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Pág. 234227 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de noviembre de 2002 Sub Teniente de Infantería 84 Alférez de Artillería 36 Alférez de Caballería 23 Sub Teniente de Ingeniería 30 Sub Teniente de Comunicaciones 19/192 2.PARA OFICIALES SUPERIORES Y SUBALTERNOS DE SERVICIOS Coronel de Material de Guerra 02 Coronel de Intendencia 02 Coronel de Sanidad Médico 03 Coronel de Sanidad Odontólogo 01 Coronel de Sanidad Veterinaria 01 Coronel de Servicio Jurídico 02/11 Teniente Coronel de Material de Guerra 04 Teniente Coronel de Intendencia 07 Teniente Coronel de Sanidad Médico 02 Teniente Coronel de Sanidad Odontólogo 02 Teniente Coronel de Sanidad Farmacéutico 01 Teniente Coronel de Sanidad Veterinario 02 Teniente Coronel de Servicio Jurídico 03/21 Mayor de Material de Guerra 05 Mayor de Intendencia 04 Mayor de Sanidad Médico 02 Mayor de Sanidad Odontólogo 04 Mayor de Sanidad Veterinario 02 Mayor de Servicio Jurídico 06/23 Capitán de Material de Guerra 03 Capitán de Intendencia 03 Capitán de Sanidad Odontólogo 07 Capitán de Sanidad Farmacéutico 02 Capitán de Sanidad Veterinario 02/17 Teniente de Material de Guerra 13 Teniente de Intendencia 13/26 Sub Teniente de Material de Guerra 19 Sub Teniente de Intendencia 21/40 Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21225 Declaran vacantes para el ascenso a Oficiales de Comando, Especialistas y de Servicios de la Marina de Guerra del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1789-DE/MGP Lima, 29 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nª 13678, “Ley de Ascensos del Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú”, concordante con el Decreto Supremo Nº 026-81-MA de fecha 11 Se- tiembre 1981 y sus modificatorias; "Reglamento de As- censos para el Personal Superior de la Marina de Guerra del Perú", RELAPS-11004, establecen las normas que ri- gen para la Declaratoria de Vacantes para el Ascenso de Oficiales, en cada grado; Que, el Decreto Supremo Nº 020-DE/MGP de fecha 5 diciembre 1988, establece que la Declaratoria de Vacan- tes para el Ascenso al Grado Inmediato Superior del Per- sonal Superior será otorgada mediante Resolución Minis- terial; Estando a lo recomendado por el Director General de Personal de la Marina a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General de la Marina y a lo opinado por el Coman- dante General de la Marina:SE RESUELVE: Articulo Único.- Declarar las siguientes vacantes para Oficiales de Comando, Especialistas y de Servicios, para el ascenso de la Promoción 2003: a)Vicealmirante : UNO (01) 1)Comando UNO (01) b)Contralmirante : OCHO (08) 1)Comando OCHO (08) c)Capitán de Navío : VEINTITRÉS (23) 1)Comando y Especialistas VEINTIUNO (21) 2)Servicios: Sanidad Naval (MC) DOS (02) d)Capitán de Fragata : CUARENTA Y OCHO (48) 1)Comando y Especialistas TREINTA Y OCHO (38) 2)Servicios : Capitanías y Guardacostas DOS (02) Administración DOS (02) Ingeniería UNO (01) Sanidad Naval (MC) TRES (03) Sanidad Naval (O) UNO (01) Cuerpo Jurídico UNO (01) e)Capitán de Corbeta SESENTA Y CINCO (65) 1)Comando y Especialistas CINCUENTA Y TRES (53) 2)Servicios: Capitanías y Guardacostas DOS (02) Administración CINCO (05) Sanidad Naval (MC) TRES (03) Sanidad Naval (O) UNO (01) Cuerpo Jurídico UNO (01) f)Teniente Primero SESENTA Y DOS: (62) 1)Comando y Especialistas CINCUENTA Y SEIS (56) 2)Servicios: Ingeniería UNO (01) Arquitectura UNO (01) Ciencias de la Comunicación TRES (03) Educación UNO (01) g)Teniente Segundo: SESENTA Y CINCO (65) 1)Comando y Especialistas CINCUENTA Y CINCO (55) 2)Servicios: Administración DIEZ (10) Regístrese, comuníquese y publíquese como Documen- to Oficial Reservado (D.O.R.) AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21226 Declaran vacantes del Personal Supe- rior de Armas Comando y Combate, Armas Especialistas y de Servicios en la Fuerza Aérea del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1790-DE/FAP Lima, 29 de noviembre de 2002 Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 11º y 12º de la Ley Nº 13010 Ascensos del Personal Supe- rior de la FAP, su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 010 y sus modificaciones, así como lo dis-