Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2002 (21/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de setiembre de 2002

de Promocion Municipal, senalando, ademas, que este aporte sera fijado en cada caso, mediante Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2002-PCM fijo el aporte por regulacion que deberan pagar las empresas y entidades de los subsectores de electricidad e hidrocarburos al Organismo Supervisor de Inversion en Energia OSINERG- en el primer trimestre del ano 2002; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2002-PCM, se amplia la vigencia de las alicuotas establecidas en el Decreto Supremo Nº 004-2002-PCM hasta el mes de junio del 2002; Que, desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 004-2002-PCM, se mantienen vigentes las condiciones por las cuales se fijaron las alicuotas para el primer y MORDAZA trimestre del ano 2002; Que, en consecuencia, es necesario ampliar la vigencia de las alicuotas aplicables al calculo del aporte por regulacion establecido en el articulo 10º de la Ley Nº 27332; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Del Objeto Ampliese la vigencia de las alicuotas establecidas en los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 004-2002PCM hasta el mes de diciembre de 2002. Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de setiembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 16977

AGRICULTURA
Autorizan prorroga de arrendamiento de inmueble ubicado en la provincia de San MORDAZA destinado al almacenaje de maquinaria de la Direccion Regional Agraria MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0850-2002-AG MORDAZA, 19 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 2901-2002-AG-OGA-Nº 919-OL, de fecha 26 de agosto de 2002, del Director General de la Oficina General de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, dentro de los objetivos y finalidades del Ministerio de Agricultura esta el promover el desarrollo sostenido del sector agrario, mediante el empleo de maquinaria y tecnologia agricola; Que, para el cumplimiento de las metas y objetivos senalados, el Ministerio de Agricultura cuenta con una dotacion de maquinaria MORDAZA y pesada en el departamento de MORDAZA, que requiere de un inmueble apropiado para su

almacenamiento, seguridad y guardiania, ademas de contar con las instalaciones necesarias para el mantenimiento y reparacion de la maquinaria; Que, a la fecha el inmueble ubicado en el MORDAZA Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, de propiedad del Fondo Nacional de Propiedad Social en Liquidacion, cuenta con las condiciones descritas en el considerando anterior, por lo cual viene siendo arrendado por el Ministerio de Agricultura para uso de la Direccion Regional Agraria MORDAZA para almacenaje de la maquinaria de su propiedad; Que, mediante el Oficio 720-2002-AG-CL-UOPE/P, de fecha 26 de MORDAZA de 2002, el Presidente de la Comision Nacional de Liquidacion y Transferencia de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales ­ UOPE, adjuntando el Oficio Nº 546-2002-AG-PMAAP del Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria MORDAZA Agroindustrial y Pesada, ha presentado el requerimiento para prorrogar el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble citado en el tercer considerando; Que, el articulo 19º, inciso g) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que, se encuentran exonerados de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen, entre otros para prorrogar el plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de los precios al por mayor; Que, la Direccion Regional Agraria MORDAZA, asi como el Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada, han emitido sus respectivos informes tecnicos que sustentan la necesidad de dar continuidad al arrendamiento del inmueble mencionado, conforme establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Suprema Nº 012-2001-PCM; Que, en consecuencia, resulta procedente exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva y autorizar el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la prorroga del plazo del contrato de arrendamiento del inmueble mencionado en los considerandos precedentes conforme lo dispone el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con el inciso g) del articulo 19º y el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y los articulos 113º y 115º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese del requisito del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva y autorizase la prorroga del plazo del contrato de arrendamiento del inmueble de propiedad del Fondo Nacional de Propiedad Social en liquidacion, ubicado en el MORDAZA Industrial Taparachi, distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, inscrito en el Tomo 54, folio 464, Partida LMXV, Asiento 1 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, por los meses de MORDAZA a diciembre de 2002, por un valor de S/. 16 800,00, que seran afectados presupuestalmente al Programa Promocion de la Produccion Agraria, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2º.- Facultese a la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, a suscribir el contrato de arrendamiento a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 16899

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