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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2002 (20/05/2002)

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Pág. 223329 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de mayo de 2002 Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ubicado en la alameda Domingo Tristán y Moscoso, Mz. I, Lotes 2-A y 2-B, cuya área es de 30,049.00 m², esquina con pasaje Pumacahua, con la ampliación de la Av. Paseo de la Re- pública de la Urb. Los Próceres, 1ª Etapa, distrito de San- tiago de Surco, de acuerdo con lo opinado por la Comi- sión de Desarrollo Urbano en su Dictamen Nº 024-2002- MML-CDU; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC de fecha 19 de marzo del 2002, publicado el 20 de marzo del mismo año, se constituyó la Comisión de Coordi- nación para facilitar la construcción de viviendas, con la finalidad de promover el acceso de la población a la propiedad privada destinada a la vivienda; Que, de conformidad con la Ordenanza Nº 372-MML de fecha 26 de marzo de 2002, publicada el 1 de abril, la Comisión de Coordinación creada por el Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, ha calificado como Zona de Reglamentación Especial - ZRE las áreas de terreno mencionadas precedentemente, las cuales han sido se- leccionadas para el desarrollo de programas de vivien- da, que se regirán por el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y sus disposiciones comple- mentarias, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Urbano; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación me- diante Oficio Nº 426-2002-MML-IMP de fs. 01 propone en el marco de la normatividad vigente a la Presiden- cia de la Comisión de Desarrollo Urbano la solicitud, a fin de ser elevada para su aprobación al Concejo Metro- politano de Lima, acompañando la documentación pertinente; Que, en ejercicio de su competencia constitucio- nal en materia de Planificación Urbana, el Concejo Metropolitano de Lima con arreglo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Ar- tículo 3º del Reglamento de Acondicionamiento Terri- torial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, aproba- do por Decreto Supremo Nº 007-85-VC y Ordenanza Nº 134-MML, Reglamentaria de Actualización y Re- ajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana, es competente para calificar la solici- tud formulada; Que, el distrito de Santiago de Surco está comprendi- do dentro del ámbito territorial de la provincia de Lima; siendo en consecuencia de aplicación la referida Orde- nanza, la misma que en su Art. 13º refiere el procedi- miento de aprobación para el reajuste de la Zonificación, determinando las exigencias que deban cumplirse para tal fin; Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco señala en el Informe Nº 152-2002-SDOPRIV-DDU-MSS de la Subdirección de Obras Privadas, que es procedente el cambio solicitado a R-4, por cuanto es suficiente para llevar a cabo cualquier tipo de Habilitación Urbana con fines de vivienda de acuerdo con la normatividad vigen- te, a más de estar convenientemente localizado, por cuan- to constituye una expansión natural de la amplia zona residencial R-4 existente en el entorno; inscribiéndose por consiguiente el cambio solicitado dentro de los Obje- tivos del Plan Urbano del distrito aprobado por la Orde- nanza Nº 224-MML; Que, de otro lado, el uso solicitado resulta compatible con los usos residenciales existentes, lo cual significa consolidar territorialmente el área homogénea de Uso Residencial R-4, quedando lo concerniente a vialidad resuelto mediante la Vía Expresa y la Av. colectora Los Próceres; De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 124-MML y el Artículo 81º y literal c) del Art. 86º del Reglamento Interno del Concejo; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE MODIFICACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo Único.- Calificar como Zona de Reglamentación Especial - ZRE el terreno de propie-dad del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, ubicado en la alameda Do- mingo Tristán y Moscoso, Mz. I, Lotes 2-A y 2-B, cuya área es de 30,049.00 m², esquina con pasaje Pumaca- hua, con la ampliación de la Av. Paseo de la República de la urbanización Los Próceres, 1ª Etapa, distrito de Santiago de Surco. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. En Lima, a los 16 días del mes de mayo de 2002. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 8983 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la Municipali- dad Distrital de Puente Piedra ORDENANZA Nº 000003 Puente Piedra, 1 de marzo de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo, en Sesión Ordinaria celebrada el día 11 de febrero del 2002, de acuerdo a la Moción de Orden presentada por la Comisión Permanente de Administra- ción, Rentas, Planificación y Presupuesto, solicita la apro- bación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Artículos 36º, 37º, 38º y la Terce- ra Disposición Transitoria, se ha establecido la adecua- ción de las entidades de la Administración Pública, la aprobación y publicación del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos (TUPA); De conformidad con los Artículos 36º, 47º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; estando a lo expuesto, y con el voto unánime de los once Regido- res, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, compuesto por 153 procedi- mientos. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal y demás áreas comprendidas el estricto cumplimien- to de la presente norma. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde