Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2002 (23/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 223505

ce que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe establecer el MORDAZA de bienes y servicios que se requerira durante el Ejercicio Presupuestal y el monto del presupuesto requerido y dicho documento esta aprobado por la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad; concordante con el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; en consecuencia, teniendo presente lo referido la Gerencia Subregional de Tayacaja - Churcampa, ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, correspondiente al presupuesto de Funcionamiento, por consiguiente, es indispensable emitir el presente Acto Resolutivo de aprobacion; Con la visacion de la Secretaria Tecnica y Gerencias Regionales de Administracion y Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Resolucion Suprema Nº 301-2001-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR en via de regularizacion el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES para el Ejercicio Presupuestal del 2002; de la Unidad Ejecutora: 002 Gerencia Subregional Tayacaja - Churcampa, presupuesto Funcionamiento, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- COMUNICAR la presente Resolucion a las Instancias pertinentes del CTAR-HUANCAVELICA y Gerencia Subregional de Tayacaja - Churcampa, para su cumplimiento respectivo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALPACCLLA Presidente Ejecutivo 9086

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA otorgar autorizacion excepcional para prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros a diversas personas juridicas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 063 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, senala que mediante Decreto de Alcaldia se establece la regulacion de asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Que, el Articulo 136º del mismo cuerpo legal dispone que corresponde al MORDAZA Metropolitano de MORDAZA, organizar y controlar el sistema del transporte colectivo, la circulacion y el MORDAZA metropolitano; Que, mediante los Decretos de Alcaldia Nº 001, del 2 de enero del 2001 y Nº 092, del 19 de MORDAZA del 2001, se faculto a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a convocar procesos de calificacion entre las personas juridicas que prestan servicio de transporte de pasajeros en las rutas de Lima; Que, en virtud a los referidos Decretos de Alcaldia con las Resoluciones Directorales Municipales Nº 008-2001-

MML/DMTU del 22.1.2001, Nº 015-01-MML/DMTU del 6.2.01, Nº 129-01-MML/DMTU del 27.6.01, Nº 132-01MML/DMTU del 13.7.01, Nº 149-01-MML/DMTU del 23.7.01 y Nº 299-01-MML/DMTU del 9.11.01, se llevo a cabo procesos de calificacion a efectos de otorgar autorizacion a aquellas personas juridicas que venian prestando el servicio de transporte de pasajeros en las rutas de MORDAZA, previo cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos; Que, como resultado de dichos procesos de calificacion, un grupo significativo de rutas han quedado sin servicio formal, al no haber podido las personas juridicas que venian prestando servicio en las mismas, cubrir el porcentaje de la flota requerida para obtener la autorizacion correspondiente; circunstancia que se ha debido al hecho que en estas rutas, las empresas autorizadas por MORDAZA, han debido competir con empresas informales indebidamente autorizadas por otras municipalidades, las cuales por contener en sus itinerarios vias importantes de la MORDAZA sin haber participado en las licitaciones correspondientes, han captado las unidades vehiculares que prestaban servicio en las referidas empresas; Que, con Informe Nº 047-2002-MML/DMTU-DGTEDEAR de fecha 12 de marzo del 2002, la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registros de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de MORDAZA, da cuenta del resultado de los Procesos de Autorizacion Excepcional del ano 2001, el mismo que fue complementado por el Informe Nº 027-02-MML/DMTU-DGTE-DEARCHAN de fecha 4 de MORDAZA del presente ano, donde detalla el estado actual de los resultados de los referidos procesos; Que, conforme consta en el Informe Nº 038-02-MML/ DMTU/DGTE del 2 de MORDAZA del presente ano, se han realizado estudios sobre demanda de las rutas sin servicio en los sectores poblacionales que fueron servidos de manera formal por las empresas que no calificaron en los procesos MORDAZA senalados, existiendo de parte de los usuarios del mismo, necesidad del servicio de transporte; Que, es parte de la politica de esta Municipalidad el promover la consolidacion del servicio publico de transporte MORDAZA, asi como el velar por el cumplimiento de la continuidad del servicio de transporte, tal como lo dispone el Articulo 2º de la Ordenanza MORDAZA del Transporte Terrestre en la provincia de MORDAZA - Ordenanza MORDAZA Nº 131; Que, para efectos de consolidar el servicio formal de transporte de pasajeros en las rutas de MORDAZA y cubrir las necesidades del servicio del publico usuario en dichas rutas, es necesario que en atencion a las facultades conferidas en las normas MORDAZA mencionadas, se proceda a emitir la MORDAZA correspondiente; De, conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Ordenanza Nº104, la Ordenanza Nº131; SE DECRETA: Articulo Primero.- Facultese a la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA a otorgar Autorizacion Excepcional para la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros, a las personas juridicas que vinieron prestando dicho servicio en las rutas que forman parte del Plan Regulador de Rutas de MORDAZA y que se detallan en el anexo del presente, previo cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos que apruebe la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, a fin de que obtengan autorizacion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo Segundo.- Dispongase que las Tarjetas de Circulacion de los vehiculos pertenecientes a las flotas de las Personas Juridicas comprendidas en el Articulo Primero tendran vigencia hasta la culminacion del MORDAZA senalado en el presente Decreto. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.