Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2002 (11/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de setiembre de 2002

desprende que el referido servidor ha presentado tres (3) Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo por motivos de salud, en los meses de febrero y junio respectivamente, percatandose que dos Certificados Medicos expedidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Medicina General con CMP Nº 32543, tenia el Nº 5644639, las firmas eran diferentes, y las letras del llenado de los formatos de ESSALUD, eran iguales; asimismo, con fecha 9.JUL.2001, entrego nuevamente otro Certificado Medico por cuatro (4) dias de descanso medico del 3 al 6.JUL.2001, con el mismo formato y el mismo medico tratante; Que, con Oficio Nº 12-GCRH-ESSALUD-2002 del 30.ENE.2002, el Gerente Central de Recursos Humanos - ESSALUD, pone en conocimiento que en la base de datos y en los Archivos correspondientes, no registra como trabajador activo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, razon por la cual no puede informar en que Unidad Medica esta laborando el citado galeno; asimismo, el Dr. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA - Decano del Colegio Medico del Peru expide la Carta Nº 054-2002-M del 29.ENE.2002, comunicando que la persona de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no se encuentra inscrito como Medico Colegiado a la fecha; Con fecha 16.JUL.2002 el procesado presento su descargo senalando en el mismo que en ningun momento tuvo conocimiento que dichos certificados fueran fraguados, solicitando le den una oportunidad de seguir laborando, por haber incurrido en un error propio de su inexperiencia; y otros que contiene dicho escrito; Que, la citada Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, luego de revisar los actuados y el descargo presentado, establece que el procesado ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficinista I, SAD de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA Municion y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, no ha desvirtuado los cargos imputados, habiendo incurrido en la falta grave senalada en los incisos a) y j) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; asi como en la presunta comision de delito contra la fe publica tipificado en el Art. 438º del Codigo Penal, falsedad generica; por lo que por unanimidad ha recomendado se sancione a dicho servidor con cuatro (4) meses de Cese Temporal Sin Goce de Remuneraciones; De conformidad con lo establecido en los articulos 25º, 26º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y los articulos 150º, 151º, 152º, 154º, 159º y 170º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, de 17.ENE.90; y, Estando a lo recomendado. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con cuatro (4) meses de Cese Temporal Sin Goce de Remuneraciones al ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Oficinista I, SAD de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al servidor sancionado, conforme a las formalidades de Ley. Articulo 3º.- Comunicar la presente Resolucion a la Oficina de Personal del Ministerio del Interior para su conocimiento y fines, debiendo ser agregada al legajo personal del servidor sancionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 16306

VISTO, el Oficio N ° 1729-2002-IN-DIGEMIN-1601, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion y Oficio N° 279-2002-IN/0509; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0105-2002IN/0501 de 24.ENE.2002 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano Fiscal 2002; Que, la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion mediante oficio N° 1729-2002-IN-DIGEMIN1601, manifiesta la necesidad de contar con lectores de codigos OCR, para pasaporte visas y otros documentos de identidad, a fin de constituir un circuito seguro de consultas en linea y de registro de movimiento migratorios en el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA y los puntos de Control Migratorio y Fronterizo Principales del Pais; Que, la Oficina de Asuntos Administrativos y Legales de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior mediante Oficio N° 279-2002-IN/0509; manifiesta la necesidad de contar con el Servicio de Asesoria Legal en materia de Derecho Administrativo para la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, por el periodo de (04) meses, de setiembre a diciembre del ano 2002; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano Fiscal 2002, no se ha previsto la Adquisicion de Lectores de Codigos OCR; ni la contratacion del servicio Asesoria Legal Externa en Derecho Administrativo; Que, habiendo sido sustentadas las necesidades de adquisicion de lectores de codigos OCR y contratacion de servicio de Asesoria Legal; y estando con la aprobacion presupuestaria, es procedente llevar a cabo los respectivos procesos mediante de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, la segun lo dispuesto en el Articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, la exclusion e inclusion de procesos de seleccion contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de una Entidad debe ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda; Que, el Titular del pliego se ha reservado la facultad de aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior, por lo que toda modificacion que excluya o incluya necesidades y sus respectivos procesos de seleccion seran sometidas a su decision; Que, la indicada MORDAZA tambien dispone la obligacion de informar al Consejo Superior de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado ­ CONSUCODE y comunicar a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa ­ PROMPYME ­ las exclusiones o inclusiones ejecutadas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, asimismo mediante Decreto de Urgencia N°0302002 de fecha 19 de junio de 2002, el Poder Ejecutivo ha dictado medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002, con la finalidad de ajustar la ejecucion del gasto publico a las reales posibilidades financieras del Estado, en el MORDAZA de la disciplina fiscal imperante; Que, el articulo 5° del MORDAZA referido Decreto de Urgencia, dispone que las adquisiciones de bienes y servicios que efectuen las entidades publicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que superen las tres (03) UIT, deberan ser autorizadas por el Titular del Pliego; mediante Resolucion correspondiente, la misma que sera publicada en la pagina WEB de la entidad; Que, es necesario aprobar los procesos que superen los tres (03) UIT. mediante Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y lo previsto en los Articulos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y el Decreto de Urgencia N°030-2002 "Medidas Complementarias de Austeridad y Racionalidad en el Gasto Publico para el ano Fiscal 2002";

Incluyen procesos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio para el ano 2002
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1642-2002-IN/0501 MORDAZA, 2 de setiembre del 2002

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