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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (20/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 230221 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de setiembre de 2002 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 27829 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE CREA EL BONO F AMILIAR HABIT ACIONAL (BFH) Artículo 1° .- Creación del Bono Familiar Habitacio- nal (BFH) Créase el Bono Familiar Habitacional (BFH) como par- te de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un in- centivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo cons- tructor. El Bono Familiar Habitacional se destinará exclusiva- mente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejo- ramiento de una vivienda de interés social. Artículo 2° .- Vivienda de Interés Social (VIS) Para efectos de la presente Ley, Vivienda de Interés So- cial, es una solución habitacional, cuyo valor máximo será de US$ 12,000, priorizándose las viviendas con valor por debajo de los US$ 8,000. Artículo 3° .- Beneficiarios Son beneficiarios exclusivos del Bono Familiar Habita- cional las familias, en los ámbitos urbano y rural, que care- cen de recursos suficientes para obtener o mejorar una única solución habitacional.Artículo 4° .- Criterios Mínimos de Selección El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento deberá considerar en el Reglamento correspondiente, los siguientes criterios mínimos: a.El ingreso familiar mensual máximo. b.El ahorro mínimo depositado en una institución del sistema financiero nacional. c.Las características de la vivienda de interés social. Se puede acceder al Bono Familiar Habitacional me- diante postulación individual o colectiva. Artículo 5° .- Principios de aplicación Los principios del sistema del Bono Familiar Habitacio- nal son: a)El Bono Familiar Habitacional es un subsidio direc- to, por tanto, se asignará el Bono de mayor valor a la vivienda de menor precio. b)Objetividad para su asignación. c)Transparencia en la selección de beneficiarios. d)Distribución regional y descentralizada, de acuerdo a las necesidades de vivienda, a efectos de lograr la mayor colocación del Bono Familiar Habitacional en las zonas rurales y urbanas. Artículo 6° .- Entidad otorgante Facúltase al Fondo Hipotecario de Promoción de la Vi- vienda (FONDO MIVIVIENDA) en adición a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 26912, la administración y otorgamiento del Bono Familiar Habitacional previo proce- so de promoción, inscripción, registro, verificación de infor- mación y calificación de postulaciones. Asimismo, conducirá el correspondiente sistema de infor- mación de todas las operaciones del Bono Familiar Habitacional con la finalidad de controlar el proceso de manera transparente. Artículo 7° .- Financiamiento Son recursos para el pago del Bono Familiar Habitacional: a)Los aportes que efectúe el Estado, previamente au- torizados en los presupuestos anuales correspon- dientes al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. b)Los ingresos financieros provenientes de dicho aporte. c)Otros que se le asigne. Artículo 8º .- Reglamentación Mediante Decreto Supremo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y refrendado por el Ministe-C T A R Res. N° 222-2002-CTAR LIMA-PE.- Rectifican resolución mediante la cual se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR Lima para el ejercicio 2002 230262 Res. N° 561-2002-CTAR-HUANUCO/PE.- Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del CTAR Huánu- co para el año 2002 230262 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza N° 394.- Modifican plano de zonificación gene- ral de usos del suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, correspondiente al distrito de El Agustino 230266 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR R.A. N° 934-2002-A-MDMM.- Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad 230266MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Res. N° 687-2002-RASS.- Autorizan afectación en uso de apor- te reglamentario de terreno destinado a otros fines a favor de asociación de propietarios, para la edificación de un centro socio cultural deportivo 230267 Res. N° 708-2002-RASS.- Autorizan ejecución de obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito 230267 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 000 0014.- Aprueban Reglamento del servi- cio de transporte público especial de pasajeros en vehículos motorizados o no motorizados en el Cercado del Callao 230269 Ordenanza Nº 000027.- Aprueban Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones 230272 Ordenanza Nº 000267.- Aprueban "Lista de Precios de los Servicios cuya prestación no es exclusiva de la Municipalidad Provincial del Callao" 230283