Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2002 (20/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 20 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CTAR
Res. N° 222-2002-CTAR LIMA-PE.- Rectifican resolucion mediante la cual se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR MORDAZA para el ejercicio 2002 230262 Res. N° 561-2002-CTAR-HUANUCO/PE.- Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos del CTAR MORDAZA para el ano 2002 230262

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Res. N° 687-2002-RASS.- Autorizan afectacion en uso de aporte reglamentario de terreno destinado a otros fines a favor de asociacion de propietarios, para la edificacion de un centro socio cultural deportivo 230267 Res. N° 708-2002-RASS.- Autorizan ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito 230267 PROVINCIAS

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Ordenanza N° 394.- Modifican plano de zonificacion general de usos del suelo de MORDAZA Metropolitana a mediano plazo, correspondiente al distrito de El MORDAZA 230266 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA R.A. N° 934-2002-A-MDMM.- Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad 230266 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 0000014.- Aprueban Reglamento del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos motorizados o no motorizados en el Cercado del Callao 230269 Ordenanza Nº 000027.- Aprueban Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones 230272 Ordenanza Nº 000267.- Aprueban "Lista de Precios de los Servicios cuya prestacion no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao" 230283

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27829
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Articulo 4°.- Criterios Minimos de Seleccion El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento debera considerar en el Reglamento correspondiente, los siguientes criterios minimos: a. El ingreso familiar mensual maximo. b. El ahorro minimo depositado en una institucion del sistema financiero nacional. c. Las caracteristicas de la vivienda de interes social. Se puede acceder al MORDAZA Familiar Habitacional mediante postulacion individual o colectiva. Articulo 5°.- Principios de aplicacion Los principios del sistema del MORDAZA Familiar Habitacional son: a) El MORDAZA Familiar Habitacional es un subsidio directo, por tanto, se asignara el MORDAZA de mayor valor a la vivienda de menor precio. b) Objetividad para su asignacion. c) Transparencia en la seleccion de beneficiarios. d) Distribucion regional y descentralizada, de acuerdo a las necesidades de vivienda, a efectos de lograr la mayor colocacion del MORDAZA Familiar Habitacional en las zonas rurales y urbanas. Articulo 6°.- Entidad otorgante Facultase al Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda (FONDO MIVIVIENDA) en adicion a lo establecido en el articulo 2° de la Ley N° 26912, la administracion y otorgamiento del MORDAZA Familiar Habitacional previo MORDAZA de promocion, inscripcion, registro, verificacion de informacion y calificacion de postulaciones. Asimismo, conducira el correspondiente sistema de informacion de todas las operaciones del MORDAZA Familiar Habitacional con la finalidad de controlar el MORDAZA de manera transparente. Articulo 7°.- Financiamiento Son recursos para el pago del MORDAZA Familiar Habitacional: a) Los aportes que efectue el Estado, previamente autorizados en los presupuestos anuales correspondientes al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. b) Los ingresos financieros provenientes de dicho aporte. c) Otros que se le asigne. Articulo 8º.- Reglamentacion Mediante Decreto Supremo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y refrendado por el Ministe-

LEY QUE CREA EL MORDAZA FAMILIAR HABITACIONAL (BFH)
Articulo 1°.- Creacion del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) Crease el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor. El MORDAZA Familiar Habitacional se destinara exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interes social. Articulo 2°.- Vivienda de Interes Social (VIS) Para efectos de la presente Ley, Vivienda de Interes Social, es una solucion habitacional, cuyo valor MORDAZA sera de US$ 12,000, priorizandose las viviendas con valor por debajo de los US$ 8,000. Articulo 3°.- Beneficiarios Son beneficiarios exclusivos del MORDAZA Familiar Habitacional las familias, en los ambitos MORDAZA y rural, que carecen de recursos suficientes para obtener o mejorar una unica solucion habitacional.

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