Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2002 (15/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 15 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27865
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 20222

LEY QUE REGULA LA TRANSPARENCIA EN CUANTO AL ORIGEN DE LOS RECURSOS ECONOMICOS EN LOS PROCESOS ELECTORALES REGIONALES Y MUNICIPALES
Articulo 1º.- Modifica el articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones Sustituyese el articulo 183º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859, por el siguiente texto: "Articulo 183º.- Los candidatos de los partidos, agrupaciones independientes, alianzas y listas independientes que participan en los procesos electorales estan obligados a presentar dentro de los sesenta dias posteriores a la proclamacion oficial del resultado de las elecciones la relacion de los gastos incurridos en la MORDAZA electoral, con caracter de declaracion jurada. El MORDAZA Nacional de Elecciones esta facultado para efectuar las indagaciones necesarias para establecer la exactitud del movimiento economico correspondiente a dicha campana. La informacion debe detallar el concepto de los gastos y la persona natural o juridica a la que se efectuo el pago, siempre que el monto desembolsado exceda de dos Unidades Impositivas Tributarias. Los gastos realizados por publicidad electoral deberan especificar la cantidad de avisos contratados precisando el nombre del medio de comunicacion escrito, radial o televisivo o la direccion de Internet por el que se propalaron los avisos y la tarifa unitaria de cada uno. Pueden sustentarse gastos de MORDAZA con comprobantes de pago o facturas emitidos a nombre de la organizacion politica, los candidatos y/o el representante designado para tal efecto. En el caso de gastos cubiertos directamente por donaciones, MORDAZA de los propios candidatos de las organizaciones y de afiliados y/o simpatizantes se precisara tal circunstancia senalando el monto de las mismas cuando exceda de dos Unidades Impositivas Tributarias." Articulo 2º.- Validez de la informacion presentada La veracidad de la informacion proporcionada respecto de las MORDAZA de financiamiento y los gastos de las campanas electorales sera responsabilidad de cada candidato. DISPOSICION FINAL Unica.- Deroganse y dejanse sin efecto todas las normas y disposiciones que se opongan a la presente ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de octubre de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica

PODER EJECUTIVO
PCM
Autorizan viaje de delegacion de apoyo para coordinar aspectos de prensa y seguridad relativos a participacion de delegacion oficial en la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 434-2002-PCM MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, entre el 15 y 16 de noviembre de 2002, se realizara en Bavaro, Republica Dominicana, la XII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a la que asistira una delegacion oficial en representacion del Peru; Que, en consecuencia, se hace necesaria la participacion de una delegacion de apoyo que coordine los aspectos de prensa y seguridad referidos a la participacion de la delegacion oficial del Peru en dicho evento; De conformidad con la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y Resolucion Suprema Nº 256-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la delegacion de apoyo que se encargara de coordinar los aspectos de prensa y seguridad relativos a la participacion de la delegacion oficial del Peru en dicho evento, la que estara conformada por las siguientes personas: - Senora MORDAZA Castaneda Landazuri; - Camarografo, senor MORDAZA Cabellos; - Seguridad, senor MORDAZA MORDAZA Sandoval; - Seguridad, senorita MORDAZA Urcia Rios; - Seguridad, senor MORDAZA MORDAZA Canepa. Articulo Segundo.- El egreso por concepto de viaticos para cada una de las personas mencionadas en la presente Resolucion, por la suma de US$ 440,00 sera asumido por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 20224

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