NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (06/09/2002)
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Pág. 229510 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27573 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al AF-2002; Que, por Resolución Ministerial Nº 1320 DE/SG del 26.Dic.2001 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos correspondiente al AF- 2002 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, a nivel de Función, Programa Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genéri- co del Gasto; Que, el Comando Conjunto de las Fuerzas Arma- das a través de su Estado Mayor, viene realizando la supervisión y orientación en las Zonas de Vigilancia de Fronteras y Teatros de Operaciones a fin de verificar el funcionamiento eficiente e integral del Sistema de Vigi- lancia, así como el Planeamiento Estratégico Operati- vo para la Acción Inmediata particularmente en las zo- nas de difícil acceso; estas actividades han motivado que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ten- ga que disponer del empleo de las aeronaves de la Avia- ción del Ejército asumiendo el costo operativo, las cua- les tienen una demanda ascendente al importe de CUA- RENTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 45,000.00), por la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios"; Que, en consecuencia es necesario aprobar mediante Resolución Ministerial una Operación de Modificación Pre- supuestaria, en el Nivel Funcional Programático, en el Pre- supuesto Institucional del Pliego 026: Ministerio de Defen- sa, para el Año Fiscal 2002; Estando a lo informado por la Oficina de Planificación, Programación y Presupuesto del MINISTERIO DE DEFEN- SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Ins- titucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el Año Fiscal 2002, de acuerdo al detalle siguiente: Sección Primera : GOBIERNO CENTRAL Sector :26 DEFENSA Pliego :026 MINISTERIO DE DEFENSA DE LA: Unidad Ejecutora :002 COMANDO CONJUNTO DE LAS FF.AA. Función :07 Defensa y Seguridad Nacional Programa :003 Administración Subprograma :0006 Administración General Actividad :00267 Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GRUPO GENÉRICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 45,000.00 TOTAL EGRESO U/E 002: CCFFAA S/. 45,000.00 A LA: Unidad Ejecutora :003 EJÉRCITO PERUANO Función :07 Defensa y Seguridad Nacional Programa :018 Defensa Terrestre Subprograma :0058 Operaciones Terrestres Actividad :00036 Apoyo Aéreo a las Operaciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 00 RECURSOS ORDINARIOS (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GRUPO GENÉRICO DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 3 Bienes y Servicios 45,000.00 TOTAL INGRESO U/E 003: EP S/. 45,000.00 Artículo 2º.- La Oficina de Planificación, Programación y Presupuesto del Pliego 026: Ministerio de Defensa, ins- truye a las respectivas Unidades Ejecutoras, respecto a los Créditos o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas, a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria".Artículo 3º.- Copia de la presente Resolución Ministe- rial se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las FF.AA. y 003: Ejército Peruano, Oficina de Planificación, Programación y Presupuesto, Oficina Gene- ral de Administración e Inspectoría General del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 15847 Aprueban cuadro de descripción de bie- nes y servicios objeto de comercializa- ción por parte del instituto Geográfico Nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 037-2002 IGN/J-OGA-DGC Surquillo, 22 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27292 se aprueba la nueva Ley del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y me- diante Decreto Supremo Nº 005-DE/SG se aprueba su Reglamento y su modificatoria el D.S. Nº 029-DE/SG, publicados en el Diario Oficial El Peruano el 27 de junio del 2000, el 21 de marzo del 2001 y 15 de junio del 2001, respectivamente; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de julio del 2001, esta- blece las disposiciones aplicables a las Entidades del Sec- tor Público para desarrollar actividades de comercializa- ción de bienes y servicios y efectuar los cobros corres- pondientes; Que, el D.S. Nº 088-2001-PCM en su Art. 2º señala que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución estable- cerá : la descripción clara y precisa de los bienes y/o ser- vicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comerciali- zación, si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; La Resolución a que se refiere el párrafo preceden- te deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA) de la Entidad correspondiente. Toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Estando a lo acordado por la Oficina General de Admi- nistración, Dirección General de Área Técnica, Oficina de Comercialización e Informes y la Unidad de Economía y con sus visaciones; De conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27292, D.S. Nº 005-DE/SG, D.S. Nº 029-DE/SG, el Decreto Su- premo Nº 088-2001-PCM y la Resolución Suprema Nº 950 DE/EP/CP JAPE del 28 de diciembre del 2000; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar el Cuadro de descripción de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte del Instituto Geográfico Nacional-IGN, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago, de acuerdo a lo especificado en el ANEXO ÚNICO que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano conforme lo estableci- do en el D.S. Nº 088-2001-PCM. Artículo 3º.- Toda modificación a la presente Resolu- ción deberá aprobarse por Resolución del Titular y publi- carse en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO GUSTAVO BOBBIO ROSAS Jefe del IGN