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PÆg. 242630 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de abril de 2003 adquisición de Bienes y Servicios y ejecución de Obras a fin de garantizar el normal funcionamientode todas las dependencias de la Municipalidad y cum-plir los objetivos y metas trazadas para el ejerciciofiscal 2003; Que, el TUO de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, establece laobligatoriedad de cada entidad para que elabore un PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones que será apro-bado por el titular del pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa según corresponda; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de Bienes, Servicios y Obras de la MunicipalidadDistrital de Las Amazonas para el ejercicio 2003, seelaboró en base al Presupuesto Institucional de Apertu-ra (PIA-2003) aprobado en Sesión Ordinaria de ConcejoNº 048-2002-SO-CM-MDLA con Acuerdo de ConcejoNº 117-2002-SO-CM-MDLA de fecha 9 de diciembre del2002; Estando a lo propuesto por la Unidad de Abasteci- miento y Servicios y contando con la visación de la Ofi-cina de Administración de esta Municipalidad; En uso a las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con laLey Nº 27879 del Presupuesto Público año 2003, el TUOde la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios yObras de la Municipalidad Distrital de Las Amazonascorrespondiente al Ejercicio Presupuestal año 2003, elmismo que es parte integrante de la presente Resolu-ción. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR a los órga- nos ejecutores correspondientes y disponer la publi-cación de la presente Resolución dentro de los diez(10) días hábiles siguientes de su expedición, en igualplazo dicho Plan será remitido a CONSUCODE, en-cargando de la misma a la Oficina de Administración. Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servi-cios y Obras de la Municipalidad Distrital de LasAmazonas, se ponga a disposición de los interesa-dos en la dependencia encargada de las adquisicio-nes y contrataciones de la Municipalidad, así como yremitir una copia a la Comisión de Promoción de laPequeña y Micro Empresa - PROMPYME, en un pla-zo no mayor de diez (10) días a partir de su aproba-ción, de conformidad con lo establecido en el cuartopárrafo del artículo 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALDO CAMILO PAINO INUMA Alcalde 07148 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO Declaran nulo proceso de adjudicación directa selectiva convocado para laadquisición de alimentos destinados alPrograma del Vaso de Leche RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 148-2003/MDQ Querecotillo, 4 de abril del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLOVISTOS: 1. La Carta Nº 01-2003-C.A.T.O-Regidor-MDQ, del 31 de marzo del 2003, remitida por el Sr. Regidor CésarTerrones Ordinola, sobre solicitud de anulación del Pro-ceso de Adjudicación Directa PVL. 2. Informe Nº 036-2003/AL de fecha 2 de abril de 2003. 3. Informe Nº 06-2003/MDQ-CEPSAA. CONSIDERANDO:Que, mediante Convocatoria de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2003/MDQ-CEPSAA de fecha 10 demarzo de 2003, el Comité Especial Permanente de Pro-cesos de Selección en Adjudicaciones y Adquisiciones,dio inicio al Proceso de Selección para dotar de alimen-tos para el Programa del Vaso de Leche correspondien-te a los meses de marzo y abril del 2003, por el monto deS/. 52,281.98, el cual no ha culminado con celebraciónde contrato alguno; Que, en dicho Proceso de Selección se omitió con notificar a PROMPYME la Convocatoria del mencionadoproceso; Que, la Notificación de la Convocatoria a PROMPY- ME constituye un requisito obligatorio en las Adjudica-ciones Directas como en el presente caso, conforme lodispone el Art. 85º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Proceso de Selección de Adjudicación Direc- ta Selectiva Nº 001-2003/MDQ-CEPSAA, presenta viciode nulidad por la omisión incurrida; Que, el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi- nistrativa de la Entidad podrá declarar de oficio la nulidaddel proceso de selección por alguna de las causalesestablecidas en el Art. 57º de la Ley, sólo hasta antes dela celebración del contrato, conforme lo establece el Art.26º del D.S. Nº 013-2001/PCM; Que, conforme al Art. 57º de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, serán declarados nuloslos actos que prescindan de las normas esenciales delprocedimiento o la forma prescrita por la normatividadaplicable; Que, las normas aplicables a todo proceso de selec- ción están reguladas por la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento (D.S. Nº 013-2001/PCM) y además de ser formales éstas son de in-eludible cumplimiento bajo sanción de invalidez del pro-ceso, conforme lo precisa el Comunicado Nº 003-2003(PRE) de CONSUCODE; Que, los miembros del Comité Especial Permanente de Procesos de Selección en Adjudicaciones y Adquisicio-nes han incurrido en responsabilidad prevista en los Arts.24º y 47º del mencionado TUO; Que, en uso de las atribuciones previstas en el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001/PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar NULO el proceso de Adjudicación Directa Selectiva Nº 001-2003/MDQ-CEPSAA de fecha 10 de marzo del 2003 realizado por elComité Especial Permanente de Procesos de Selecciónen Adjudicaciones y Adquisiciones de la MunicipalidadDistrital de Querecotillo. Artículo Segundo.- Aplicar a los miembros del Co- mité Especial, la medida disciplinaria de amonestaciónescrita. Artículo Tercero.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano la presente resolución. Regístrese y comuníquese. LUIS MÁRQUEZ MORÁN Alcalde 07133