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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (21/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 230294 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Asuntos Especiales, Subdirección de Organismos Especializados del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, mediante Facsímil (SME-AES-SOE) Nº 63/ 02 del 21 de junio de 2002, transmite la invitación de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO, a la "Segunda Consulta sobre Ges- tión de la Información Agraria" (COAIM), a llevarse a cabo en la ciudad de Roma, Italia del 23 al 25 de setiembre de 2002; Que, ha sido designado el Lic. Javier Alberto López Velarde, Director de Análisis y Difusión de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultu- ra como representante de la delegación peruana; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, De- creto Legislativo Nº 719 reglamentado por el Decreto Su- premo Nº 015-92-PCM, Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Lic. Javier Alberto López Velarde, Director de Análisis y Difusión de la Direc- ción General de Información Agraria del Ministerio de Agri- cultura, del 22 al 26 de setiembre de 2002, para que parti- cipe en la "Segunda Consulta sobre Gestión de la Informa- ción Agraria" (COAIM), a llevarse a cabo en la ciudad de Roma, Italia. Artículo 2º.- Los gastos que demande la presente Resolución, serán asumidos por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación - FAO, no irrogando egreso alguno al Presupuesto Público. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no dará derecho a exoneración o liberación de impues- tos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar dentro de los 15 días posteriores a su retorno al país, un informe de su par- ticipación al Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 16901 ECONOMÍA Y FINANZAS Actualizan relación de medicamentos e insumos para el tratamiento onco- lógico y el VIH/SIDA , para su libera- ción de pago del IGV y derechos aran- celarios DECRETO SUPREMO Nº 143-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27450, por Decreto Supremo Nº 236-2001-EF, se aprobó la relación de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y VIH/SIDA, a efecto de la liberación del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que asimismo, el Artículo 3º de la acotada Ley, esta- bleció que dicha relación de medicamentos e insumos será anualmente evaluada y actualizada a propuesta del Minis- terio de Salud; Que en tal sentido, el Ministerio de Salud ha actualiza- do la indicada relación de medicamentos e insumos para el tratamiento oncológico y VIH/SIDA, por lo que corres- ponde aprobar esta actualización; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27450 y en el numeral 8. del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo Primero.- Apruébese la actualización de la re- lación de medicamentos e insumos para el tratamientooncológico y el VIH/SIDA, contenida en el Anexo del pre- sente Decreto Supremo, para efecto de la liberación del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Dere- chos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27450. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y será refrendado por el Presi- dente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud ANEXO MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS 1.- ÁCIDO ZOLEDRÓNICO 2.- ACLARUBICINA 3.- ALDESLEUKINA 4.- ALTRETAMINA 5.- AMIFOSTINA 6.- AMINOGLUTETIMIDA 7.- AMSACRINA 8.- ANASTROZOL 9.- ASPARAGINASA 10.-BEXAROTENO 11.-BICALUTAMIDA 12.-BLEOMICINA 13.-BUSULFANO 14.-CAPECITABINA 15.-CARBOCUONA 16.-CARBOPLATINO 17.-CARMOFUR 18.-CARMUSTINA 19.-CICLOFOSFAMIDA 20.-CIPROTERONA (Acetato) 21.-CISPLATINO 22.-CITARABINA 23.-CLADRIBINA 24.-CLORAMBUCILO 25.-CLORMETINA 26.-DACARBAZINA 27.-DACTINOMICINA 28.-DAUNORUBICINA 29.-DEMECOLCINA 30.-DEXRAZOXANO 31.-DOCETAXEL 32.-DOXORUBICINA 33.-EPIRUBICINA 34.-ESTRAMUSTINA 35.-ESTREPTOZOCINA 36.-ETOGLUCIDO 37.-ETOPOSIDO 38.-EXEMESTANO 39.-FILGRASTIM 40.-FLUDARABINA 41.-FLUOROURACILO 42.-FLUTAMIDA 43.-FOLINATO CÁLCICO 44.-FOTEMUSTINA 45.-GEMCITABINA 46.-HIDROXICARBAMIDA 47.-IDARUBICINA 48.-IFOSFAMIDA 49.-IMATINIB 50.-INTERFERON ALFA - 2A 51.-INTERFERON ALFA - 2B 52.-INTERFERON BETA 53.-IRINOTECAN 54.-LENOGRASTIM