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Pág. 234225 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de noviembre de 2002 ción y Conferencia Internacional de Defensa Naval para América Latina - Exponaval 2002", a realizarse del 3 al 7 diciembre 2002, por cuanto los conocimientos y experien- cias a adquirir, redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Gobierno de Chile sufragará el gasto por concep- to de pasajes del referido Oficial Almirante; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033- 2002 y la Resolución Suprema Nº 141 DE/SG de fecha 24 julio 2002, regulan los viajes al exterior; Estando a lo propuesto por el Director de Administra- ción de Personal, a lo recomendado por el Director Gene- ral del Personal de la Marina y a lo opinado por el Coman- dante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Comisión del Servicio al Con- tralmirante Jorge Carlos MONTOYA Manrique, CIP 03717227, para que viaje a la ciudad de Viña del Mar - CHILE, a partir del 2 al 7 diciembre 2002, a fin que asista a la tercera versión de la "Exposición y Conferencia Internacional de Defensa Naval para América Latina - Exponaval 2002".Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolu- ción, serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Mari- na de Guerra del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima - Viña del Mar (CHILE) - Lima Cuenta con apoyo de transporte Viáticos: US$ 200.00 x 50% x 6 días x 1 Oficial Almirante Impuesto al Viaje: US$ 25.00 x 1 persona (Perú) Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Oficial Almirante, deberá cumplir con lo señalado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21037 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.-Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.-Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.-Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.-Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.-Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL