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PÆg. 242496 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de abril de 2003 del Vaso de Leche, la misma que ha generado el Proceso de Selección, conforme se ha llevado a cabo de los instru-mentos que se acompañan al informe de Vistos; Que, el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, establece la proce-dencia de la Declaración de Nulidad de Oficio del Procesode Selección, por alguna de las causales previstas en elArt. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, como son: actos administrativos que hayan sidodictados por órganos incompetentes, contravengan lasnormas legales, contengan un imposible jurídico, o prescin-dan de las normas esenciales del procedimiento o de laforma prescrita por la normatividad aplicable, debiendoexpresar en la Resolución que se expida indicará la etapaa la que se retrotraerá el proceso, acto resolutivo quedeberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano den-tro de los cinco días siguientes a su expedición, bajoresponsabilidad; Que, del informe de Vistos se advierte que se ha incu- rrido en nulidades insalvables, debido que por una partese ha resuelto una articulación denominada "recon-sideración" no contemplada en el ordenamiento aplicable,es decir como correspondía debió procederse a lo dispues-to por el Art. 166º y siguientes del reglamento, cuandoseñala la interposición de recursos de apelación y revisiónque no es el caso de autos; por otro lado el Comité Espe-cial ha emitido pronunciamiento a la mencionada "reconsi-deración", cuando los actos administrativos son resueltosen primera instancia por el Titular del Pliego, en vía deapelación en este caso el Alcalde, es más este Comité notiene facultad ni competencia alguna para resolver me-diante actos administrativos; así mismo el Comité no puederenovar un acto procesal alguno, lo que ha evidenciadoque se ha extralimitado en sus funciones que es necesariocorregir con el objeto de no convalidar actos nulos; Que, los actos que se señalan han lesionado los princi- pios de imparcialidad, eficiencia, transparencia y trato justoe igualitario, que establece el Artículo Segundo de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, principiosque tienen como finalidad garantizar que las entidadesobtengan bienes, servicios y obras de la calidad requerida,en forma oportuna y a precios o costos adecuados; Estando las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, y la Ley y Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con-tando con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Administración, y la Dirección Municipal; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del acto administrativo de apertura de sobre y otorga- miento de la buena pro, efectuado por el Comité Espe- cial, el día 22 de marzo del 2003 en relación al Ítem 01:Leche Fresca Refrigerada, debiendo retrotraerse al esta- do de Apertura de Sobres y Otorgamiento de la Buena Pro; previamente deberá efectuarse la publicación de estaresolución, en el Diario Oficial El Peruano, como lo esta- blece el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado. POR LO TANTO: Comuníquese, publíquese y cúmplase. ARMANDO GONZALES DEL ÁGUILA Alcalde 06918 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELÉN Aprueban ampliación de Acuerdo Ex- traordinario N” 003-2003-CM-MDB re- ferente a la Declaratoria de Urgencia del Servicio de Limpieza Pœblica ACUERDO ORDINARIO DE CONCEJO Nº 016-2003-CM-MDB Belén, 31 de marzo del 2003Visto en la sesión ordinaria de la fecha el punto de agenda: Solicitar la Ampliación del Acuerdo Extraordinario Nº 003-2003-CM-MDB de fecha 4 de enero del presente año de la Declaratoria de Urgencia del servicio de LimpiezaPública; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27195 del cinco de noviembre de 1999 se crea el distrito de Belén y en las elecciones degobiernos regionales y locales, realizadas el 17 de noviem- bre del 2002 se elige por primera vez Alcalde y Regidores del mencionado distrito. Que, el artículo 109º de la Carta Magna reformado por la Ley Nº 27680 dispone "Los Gobiernos Localespromueven el desarrollo y la economía local y la presta- ción de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regiona-les de desarrollo". Que, teniendo en cuenta que la Ley Nº 26850, modifi- cada por las Leyes Nºs. 27070, 27148 y 27330, regula lasContrataciones y Adquisiciones del Estado, así como el D.S. Nº 012-2001-PCM en amparo de los artículos 19º inciso c) y 21º, donde las entidades del Estado se encuen-tran facultadas a declarar la Urgencia ante la eventualidad de la inexistencia de determinados bienes o servicios cuyo suministro es de esencial necesidad, quedando así exone-rados de la convocatoria al proceso de selección que co- rresponda; así como el Texto Único Ordenado de la Ley, y el D.S. Nº 013-2001-PCM que reglamenta la Ley en suArtículo 7º concordante con el artículo 21º donde estable- ce que faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o canti-dad, según sea el caso para eso se ha tomado como valor referencial la suma de Ochocientos setentiséis mil y 00/100 nuevo soles (S/. 876,000.00). Que, el artículo 102º del Decreto Ley Nº 613 de medio ambiente y Recursos Naturales establece que es obliga-ción de los Gobiernos Locales controlar la limpieza pública en la ciudad y en todo tipo de asentamientos humanos considerando necesariamente las etapas de recolección,transporte y disposición final de los desechos domésticos, así como la educación de sus habitantes. Que, la Ley Nº 27314 - ley general de residuos sólidos en su artículo 10º establece que las Municipalidades Distri- tales son responsables por la prestación de servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de limpie-za de las vías, espacio y monumentos públicos en la juris- dicción. Que, hay la necesidad que se establezca la amplia- ción de la Declaratoria de urgencia del servicio de limpie- za pública para evitar contaminaciones y enfermedadesinfectocontagiosas en perjuicio de la vecindad en su jurisdicción. Que, mediante Informe Nº 001-2003-CELP-MDB de fe- cha 26-3-2003 informa el Gerente de Servicios Públicos solicitando la prórroga de la Declaratoria de Urgencia del Servicio de Limpieza Pública mientras se concrete el proce-so de Licitación, por que éste es un servicio que no puede paralizar toda vez que atentaría contra la salud de la po- blación de Belén. Que, mediante Informe Nº 021-2003-MDB-AL opina que es necesario ampliar el plazo del estado de Urgencia por45 días, del Servicio de Limpieza Pública para evitar que se propague enfermedades infectocontagiosas, por el no recojo de basura, con lo cual se caería en delito contra lasalud, en agravio de la población de Belén. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la Ampliación del Acuer- do Extraordinario Nº 003-2003-CM-MDB de fecha 4 de enerodel presente año, referente a la Declaratoria de Urgencia del Servicio de Limpieza Pública por un espacio de 45 días. Teniendo como base referencial la suma deOchocientos setentiséis mil y 00/100 nuevos soles (S/. 876,000.00), para el ejercicio fiscal del 2003 cuyo valor referencial mensual es de setentitrés mil y 00/100 nuevossoles (S/. 73.000.00). Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente Acuerdo de Concejo, conforme lo estipula el artículo 115º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.