Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2002 (15/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de noviembre de 2002

Visto el oficio V-35-SGFA-Nº 2629 de fecha 5 de noviembre de 2002 y papeleta de tramite Nº 4194-SGFA de fecha 5 de noviembre de 2002, ambos, del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru, referentes a la propuesta de nombramiento en Comision del Servicio al extranjero del MORDAZA FAP MORDAZA ARCAYA MORDAZA Ivan; CONSIDERANDO: Que, el citado Oficial Superior, ha sido propuesto para ser nombrado en Comision del Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 22 de noviembre de 2002, con la finalidad de participar en el MORDAZA de Administracion de Infraestructura en la Escuela MORDAZA del Post-Grado, a realizarse en la MORDAZA de Monterrey - California; Que, los gastos por concepto de transporte, alimentacion y hospedaje seran asumidos por el gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, bajo el Programa de Actividades Tradicionales del Jefe del Comando Sur - TCA, no irrogando egreso alguno al Estado; Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 del 14 de junio de 2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002 del 26 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 047-2002PCM del 5 de junio de 2002 y Resolucion Suprema Nº 141DE/SG del 24 de MORDAZA de 2002; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Personal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la FAP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar, en Comision del Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 22 de noviembre de 2002, al MORDAZA FAP MORDAZA ARCAYA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de participar en el MORDAZA de Administracion de Infraestructura en la Escuela MORDAZA de Post-Grado, a realizarse en la MORDAZA de Monterrey - California. Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento. Articulo 3º.- Los gastos por concepto de transporte, alimentacion y hospedaje seran asumidos por el gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, bajo el Programa de Actividades Tradicionales del Jefe del Comando Sur - TCA, no irrogando egreso alguno al Estado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 20104

Autorizan adquirir imagenes satelitales mediante procedimiento de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 044 -2002- IGN/J-. Surquillo, 12 de noviembre del 2002 VISTO: El informe Nº 063 DGAT/IGN de fecha 18 de octubre del 2002 emitido por la Direccion General de Area Tecnica; el Informe Nº 002-IGN/ULOG de fecha 7 de noviembre del 2002 emitido por la Unidad de Logistica del IGN y el Informe Nº 010-2002-IGN/OAL de fecha 11 de noviembre del 2002, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Area Tecnica del IGN, mediante la Orden de pedido Nº 027-IGN/DGAT/DC de fecha 2 de octubre del 2002 solicita a la Unidad de Logistica la adquisicion de Imagenes de Satelite SPOT, MORDAZA pancromatico, que cubren las 24 hojas de las zonas norte y centro del pais: 11-b, 11-c, 12-c, 12-d, 12-f, 19-j, 20-g, 20-h, 20-i, 20-j, 20-k, 21-g, 21-h, 21-i, 21-j, 21-k, 22-h, 22-i, 22-j, 9-d, 10-d, 10-e, 11-e, 12-e que dan una area MORDAZA de 95,000

Km2., para la actualizacion de las Hojas mencionadas a la Escala 1:100 000. Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado contempla los principios que regulan el procedimiento a seguir para las Contrataciones y Adquisiciones requeridas que permitan el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Plan de Trabajo Anual de la Direccion General de Area Tecnica del Instituto Geografico Nacional; por lo que el MORDAZA legal aplicable para la adquisicion de la Estacion Total requerida resulta ser el Texto Unico Ordenado de la Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias y modificatorias. Que, el Inc. f) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2000-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos. Que, el Art 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM senala que las resoluciones que aprueban la exoneracion de los Procesos de Seleccion al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del Dec. Sup. Nº 012-2001PCM, requieren de un informe tecnico-legal previo emitido por el area tecnica y de asesoria juridica de la Entidad; dichos informes contendran la justificacion tecnica y legal de la contratacion o adquisicion, contemplaran criterios de economia tales como costo y produccion y de la necesidad de la exoneracion, respectivamente. Que, la Direccion General de Area Tecnica del IGN mediante Informe Nº 063 DGAT/IGN. del 18 de octubre del ano en curso, senala que las imagenes obtenidas de Satelites Espaciales tienen diversas aplicaciones, siendo una de ellas la utilizada universalmente en la actualizacion de mapas a la escala 1:100 000. La imagen pancromatica es la mejor para casos de mapas topograficos, ademas son economicas con respecto a la toma de fotografias aereas, porque una sola imagen tiene mayor cobertura. Asimismo, menciona que en el ano 2001 solicitaron la adquisicion de 120,000 Km2 de imagenes de satelite SPOT (Francia), la que se efectuo en dos oportunidades sucesivas a razon de 12,000 Km2 y 13,000 Km2, quedando pendiente 95,000 Km2. Que, dichas imagenes de satelite SPOT al ser aplicadas han demostrado claridad y resolucion suficientes para el analisis de los accidentes y la consecuente actualizacion de los mapas. Mas aun, si mediante Carta de fecha 9 de octubre del 2002 la Empresa SPOT IMAGE S.A. presenta una propuesta comercial: de entregar en un solo lote 137 escenas SPOT a un precio unitario de 1.500 MORDAZA o sea 55.500 MORDAZA, lo que representa un esfuerzo comercial adicional de SPOT IMAGE en 40.000 MORDAZA aprox., consideran una buena oportunidad de adquisicion, ademas subsiste la urgente necesidad de actualizar las cartas a la escala 1:100 000 por lo que recomiendan la adquisicion de Imagenes de Satelite SPOT en forma pancreomatica (blanco y negro) a la brevedad posible. Que, mediante Informe Nº 002-IGN/ULOG de fecha 7 de noviembre del 2002, la Unidad de Logistica del Instituto Geografico Nacional, senala que respecto de la adquisicion solicitada y como resultado del estudio de MORDAZA se ha determinado que la empresa SPOT IMAGE S.A. es una Compania Francesa que distribuye los datos de los satelites SPOT, pertenece a la Agencia Francesa del Espacio CNES, que tambien tiene licencia otorgada por la Agencia Espacial Europea para la difusion de los datos de los satelites ERS; es la unica en el MORDAZA autorizada a distribuir datos SPOT en la Republica del Peru, conforme se desprende tambien de la proforma Nº 130653; en consecuencia, considerando que el producto objeto de la adquisicion no admite sustituto, resulta desde el punto de vista tecnico-economico y de la oportunidad, que la adquisicion via MORDAZA de exoneracion se encuentra justificada, ademas que es tecnica y legalmente viable. Que, de acuerdo al considerando precedente la Unidad de Logistica, senala que la cotizacion presentada por la firma SPOT IMAGE S.A. por la venta de las imagenes de satelite en un area de 95,000 km2 en forma pancreomatica (blanco y negro) asciende a la suma de US $ 55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL DOLARES AMERICANOS), incluido el IGV. Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 010-2002-IGN/OAL de fecha 8 de noviembre del 2002, senala que conforme lo expuesto en los Informes tecnicos emitidos por la Direccion General de Area Tecnica y la Unidad de Logistica, es procedente exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa a la adquisicion de imagenes satelitales en un area de 95,000 km2 en forma pancreomatica (blanco y negro) a la empresa SPOT IMAGE S.A.; por cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

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