Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2002 (03/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 3 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Que el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 027-92-PCM establece que para tener derecho a gozar de la pension inherente al mayor nivel remunerativo alcanzado por los funcionarios y servidores publicos, deberan haber sido nombrados o designados en el cargo o en el mayor nivel detentado desempenandolo en forma real y efectiva por un periodo no menor de doce meses consecutivos o por un periodo acumulado no consecutivo no menor de veinticuatro meses; Que teniendo en consideracion que desde la fecha en que el recurrente fue designado como Director Regional de Educacion MORDAZA hasta la fecha en que fue emitida la Resolucion Suprema Nº 201-2000-ED, habian transcurrido un ano, diez meses y dos dias en forma continua, motivo por el cual debe otorgarsele pension de cesantia con la categoria remunerativa correspondiente al cargo de Director de Educacion del Callao; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED, 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas, contra la Resolucion Suprema Nº 201-2000-ED, del 26 de diciembre del 2000, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 201-2000-ED, el cual queda redactado de la siguiente manera, "Cesar a su solicitud a partir del 7 de diciembre del 2000, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas, como Director de Educacion del Callao y en consecuencia otorgarle pension de cesantia con la categoria remunerativa que corresponde a dicho cargo." Registrese y comuniquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 15709

Que, MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Recoba, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 1486, en lo que se refiere a adicionar el apellido de su estado civil de MORDAZA, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida por el Concejo Distrital de Julcamarca, provincia de Angaraes del departamento de Huancavelica, y la Partida de Defuncion expedida por la Municipalidad Provincial de Huancayo; Que, el articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Recoba debe ser identificada conforme a Ley; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 290-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 1486, de fecha 28 de diciembre de 1966, en el sentido que el nombre correcto de la cesante es Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Recoba, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Cercado de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 15669 RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2002-ED MORDAZA, 2 de setiembre de 2002 Visto, el Expediente Nº 39473-2002, y demas actuados que se adjuntan; y,

Modifican resoluciones mediante las cuales se expidieron cedulas de cesantia
RESOLUCION SUPREMA Nº 164-2002-ED MORDAZA, 2 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1486, de fecha 28 de diciembre de 1966, se expidio cedula de Cesantia a favor de MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA Soto;

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