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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 229742 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de setiembre de 2002 PODER EJECUTIVO P C M Aceptan renuncia de Consejero del Pre- sidente de la República en Asuntos Po- líticos y Portavoz de la Presidencia de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 409-2002-PCM Lima, 10 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 098-2002- PCM, se designó al señor Carlos Urrutia Boloña como Consejero del Presidente de la República en Asuntos Políticos y Portavoz de la Presidencia de la República; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo antes mencionado; De conformidad con la Ley Nº 27594; el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor Car- los Urrutia Boloña al cargo de Consejero del Presidente de la República en Asuntos Políticos y Portavoz de la Presidencia de la República, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 16339 Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales a presuntos responsables de ocasionar perjuicios económicos al CTAR Callao y al Consejo Nacional de Inteligencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2002-PCM Lima, 10 de setiembre de 2002 Visto el Oficio Nº 337-2002-CTAR-CALLAO/PE del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 002-2002-2-5176 denominado "Examen Especial al Contrato suscrito con la Firma Soluciones Contables EIRL", expedido por la Gerencia Regional de Control Interno de la CTAR Callao, se ha establecido que se ha originado un perjuicio eco- nómico a la institución por cuanto se ha abonado la suma de Quince Mil Doscientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15,264.00) a la Empresa Soluciones Contables EIRL. pese a que no estaba establecido en el Contrato el pago efectuado, y así también señala que se ha dejado de cobrar a la empresa la suma de Catorce Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles (S/.14,400. 00) por concepto de penalidades; Que, conforme a lo establecido en el punto IV del Infor- me Especial antes citado, se señala que existe responsa- bilidad civil por parte del CPC Wilfredo Alcántara López,ex Gerente General, Manuel Namihas Marin, ex Gerente de la Oficina General de Administración, Sr. Jorge Giral- do Liza, ex jefe de Logística y Dr. Gabriel Vicente Milla- res Borja, ex Gerente de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Que, de acuerdo a lo señalado en la Cuarta Disposi- ción Transitoria, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y en concordancia con su Disposición Transitoria Única, se establece que a partir de 1 de agos- to y hasta el 31 de diciembre del presente año, los Con- sejos Transitorios de Administración Regional en funcio- nes, pasan a depender de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme con la Recomendación del Informe Especial Nº 002-2002-2-5176 de la Gerencia Regional de Control Interno de la CTAR Callao, resulta pertinente que el Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, inicie las acciones legales pertinentes; Que, el Informe Especial Nº 002-2002-2-5176 de la Gerencia Regional de Control Interno de la CTAR Callao constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inciso f) del artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, y asimismo tiene el carácter de Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la Norma de Auditoría Gu- bernamental Nº 4.50, aprobada por la Resolución de Contraloría Nº 012-2002-CG, debiendo adoptarse en for- ma inmediata las acciones legales pertinentes a que hu- biere lugar a fin de cautelar los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 26162, Ley Nº 27785 y Decreto Ley Nº 17537 modifica- do por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hu- biere lugar contra: el CPC Wilfredo Alcántara López, ex Gerente General, el señor Manuel Namihas Marín, ex Gerente de la Oficina General de Administración, señor Jorge Giraldo Liza, ex Jefe de Logística, Dr. Gabriel Vi- cente Millares Borja, ex Gerente de la Oficina General de Asesoría Jurídica y contra quienes resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuradu- ría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presi- dencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 16271 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2002-PCM Lima, 10 de setiembre de 2002 Visto, el Oficio Nº 167-2002-CNI/P, del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia; CONSIDERANDO: Que, el numeral II, Fundamentos de Hecho, del Infor- me Especial Nº 01-2002-OGAI/CNI "ex Servicio de Inteli- gencia Nacional - Régimen de Ejecución Especial - Julio 2001", señala que "no se ha evidenciado la utilización de recursos financieros ascendentes a S/. 58 204.01, asigna- dos en la partida 5.4.11.73 "Régimen de Ejecución Es- pecial" en julio del 2001 al ex Servicio de Inteligencia Nacional, los mismos que no fueron devueltos a la Direc- ción Nacional de Tesoro Público, ni registrados en los li- bros contables de la Institución"; Que, el mencionado Informe Especial señala que el importe carente de documentación sustentatoria del gas- to, no ha sido registrado en los libros contables del ex Servicio de Inteligencia Nnacional, ni ha sido devuelto al Tesoro Público, sólo se tiene evidencia que del total de