Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2002 (06/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de setiembre de 2002

Que, mediante Ley Nº 27573 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al AF-2002; Que, por Resolucion Ministerial Nº 1320 DE/SG del 26.Dic.2001 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos correspondiente al AF2002 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a nivel de Funcion, Programa Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas a traves de su Estado Mayor, viene realizando la supervision y orientacion en las Zonas de Vigilancia de Fronteras y Teatros de Operaciones a fin de verificar el funcionamiento eficiente e integral del Sistema de Vigilancia, asi como el Planeamiento Estrategico Operativo para la Accion Inmediata particularmente en las zonas de dificil acceso; estas actividades han motivado que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas tenga que disponer del empleo de las aeronaves de la Aviacion del Ejercito asumiendo el costo operativo, las cuales tienen una demanda ascendente al importe de CUARENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45,000.00), por la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios"; Que, en consecuencia es necesario aprobar mediante Resolucion Ministerial una Operacion de Modificacion Presupuestaria, en el Nivel Funcional Programatico, en el Presupuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el Ano Fiscal 2002; Estando a lo informado por la Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto del MINISTERIO DE DEFENSA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar una modificacion presupuestaria en el Nivel Funcional Programatico en el Presupuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el Ano Fiscal 2002, de acuerdo al detalle siguiente: Seccion Primera Sector Pliego DE LA: COMANDO CONJUNTO DE LAS FF.AA. Funcion : 07 Defensa y Seguridad Nacional Programa : 003 Administracion Subprograma : 0006 Administracion General Actividad : 00267 Gestion Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO Y GRUPO GENERICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 45,000.00 TOTAL EGRESO U/E 002: CCFFAA A LA: Unidad Ejecutora : 003 EJERCITO PERUANO Funcion : 07 Defensa y Seguridad Nacional Programa : 018 Defensa Terrestre Subprograma : 0058 Operaciones Terrestres Actividad : 00036 Apoyo Aereo a las Operaciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) CATEGORIA DEL GASTO Y GRUPO GENERICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 45,000.00 TOTAL INGRESO U/E 003: EP S/. 45,000.00 S/. 45,000.00 Unidad Ejecutora : 002 : : 26 : 026 GOBIERNO CENTRAL DEFENSA MINISTERIO DE DEFENSA

Articulo 3º.- MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada, a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las FF.AA. y 003: Ejercito Peruano, Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto, Oficina General de Administracion e Inspectoria General del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 15847

Aprueban cuadro de descripcion de bienes y servicios objeto de comercializacion por parte del instituto Geografico Nacional
RESOLUCION JEFATURAL N° 037-2002 IGN/J-OGA-DGC
Surquillo, 22 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27292 se aprueba la nueva Ley del INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL y mediante Decreto Supremo Nº 005-DE/SG se aprueba su Reglamento y su modificatoria el D.S. Nº 029-DE/SG, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del 2000, el 21 de marzo del 2001 y 15 de junio del 2001, respectivamente; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de MORDAZA del 2001, establece las disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercializacion de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; Que, el D.S. Nº 088-2001-PCM en su Art. 2º senala que: "El Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera : la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercializacion, si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; La Resolucion a que se refiere el parrafo precedente debera ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente. Toda modificacion a dicha Resolucion debera aprobarse por Resolucion del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo acordado por la Oficina General de Administracion, Direccion General de Area Tecnica, Oficina de Comercializacion e Informes y la Unidad de Economia y con sus visaciones; De conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27292, D.S. Nº 005-DE/SG, D.S. Nº 029-DE/SG, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM y la Resolucion Suprema Nº 950 DE/EP/CP JAPE del 28 de diciembre del 2000; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Cuadro de descripcion de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion por parte del Instituto Geografico Nacional-IGN, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago, de acuerdo a lo especificado en el ANEXO UNICO que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conforme lo establecido en el D.S. Nº 088-2001-PCM. Articulo 3º.- Toda modificacion a la presente Resolucion debera aprobarse por Resolucion del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOBBIO MORDAZA Jefe del IGN

Articulo 2º.- La Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto del Pliego 026: Ministerio de Defensa, instruye a las respectivas Unidades Ejecutoras, respecto a los Creditos o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria".

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