Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2002 (15/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 15 de noviembre de 2002

Vistos, el INFORME CPPAD Nº 018-2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de este Ministerio, el Informe Nº 050-EE-2001-IGS/ OECPNS de la Inspectoria General del MINSA; y, el Informe Nº 1583-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica de este Ministerio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe de visto, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de este Ministerio emite Informe Final con respecto al MORDAZA administrativo disciplinario instaurado contra el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Viceministerial Nº 282-2002-SA-P, recomendando en forma unanime al Despacho Viceministerial se imponga a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la sancion de destitucion, prevista en el inciso d) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, por encontrarse incurso en falta disciplinaria contemplada en los incisos a), d) y j) del articulo 28º de la MORDAZA acotada; Que, de la revision y analisis del informe de control precitado, la CPPAD del Ministerio de Salud senala en su Informe Final que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento con fecha 4 de MORDAZA del 2000, su renuncia al cargo de jefe Administrativo III de la Sede Central del Ministerio de Salud (Fs. 45), habiendose determinado que en el ano 1990 no presento renuncia al cargo ni en el Centro de Salud MORDAZA MORDAZA donde laboraba en condicion de destacado, ni en la Sede del Ministerio de Salud; Que, el Informe Final de la CPPAD senala que la solicitud de renuncia irrevocable al cargo, presentada por el referido ex servidor, lo anexa como prueba instrumental en su recurso de reconsideracion que interpuso ante el Despacho Viceministerial con fecha 4 de agosto del 2000, determinandose su falsedad en el sello de recepcion toda vez que no corresponde al que utilizaba la Secretaria del Centro de Salud MORDAZA MORDAZA en aquella fecha, en tal sentido, se ha comprobado que trato de sorprender al Despacho Viceministerial, tanto en el recurso de reconsideracion contra la Resolucion Viceministerial Nº 393-2000-SA-P, como de apelacion contra la Resolucion Viceministerial Nº 5162000-SA-P, a fin que se declare fundado y se considere su renuncia al cargo, evitando la sancion de destitucion (Fs. 46 a 50); Que, el informe de la Comision senala que la fecha de recepcion de la solicitud de renuncia presentada por el ex servidor fue el 4 de marzo de 1990, dia no laborable (domingo), y la firma que aparece en el sello no le corresponde a la entonces secretaria del Centro de Salud MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Freyre MORDAZA, conforme se verifica en el Acta de Manifestacion efectuada por la comision de auditoria (fojas 51 a 54), agregando que, no obstante haber sido notificado el ex servidor de la Resolucion Viceministerial Nº 282-2002-SA-P, que le instaura MORDAZA administrativo disciplinario y haber tomado conocimiento de la documentacion que obra en el expediente, cuyas copias le fueron entregadas a su solicitud, no ha presentado en el termino de ley su descargo escrito ante esta Comision, lo que debe interpretarse como una admision plena de culpa; Estando a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, en su INFORME CPPAD Nº 018-2002; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- IMPONER sancion de destitucion a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista Administrativo III, Nivel SPC de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Viceministro de Salud 20097

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 698-2002-MTC/02 MORDAZA, 8 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC, se exceptuo de los alcances del numeral 3.1 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectuen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0928-2002-MTC/12.04 senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, realizara chequeos de proficiencia a personal aeronautico propuesto por la empresa Lan Peru S.A., como parte de su chequeo en la aeronave Boeing, modelo B-767, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 26 al 28 de noviembre de 2002; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0928-2002-MTC/ 12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27779, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y Resolucion Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barbosa Salaverry, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 26 al 28 de noviembre de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun el siguiente detalle: Viaticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 20125

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