Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2002 (15/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 15 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 233329

MORDAZA Vehicular, la cual esta referida al Contrato de Compra-Venta del vehiculo de Placa Nº ZG-2402, suscrito de una parte por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como vendedora y de la otra parte MORDAZA Ediht MORDAZA MORDAZA como compradora, por la suma de US$ 4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Dolares Americanos), documento supuestamente certificado por el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 14 de marzo de 2002, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorandum Nº 231-2002-ORLC-GBM, de fecha 28 de febrero de 2002, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 33432, de fecha 18 de febrero de 2002 presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual esta referida al Contrato de CompraVenta del vehiculo de Placa Nº FI-4824, suscrito de una parte por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como vendedor y de la otra parte don MORDAZA MORDAZA Wu MORDAZA como comprador, por la suma de US$ 2,500.00 (Dos Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos), documento supuestamente certificado por el Notario Publico de Canete, Dr. MORDAZA A. Munoz MORDAZA, quien manifiesta en su Oficio s/n, de fecha 25 de febrero de 2002, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; Que, mediante Memorandum Nº 142-2002-ORL-GBM, de fecha 31 de enero de 2002, la Gerencia de Bienes Muebles, informa a la Gerencia Legal de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 9537 de fecha 15 de enero de 2002, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Propiedad Vehicular, en la que se adjunta la MORDAZA de Cancelacion de Pago y MORDAZA del Documento Nacional de Identidad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA documento supuestamente certificado por el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA Banda MORDAZA, quien mediante carta Nº 044-FBG-SEC-2002, de fecha 14 de marzo de 2002, que los sellos y la firma que aparecen en dicha certificacion no corresponden a su despacho notarial; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes en forma individual contra las siguientes personas: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARBONELL 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BARRENECHEA 5. Regner MORDAZA MORDAZA 6. MORDAZA MACOTELA MORDAZA de CUSIATADO 7. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 8. MORDAZA Jhomi ILQUIMICH MORDAZA 9. Jerik MORDAZA MORDAZA 10. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAMACHO; y, Los demas que resulten responsables por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 20138

MIMDES
Amplian plazo de situacion de urgencia del servicio de vigilancia y seguridad en el INABIF
INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 295 MORDAZA, 7 de noviembre de 2002 VISTOS: El Informe Nº 921-2002/INABIF-OA-UL de la Unidad de Logistica y el Informe Nº 706-2002-INABIF-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 7 de noviembre del 2002 respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 164, del 27 de junio del 2002, se declaro en situacion de urgencia el servicio de vigilancia y seguridad en el INABIF autorizandose a efectuar la contratacion respectiva via adjudicacion de menor cuantia por 80 dias calendario y hasta por un monto de S/. 260,000.00 Nuevos Soles; Que, considerando el vencimiento de la situacion de urgencia declarada mediante la precitada Resolucion y los recursos de apelacion presentados por las Empresas Seguridad Industrial S.A. y el Consorcio Fugaz SAC - Vicmer SAC contra el otorgamiento de la buena pro y descalificacion de propuesta tecnica del Concurso Publico Nº 001-2002-INABIF "Contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad"; mediante Resolucion Presidencial Nº 252, del 19 de setiembre del 2002, se prorrogo por 15 dias calendario, la situacion de urgencia declarada, exonerando del respectivo MORDAZA de seleccion y autorizando las acciones correspondientes para efectuar la contratacion por el monto referencial de S/. 60,000.00 Nuevos Soles; Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 041 del 20 de setiembre del 2002 se desestimo por infundado el recursos de apelacion del Consorcio Fugaz SAC-Vicmer SAC y se estimo en parte el recurso de apelacion de la Empresa Seguridad Industrial SA; contra cuyo acto resolutivo el precitado Consorcio interpuso recurso de Revision ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, teniendo en cuenta que la MORDAZA y resolucion del precitado Recurso de Revision generaria un retraso que excederia el plazo de la situacion de urgencia dispuesta segun la Resolucion Presidencial Nº 164 y Nº 252, mediante Resolucion Presidencial Nº 266 del 4 de octubre del 2002 se amplio por 30 dias calendario mas la situacion de urgencia declarada mediante las precitadas Resoluciones Presidenciales, exonerando del respectivo MORDAZA de seleccion y autorizando las acciones correspondientes para efectuar la contratacion respectiva bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia por el monto referencial de S/. 120,000.00 Nuevos Soles; Que, mediante Informe Nº 921-2002/INABIF-OA-UL del 7 de noviembre del 2002, la Unidad de Logistica sustenta la necesidad de ampliar la urgencia declarada mediante las Resoluciones senaladas; por cuanto a la fecha el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado no ha resuelto el Recurso de Revision interpuesto por el Consorcio Fugaz SAC-Vicmer SAC como consecuencia del Concurso Publico Nº 001-2002-INABIF "Contratacion del Servicio de Vigilancia y Seguridad"; lo que permitira efectuar la contratacion respectiva cautelando la seguridad y patrimonio de la Institucion; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 senala que se encuentran exonerados de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa las adquisiciones y contrataciones que se realicen, en situacion de urgencia declaradas conforme a dicha Ley; Que, el articulo 21º del acotado Texto Unico Ordenado senala que se considera situacion de urgencia cuando la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.