Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2002 (23/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de MORDAZA de 2002

Visto, el Oficio Nº 818-2002-INPE/18 de fecha 19 de MORDAZA de 2002, de la Direccion Regional Norte - Chiclayo, mediante el cual adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 1302002-INPE/URMS-AL que sustenta la solicitud de declarar en situacion de urgencia por el periodo de sesenta (60) dias calendario, la adquisicion de combustibles para los Establecimientos Penitenciarios de esta jurisdiccion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 061-2002INPE/P del 25 de enero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el ano fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan, la Unidad Ejecutora 003 Direccion Regional Norte - Chiclayo, ha convocado el MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 002-2002-INPE/18 - Suministro de Combustible y Lubricantes, el mismo que se viene ejecutando, considerando las etapas que establece el Articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, por lo que dicho MORDAZA demandara un plazo de hasta sesenta (60) dias calendario; Que, durante la ejecucion del MORDAZA MORDAZA mencionado, la citada Direccion Regional no puede interrumpir el suministro de los combustibles que se requieren para el funcionamiento de las cocinas destinadas a la preparacion de la alimentacion de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion, por ser esta una de las funciones esenciales y permanentes de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos del visto y en tanto se ejecute el mencionado MORDAZA de seleccion, es imprescindible continuar con el suministro de combustibles necesarios para preparar los alimentos de los internos cuya ausencia ocasionaria grave deterioro en la salud de la poblacion penal asi como propiciaria posibles actos de violencia de estos, comprometiendose directa e inminentemente tanto la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios como la continuidad de los servicios esenciales que brinda el Instituto Nacional Penitenciario; configurandose, por tanto, una situacion de urgencia; Que, por los fundamentos expuestos, procede declarar en situacion de urgencia por el periodo de sesenta (60) dias calendario, la adquisicion de combustibles y lubricantes para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Norte - Chiclayo, con la finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la institucion; Que, en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones que se realicen, entre otros, en situacion de emergencia o de urgencia declaradas conforme a la Ley; Que, en el Articulo 108º numeral 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Resolucion Ministerial Nº 0402001-JUS y a las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia por el periodo de sesenta (60) dias calendario, la adquisicion de Combustibles y Lubricantes para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Norte - Chiclayo del Instituto Nacional Penitenciario, mientras dure el MORDAZA de seleccion por Licitacion Publica Nacional Nº 0022002-INPE/18.

Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Regional Norte Chiclayo a contratar mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, el suministro de combustibles y lubricantes hasta por la suma de Noventa y Cuatro Mil Setecientos Noventicinco y 06/100 Nuevos Soles (S/. 94 795,06), mientras dure la situacion de urgencia prevista en el articulo precedente; debiendo observarse el estricto cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 9111 RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 400-2002-INPE/P MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2002 Visto, el Oficio Nº 046-2002-INPE/23.05 de fecha 20 de marzo de 2002, de la Direccion Regional Nor Oriente - San MORDAZA, mediante el cual adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 003-2002-INPE/23.04 que sustenta la solicitud de declarar en situacion de urgencia por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias, la adquisicion del suministro de combustibles para los Establecimientos Penitenciarios de esta jurisdiccion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 061-2002INPE/P del 25 de enero del 2002, se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional Penitenciario para el ano fiscal 2002; Que, de acuerdo con dicho Plan, la Unidad Ejecutora 011 Direccion Regional Nor Oriente - San MORDAZA, convoco al MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-INPE/23 - Suministro de Combustibles y Lubricantes, el mismo que ha sido declarado desierto al no haberse presentado postores; Que, segun el Articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es necesario efectuar la MORDAZA convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-INPE/23, considerando las etapas y plazos perentorios de estricto cumplimiento que se estiman hasta en cuarenta y cinco (45) dias calendario; Que, durante la ejecucion del MORDAZA MORDAZA mencionado, la citada Direccion Regional no puede interrumpir el suministro de los combustibles que se requieren para el funcionamiento de las cocinas destinadas a la preparacion de la alimentacion de los internos de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdiccion, por ser esta una de las funciones esenciales y permanentes de la entidad; Que, de acuerdo a los documentos del visto y en tanto se ejecute la MORDAZA convocatoria del indicado MORDAZA de seleccion, es imprescindible continuar con el suministro de combustibles necesarios para preparar los alimentos de los internos, cuya ausencia ocasionaria grave deterioro en la salud de la poblacion penal asi como propiciaria posibles actos de violencia de estos, comprometiendose directa e inminentemente tanto la seguridad de los Establecimientos Penitenciarios como la continuidad de los servicios esenciales que brinda el Instituto Nacional Penitenciario; configurandose, por tanto, una situacion de urgencia; Que, por los fundamentos expuestos, procede declarar en situacion de urgencia por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, la adquisicion de combustibles y lubricantes para los Establecimientos Penitenciarios de la Direccion Regional Nor Oriente - San MORDAZA, con la finalidad de asegurar la continuidad de los servicios esenciales de la institucion;

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