Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2002 (30/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 30 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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cion y Conferencia Internacional de Defensa MORDAZA para MORDAZA Latina - Exponaval 2002", a realizarse del 3 al 7 diciembre 2002, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirir, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Gobierno de MORDAZA sufragara el gasto por concepto de pasajes del referido Oficial Almirante; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 0332002 y la Resolucion Suprema Nº 141 DE/SG de fecha 24 MORDAZA 2002, regulan los viajes al exterior; Estando a lo propuesto por el Director de Administracion de Personal, a lo recomendado por el Director General del Personal de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Comision del Servicio al Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP 03717227, para que viaje a la MORDAZA de Vina MORDAZA - MORDAZA, a partir del 2 al 7 diciembre 2002, a fin que asista a la tercera version de la "Exposicion y Conferencia Internacional de Defensa MORDAZA para MORDAZA Latina - Exponaval 2002".

Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion, seran sufragados por el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: MORDAZA - Vina MORDAZA (CHILE) - MORDAZA Cuenta con apoyo de transporte Viaticos: US$ 200.00 x 50% x 6 dias x 1 Oficial MORDAZA Impuesto al Viaje: US$ 25.00 x 1 persona (Peru) Articulo 3º.- El Comandante General de la MORDAZA queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Articulo 4º.- El citado Oficial MORDAZA, debera cumplir con lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21037

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

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