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PÆg. 242492 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de abril de 2003 ORDENANZA Nº 494 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Codificado Nº 8238-99 seguido por don José Gil Bellatín, en repre-sentación del Comité Vecinal Nº 28, sector Vallecito Alto, quienes solicitan el Cambio de Uso de Suelo de un área de 558.00 m 2 calificado como Recreación Pública a Otros Usos (Local Comunal), ubicado en el pasaje Huanta de la Mz. 142 del sector Vallecito Alto, asentamiento humano José Carlos Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, provin-cia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al Plano Definitivo de Trazado y Lotiza- ción del asentamiento humano José Carlos Mariátegui –sector Vallecito Alto del Comité Vecinal Nº 28, aprobado por Resolución Nº 1637-90-MLM-SMDU, de fecha 10 de diciembre de 1990, califica al terreno del recurso comoárea para Recreación Pública; Que, el Plano de Zonificación correspondiente al distri- to de Villa María del Triunfo aprobado por Decreto de Alcal- día Nº 042 del 19 de mayo de 1997, califica al terreno del sector como Residencial de Densidad Media – R4, mante-niéndose la zonificación vigente a la fecha según Orde- nanza Nº 162-MML del 19 de febrero de 2000, conforme indica el Plano Nº Lima 35; Que, la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, mediante Informe Nº 050-DC-99-MVMT, de fecha 3 de fe-brero de 1999, de la División de Catastro, opinó por la procedencia del cambio de uso del área destinada a Re- creación Pública a Otros Usos (Local Comunal), debiendoremitirse a la Municipalidad de Lima Metropolitana para la continuación del trámite; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante In- forme Nº 443-99-MML/DMDU-OPDM/DPTN, de fecha 31 demayo de 1999, opinó por la procedencia del cambio de uso solicitado, por cuanto la utilidad del terreno para Recrea- ción Pública se ha visto recortada por la consolidación deviviendas en dicha área desde el año 1998, convirtiéndola en un lote cerrado reducido, el mismo que, sin perder su finalidad de servicio a la comunidad, puede ser destinadoa Local Comunal; teniendo en consideración la inexisten- cia de oposición de los vecinos y de la Municipalidad Distri- tal; Que, la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 377-99-MML-DMDU-UTL, de fecha 12 de julio de 1999, opinó por la procedencia del cambio de uso solicitado, puesto que el uso público destinado primigeniamente no se desnaturali-za y cuenta con la autorización de los vecinos del lugar; Que, el inciso b) del Artículo 28º de la Ordenanza Nº 296-MML publicada el 23 de diciembre de 2000, que regu- la el Régimen de Constitución y Administración de Bienes de Uso Público en la provincia de Lima, establece comocausal de desafectación de los bienes de uso público, la pérdida de la naturaleza que justificó su inclusión en esa categoría de bienes; De conformidad con lo opinado por la Comisión de De- sarrollo Urbano y Nomenclatura en su Dictamen Nº 013-2003-MML-CDU de fecha 4 de marzo de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Declarar procedente la Desafectación de Uso de Suelo de un área de 558.00 m2 calificada como Recreación Publica, ubicado en el pasaje Huanta de la Mz. 142 del sector Vallecito Alto, asentamiento humano José Carlos Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, provin-cia y departamento de Lima y asignarle el Uso de Otros Usos (Local Comunal), por cuanto la utilidad del terreno para Recreación Publica se ha visto recortada por la con-solidación de viviendas en dicha área desde el año 1998, convirtiéndola en un lote cerrado reducido, el mismo que,sin perder su finalidad de servicio a la comunidad, puede ser dedicado a Local Comunal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil tres. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 06909 ORDENANZA Nº 495 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Codificado Nº 211633-95 seguido por la Asociación de Comerciantes Agropecuarios de Servicios Múltiples Israelitas del Perúquienes solicitan cambio de zonificación del terreno de 2,565.00 m 2 de la Asociación de Vivienda Mariscal Cáce- res, II Etapa, en el pasaje ubicado entre las Mz. 10 y 11,distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departa- mento de Lima, para la regularización de un mercado de abastos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 013-86-ENACE-8100/CO de fecha 15 de mayo de 1986, se aprobó la HabilitaciónUrbana, los Planos de Lotización, Memorias Descriptivas y Cuadro de Áreas de los lotes correspondientes a la ciudad Mariscal Cáceres, sector II, en un área de terreno de1’857,770.75 m 2, en donde se consideró al terreno del recurso como área de Recreación Pública; Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Luri- gancho con Oficio Nº 089-A-95 de fecha 13 de febrero de 1994, opinó que es improcedente la solicitud de cambio de uso del terreno de 2,565.00 m2 de la Asociación de Vivien- da Mariscal Cáceres, II Etapa, ocupado por la Asociación de Comerciantes Agropecuarios de Servicios Múltiples Is- raelitas del Perú, los mismos que obtuvieron autorizaciónen el año 1990 por 15 días, para realizar una feria, por cuanto las áreas calificadas como Recreación Pública son intangibles e imprescriptibles; Que, mediante carta de fecha 6 de marzo de 1995, la Asociación de Comerciantes Agropecuarios de Servicios Múltiples Israelitas del Perú adjuntan 25 hojas conteniendo706 firmas de los vecinos de la urbanización Mariscal Cáce- res, quienes apoyan la permanencia del mercado de abas- tos; Que, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante In- forme Nº 171-95-MLM/DMDU/OPDM de fecha 7 de agostode 1995, indicó que la recurrente solicitó el cambio de zonificación de un área de 2,482.00 m 2 constituidos por dos lotes separados por la calle 61, los cuales tienen1,118.00 m 2 y 1,364.00 m2 respectivamente, siendo ocupa- dos por un mercado de abastos construido en forma preca- ria, áreas que constituyen reservas para Recreación Públi-ca de la Urb. Cáceres; sin embargo, haciendo referencia a la existencia de un gran número de parques existentes a los cuales sólo falta el tratamiento y que por otro lado,existe una carencia de equipamientos para mercado, con- forme los planos de la referida urbanización, es que resulta procedente tramitar la presente solicitud como una des-afectación de bien público; Que, la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 362-95-MLM-