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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2002 (23/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 223501 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de mayo de 2002 men Especial a la Unidad de Abastecimiento respecto a las Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía", de fe- cha 8 de febrero de 2002, sanción que se hará efectiva desde el día siguiente a su notificación. Artículo Segundo.- Aplicar al Ing. Lucio Vargas Oliver, ex Gerente de Obras y actual servidor del INFES, la san- ción administrativa de AMONESTACIÓN ESCRITA, por las faltas administrativas en que ha incurrido, en relación con las observaciones formuladas por la Oficina de Auditoría Interna en el Informe Nº 01-2002-OAI-ME-INFES "Examen Especial a la Unidad de Abastecimiento respecto a las Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía", de fecha 8 de febrero de 2002, sanción que se hará efectiva desde el día siguiente a su notificación. Artículo Tercero.- Disponer la inclusión de la presente resolución en el File Personal de los precitados señores, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Poner la presente resolución en co- nocimiento de la Oficina de Auditoría Interna. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALVA DEXTRE Presidente del Consejo Directivo del INFES 9197 I N P E Autorizan adquisición de víveres para los Establecimientos Penitenciarios de la Dirección Regional Norte-Chiclayo mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 398-2002-INPE/P Lima, 16 de mayo de 2002 Visto, el Oficio Nº 726-2002-INPE/18 de fecha 8 de abril de 2002, de la Dirección Regional Norte - Chiclayo, me- diante el cual adjunta el Informe Técnico Legal Nº 117-2002- INPE/URMS-AL e Informe Nº 031-2002-INPE/18.05-URMS que sustentan la solicitud de declarar en situación de ur- gencia por el período de sesenta (60) días calendario, la adquisición de alimentos para los Establecimientos Peni- tenciarios de esta jurisdicción. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 061-2002- INPE/P del 25 de enero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el año fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan, la Unidad Ejecutora 003 Dirección Regional Norte - Chiclayo, convocó al pro- ceso de selección por Licitación Pública Nacional Nº 001- 2002-INPE/18 - Suministro de Alimentos, el mismo que ha sido declarado desierto por no haberse presentado el mí- nimo de dos propuestas válidas; Que, según el Artículo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es necesario efec- tuar la segunda convocatoria de la Licitación Pública Na- cional Nº 001-2002-INPE/18, considerando las etapas y plazos perentorios de estricto cumplimiento que se esti- man hasta en sesenta (60) días calendario; Que, durante la ejecución del proceso antes menciona- do, la citada Dirección Regional no puede interrumpir el suministro de víveres para la alimentación de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción, por ser ésta una de las funciones esenciales y perma- nentes de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos del visto y en tan- to se ejecute la segunda convocatoria del mencionado proceso de selección, es imprescindible contar con el su- ministro de víveres necesarios para preparar los alimen- tos de los internos cuya ausencia ocasionaría grave de- terioro en la salud de la población penal así como propi-ciaría posibles actos de violencia de éstos, comprometién- dose directa e inminentemente tanto la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios como la continuidad de los servicios esenciales que brinda el Instituto Nacional Penitenciario; configurándose, por tanto, una situación de urgencia; Que, por los fundamentos expuestos, procede declarar en situación de urgencia por el período de sesenta (60) días calendario, la adquisición de víveres para los Estable- cimientos Penitenciarios de la Dirección Regional Norte - Chiclayo, con la finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la institución; Que, en el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece que están exoneradas de los procesos de Li- citación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones que se realicen, entre otros, en situación de emergencia o de urgencia declara- das conforme a la Ley; Que, en el Artículo 108º numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se estable- ce que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determi- na una acción rápida a fin de paliar la urgencia, sin perjui- cio de que se realice el proceso de selección correspon- diente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí- dica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Resolución Ministerial Nº 040- 2001-JUS y a las facultades conferidas mediante Resolu- ción Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia por el período de sesenta (60) días calendario, la adquisición de víveres para los Establecimientos Penitenciarios de la Di- rección Regional Norte - Chiclayo del Instituto Nacional Penitenciario, mientras dure la Segunda Convocatoria del proceso de selección por Licitación Pública Nacional Nº 001-2002-INPE/18. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección Regional Norte - Chiclayo a contratar mediante el procedimiento de Adjudi- cación de Menor Cuantía, el suministro de víveres hasta por la suma de Setecientos Sesenta y Tres Mil Ochocien- tos Setenta y Ocho y 60/100 Nuevos Soles (S/. 763 878,60), mientras dure la situación de urgencia prevista en el artí- culo precedente; debiendo observarse el estricto cumpli- miento de los procedimientos establecidos en el Texto Úni- co Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fe- cha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 9110 Autorizan adquisición de combustibles y lubricantes para Establecimientos Penitenciarios de las Direcciones Regio- nales Norte - Chiclayo y Nor Oriente - San Martín, mediante adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 399-2002-INPE/P Lima, 16 de mayo de 2002