos avances en la tecnología de las telecomuni- caciones y la creciente variedad de los servicios deman- dados por los usuarios, generan la necesidad de definir diversas estructuras de numeración para el acceso a es- tos diferentes servicios y una estructura uniforme del Número Nacional (significativo) que permita operar los servicios existentes y futuros, satisfaciendo las necesi- dades de numeración a mediano y largo plazo. El Plan Técnico Fundamental de Numeración establece los criterios para el adecuado uso de los números asig- nados en la Red Pública Nacional de Telecomunicacio- nes. Asimismo, como la numeración está asociada directamen- te con los procesos de marcación y encaminamiento, el Plan Técnico Fundamental de Numeración proporciona las pautas correspondientes para el desarrollo de estos aspectos. La adecuada administración y oportuna supervisión del cumplimiento del Plan Técnico Fundamental de Numera- ción, deben asegurar una regular e imparcial asignación de los recursos numéricos para el beneficio mutuo de los usuarios y operadores de los servicios públicos. El Plan Técnico Fundamental de Numeración es concor- dante con la Recomendación UIT E.164 - "Plan Interna- cional de Numeración de Telecomunicaciones Públicas" y asimismo, con los acuerdos internacionales de teleco- municaciones. El presente Plan de Numeración, que actualiza la ver- sión realizada con la participación de la UIT en el año 1999, satisface las necesidades de numeración para los Servicios de Telefonía Pública Básica Conmutada y los Servicios Públicos Móviles, tales como el Servicio Tele- fónico Móvil, el Servicio de Comunicaciones Personales, el Servicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Au- tomática (troncalizado), el Servicio Móvil por Satélite, así como otros Servicios Públicos definidos por la Adminis- tración. 1. OBJETIVOS El Plan Técnico Fundamental de Numeración tiene como objetivos: •Establecer las bases para una adecuada administra- ción, oportuna supervisión y uso de la numeración nacional, mediante la asignación eficiente y no discri- minatoria de los recursos disponibles. •Definir las estructuras de numeración para la presta- ción de los servicios públicos de telecomunicaciones, con la finalidad de disponer de suficiente capacidad para la identificación de los destinos y/o equipos ter- minales de las diferentes redes públicas de telecomu- nicaciones. •Facilitar el acceso a los diferentes servicios presta- dos por los operadores de las redes públicas de tele- comunicaciones. •Permitir la interoperabilidad entre las redes y servi- cios de telecomunicaciones. •Facilitar el ingreso de nuevas empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones, la incorporación de los nuevos servicios y la ampliación de los exis- tentes. •Facilitar al abonado, en lo posible, el reconocimiento de los diferentes servicios y sus proveedores. •Cumplir con los requerimientos estimados de nume- ración a largo plazo, no menor de 20 años.2. DEFINICIONES Para los efectos de la interpretación del presente Plan Técnico Fundamental de Numeración, se adoptan las si- guientes definiciones: 2.1. Prefijo Indicador compuesto por uno o más dígitos, que permite la selección de diferentes tipos de formatos de números, redes y/o servicios. 2.1.1. Prefijo internacional Un dígito o combinación de dígitos utilizados para indicar que el número que sigue es un número de un servicio de telecomunicaciones públicas de un país distinto a aquél en el que se origina la llamada. 2.1.2. Prefijo de larga distancia nacional Un dígito o combinación de dígitos utilizados por un abona- do que efectúa una llamada a un abonado de su propio país, pero que está fuera de su propia área de numeración. 2.2. Indicativo de país (CC: Country Code) Combinación de uno, dos o tres dígitos que identifica a un país determinado, a un grupo de países de un plan de nu- meración integrado o a una determinada área geográfica. 2.3. Indicativo Nacional de Destino (NDC) Código que combinado con el número de abonado (SN), constituye el número nacional (significativo). El NDC tie- ne la función de selección de indicativo de red e indicati- vo de larga distancia nacional. El NDC puede ser un dígi- to o una combinación de dígitos, sin incluir ningún prefijo, que identifica un área de numeración dentro del país y/o redes / servicios. 2.3.1. Indicativo de Larga Distancia Nacional (TC: Trunk Code) Dígito o combinación de dígitos, excluido el prefijo de lar- ga distancia nacional, que caracteriza un área de nume- ración. El indicativo de larga distancia nacional debe marcarse antes del número del abonado llamado, cuando el abo- nado que llama pertenece a un área de numeración dife- rente a la del llamado. El indicativo de larga distancia nacional es una aplicación particular del Indicativo Na- cional de destino (NDC). 2.3.2. Indicativo de Red (DN: Destination Network) Código que identifica la red que da servicio al abonado de destino. Realiza la función de selección de la red de destino del NDC. El indicativo DN puede ser un dígito o una combinación de dígitos, sin incluir ningún prefijo. 2.4. Número de Abonado (SN: Suscriber Number) El Número que identifica a un abonado en una red o en una área de numeración. 2.5. Número Internacional Número que debe marcarse después del prefijo interna- cional, para comunicarse con un abonado de otro país. El número internacional comprende el indicativo del país, se- guido del número nacional (significativo) del abonado llamado. 2.6. Número Nacional (significativo) [N(s)N] El número nacional (significativo) se compone del indica- tivo nacional de destino (NDC) seguido del número de