Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2002 (23/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de octubre de 2002

yectos normativos y demas medidas relativas al Registro General de Pesqueria que le permitan atender de manera mas eficiente las necesidades de la realidad pesquera nacional; Que, conforme a dicho mandato, la Comision aludida en el considerando precedente, ha elaborado y hecho llegar a esta Superintendencia Nacional, un Proyecto de Reglamento del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras; el mismo que fue prepublicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de MORDAZA del ano en curso, mereciendo diversos aportes que han sido tenidos en cuenta por dicha Comision; Que, el proyecto del Reglamento MORDAZA mencionado, constituye un trabajo importante e innovador, asi como un valioso instrumento normativo que permitira atender mas optimamente las necesidades de los armadores, industriales y de la propia Administracion, generando una mayor seguridad juridica en las transacciones y operaciones celebradas sobre las embarcaciones y derechos administrativos pesqueros referidos a las mismas; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde brindar el debido reconocimiento a los profesionales que han elaborado el referido proyecto normativo, ya sea en calidad de miembros o asesores de la Comision creada para el efecto; De conformidad con lo dispuesto en el literal w) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Expresar a nombre de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el reconocimiento de la Institucion a los senores integrantes y asesores de la Comision encargada de elaborar y proponer a la Alta Direccion de la SUNARP, los proyectos normativos y demas medidas relativas al Registro General de Pesqueria que le permitan atender de manera mas eficiente las necesidades de la realidad pesquera nacional, por la importante labor desempenada en la elaboracion del Proyecto de Reglamento del Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras", cuyo texto ha sido aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 479 - 2002SUNARP/SN, de fecha 17 de octubre de 2002. INTEGRANTES DE LA COMISION Dr. MORDAZA MORDAZA Bachmann, representante de la SUNARP (Presidente). Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Registro de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede Lima. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede Lima. Dr. MORDAZA Hundskopf Exebio, representante de la Sociedad Nacional de Pesqueria. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Asesoria Juridica del Ministerio de la Produccion. ASESORES Dr. MORDAZA MORDAZA Locatelli. Dra. MORDAZA MORDAZA Munoz Martinez. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion se archive en el legajo de los funcionarios de la SUNARP mencionados en el articulo 1º. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GAMARRAZ UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 18630

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Aprueban transferencia patrimonial de terreno a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo para ser adjudicado a pobladores del Programa Municipal de Vivienda
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 080-2002/SBN-GO-JAD La MORDAZA, 3 de octubre de 2002 Visto el Expediente Nº 042-2002/SBN-JAD por el cual la Municipalidad Provincial de Ilo solicita la transferencia del terreno de 1 293 288,91 m2, ubicado al Este de la MORDAZA de Ilo, en el sector denominado MORDAZA Inalambrica, distrito y provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, para su posterior adjudicacion a favor de los pobladores del Sector I del Programa Municipal de Vivienda - PROMUVI VII; y, CONSIDERANDO: Que, el terreno MORDAZA senalado se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Electronica Nº 11001326 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ilo y registrado en el Asiento Nº 777 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de MORDAZA y calificado como MORDAZA de expansion MORDAZA, para fines de vivienda de conformidad a la Resolucion Municipal Nº 03-92-MPI; Que, mediante Oficio Nº 169-2002-MPI de fecha 27 de enero del 2002, la Municipalidad Provincial de Ilo solicita la transferencia a su favor del terreno citado, a fin de adjudicar a los ocupantes del Primer Sector del Programa Municipal de Vivienda - PROMUVI VII, el mismo que se encuentra proyectado para 3 000 lotes; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 20 de marzo del 2002, se ha verificado que el citado terreno viene siendo ocupado en un 60% con viviendas provisionales y el restante se encuentra libre de ocupacion; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal N° 148-2002/SBN-GO-JAD de fecha 4 de octubre del 2002, resulta atendible la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Provincial de Ilo; Que, el articulo de la Ley Nº 23853, concordado con del Decreto Supremo Nº 004-85-VC que aprueba el Reglamento de Adjudicaciones de Terrenos Fiscales para fines Urbanos en Aplicacion de la Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son competentes para planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes; asimismo la acotada MORDAZA legal regula la competencia de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, zonificacion, construccion, planes urbanos y planes de desarrollo, pudiendo usar los terrenos de su propiedad y los que les ceda el Estado para la ejecucion de sus planes de desarrollo, ya sea por cuenta propia o mediante la adjudicacion a terceros que se comprometan a realizarlos; Que, el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF, que apruebe el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, senala que el Estado puede transferir a titulo gratuito los inmuebles de su dominio privado a favor de las Municipalidades Provinciales para programas de desarrollo o inversion municipal, las que deben presentar sus planes y estudios tecnico - legales para la ejecucion del programa a realizarse; Que, de acuerdo a lo senalado en los literales b) y l) del articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudica-

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