NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (03/09/2002)
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Pág. 229358 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de setiembre de 2002 Que en virtud de lo previsto por el artículo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 modifica- da por Ley Nº 27734, las solicitudes de inscripción de candidatos a alcaldes y regidores se presentan ante los respectivos Jurados Electorales Especiales hasta noventa (90) días naturales antes de la fecha de las elecciones, plazo que venció el 19 de agosto del año 2002; Que las normas electorales son de Derecho Público y de estricto cumplimiento, y en virtud de lo previsto en el numeral 3) del artículo antes acotado, para su inscrip- ción, la lista de candidatos a regidores debe estar confor- mada por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres; para lo cual, mediante Resolución Nº 186-2002-JNE del 11 de junio de 2002, se estableció el número mínimo de candidatos varones o mujeres para cada distrito y provincia de la República según el número de regidores de cada concejo municipal, correspondiendo a la provincia de Canchis un mínimo de cuatro (4) candi- datos varones o mujeres por tratarse de un Concejo Pro- vincial con 11 regidores; Que según se advierte de los autos, la lista de candi- datos a regidores para la provincia de Canchis del Par- tido Aprista Peruano está integrada por ocho (8) candi- datos varones y tres (3) candidatas mujeres; determi- nándose que no cumple con el requisito exigido por la ley a que se refiere el considerando anterior, y por tan- to, es improcedente su inscripción, como también lo es la sustitución de candidatos hecha con posteriori- dad al cierre del plazo señalado que pretende el per- sonero impugnante; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Sandro Néstor Villanueva Gutié- rrez, personero legal del Partido Aprista Peruano acredi- tado ante el Jurado Electoral Especial de Canchis contra la Resolución Nº 130-2002-JEE-CC de fecha 26 de agosto de 2002 expedida por el referido Jurado Electoral Espe- cial. Artículo Segundo.- Confirmar la Resolución Nº 130- 2002-JEE-CC de fecha 26 de agosto de 2002 del Jurado Electoral Especial de Canchis que declaró improcedente la inscripción de la lista de candidatos presentada por el Partido Aprista Peruano para la provincia de Canchis, departamento de Cusco. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Electoral Especial de Canchis y de los interesados, el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ PALACIOS BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 15676 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN Nº 117-2002-P/JNE Mediante Oficio Nº 3231-2002-SG-JNE el Jurado Na- cional de Elecciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 117-2002-P/JNE, publicada en la edición del 24 de agosto de 2002, en la página 228793. En el Segundo Artículo de la parte resolutiva, DICE: "JOSÉ ALFREDO PÉRE Z DUARTE"DEBE DECIR: "JOSÉ ALFREDO PÉREZ DUHARTE" 15652 JURADOS ELECTORALES ESPECIALES Inscriben provisionalmente lista de can- didatos para alcalde y regidores del Concejo Distrital de Santa Anita, pro- vincia de Lima, presentada por la Agru- pación Independiente Unión por el Perú Frente Amplio RESOLUCIÓN Nº 141-2002-JEELE Exp. Nº 0122-2002-JEELE Lima, veintiocho de agosto del año dos mil dos VISTA; la solicitud de inscripción de la lista de can- didatos para la Municipalidad Distrital de Santa Anita, de la provincia de Lima, del departamento de Lima, presentada por el señor Santos Reto Neyra, personero legal de la organización política AGRUPACIÓN INDE- PENDIENTE UNIÓN POR EL PERÚ FRENTE AMPLIO; para participar en las Elecciones Municipales del año 2002; CONSIDERANDO: Primero: Que las organizaciones políticas inscri- tas, pueden presentar una lista de candidatos a alcal- des y regidores para los concejos municipales provin- ciales y distritales; hasta noventa días naturales antes de la fecha de elecciones, conforme lo establece en la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, artículo 10º modificado por Ley Nº 27734 del 28 de mayo del año 2002; Segundo: Que cumplidos con los requisitos de inscrip- ción de la lista de candidatos para alcaldes y regidores, resulta procedente efectuar su inscripción provisional, la que se convertirá en definitiva después de resueltas las tachas que pudieran formularse dentro de los tres días naturales siguientes a la publicación de la presente reso- lución o transcurrido dicho plazo sin que se hayan formu- lado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 16º, 17º y 18º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Por estas consideraciones, el Jurado Electoral Espe- cial de Lima Este en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; RESUELVE: Artículo Primero.- INSCRIBIR PROVISIONAL- MENTE la lista de candidatos para alcalde y regidores del Concejo Municipal Distrital de Santa Anita, de la pro- vincia de Lima, del departamento de Lima presentada por la organización política AGRUPACIÓN INDE- PENDIENTE UNIÓN POR EL PERÚ FRENTE AMPLIO, a fin de participar en las elecciones municipales convo- cadas para el día domingo 17 de noviembre del año 2002, la cual se encuentra integrada de la siguiente manera: CONCEJO DISTRITAL DE SANTA ANITA, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA ALCALDE DNI Sr. PALOMINO SALCEDO CELSO 10039444 REGIDORES 1.-Sr. PALOMINO RODRÍGUEZ LENIN 09809790 2.-Sr. REY BERNUY CRISTIAN AUGUSTO 07026489 3.-Sr. BAZAN CÁCERES OLEGARIO 10042167