Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2003 (12/04/2003)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

adquisicion de Bienes y Servicios y ejecucion de Obras a fin de garantizar el normal funcionamiento de todas las dependencias de la Municipalidad y cumplir los objetivos y metas trazadas para el ejercicio fiscal 2003; Que, el TUO de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, establece la obligatoriedad de cada entidad para que elabore un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que sera aprobado por el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa segun corresponda; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas para el ejercicio 2003, se elaboro en base al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA-2003) aprobado en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 048-2002-SO-CM-MDLA con Acuerdo de Concejo Nº 117-2002-SO-CM-MDLA de fecha 9 de diciembre del 2002; Estando a lo propuesto por la Unidad de Abastecimiento y Servicios y contando con la visacion de la Oficina de Administracion de esta Municipalidad; En uso a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con la Ley Nº 27879 del Presupuesto Publico ano 2003, el TUO de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas correspondiente al Ejercicio Presupuestal ano 2003, el mismo que es parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR a los organos ejecutores correspondientes y disponer la publicacion de la presente Resolucion dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion, en igual plazo dicho Plan sera remitido a CONSUCODE, encargando de la misma a la Oficina de Administracion. Articulo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas, se ponga a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Municipalidad, asi como y remitir una MORDAZA a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, en un plazo no mayor de diez (10) dias a partir de su aprobacion, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PAINO MORDAZA MORDAZA 07148

1. La Carta Nº 01-2003-C.A.T.O-Regidor-MDQ, del 31 de marzo del 2003, remitida por el Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA Ordinola, sobre solicitud de anulacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa PVL. 2. Informe Nº 036-2003/AL de fecha 2 de MORDAZA de 2003. 3. Informe Nº 06-2003/MDQ-CEPSAA. CONSIDERANDO: Que, mediante Convocatoria de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003/MDQ-CEPSAA de fecha 10 de marzo de 2003, el Comite Especial Permanente de Procesos de Seleccion en Adjudicaciones y Adquisiciones, dio inicio al MORDAZA de Seleccion para dotar de alimentos para el Programa del Vaso de Leche correspondiente a los meses de marzo y MORDAZA del 2003, por el monto de S/. 52,281.98, el cual no ha culminado con celebracion de contrato alguno; Que, en dicho MORDAZA de Seleccion se omitio con notificar a PROMPYME la Convocatoria del mencionado proceso; Que, la Notificacion de la Convocatoria a PROMPYME constituye un requisito obligatorio en las Adjudicaciones Directas como en el presente caso, conforme lo dispone el Art. 85º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003/MDQ-CEPSAA, presenta vicio de nulidad por la omision incurrida; Que, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, conforme lo establece el Art. 26º del D.S. Nº 013-2001/PCM; Que, conforme al Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, seran declarados nulos los actos que prescindan de las normas esenciales del procedimiento o la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, las normas aplicables a todo MORDAZA de seleccion estan reguladas por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento (D.S. Nº 0132001/PCM) y ademas de ser formales estas son de ineludible cumplimiento bajo sancion de invalidez del MORDAZA, conforme lo precisa el Comunicado Nº 0032003(PRE) de CONSUCODE; Que, los miembros del Comite Especial Permanente de Procesos de Seleccion en Adjudicaciones y Adquisiciones han incurrido en responsabilidad prevista en los Arts. 24º y 47º del mencionado TUO; Que, en uso de las atribuciones previstas en el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013-2001/PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003/MDQCEPSAA de fecha 10 de marzo del 2003 realizado por el Comite Especial Permanente de Procesos de Seleccion en Adjudicaciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Querecotillo. Articulo Segundo.- Aplicar a los miembros del Comite Especial, la medida disciplinaria de amonestacion escrita. Articulo Tercero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07133

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO
Declaran nulo MORDAZA de adjudicacion directa selectiva convocado para la adquisicion de alimentos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 148-2003/MDQ Querecotillo, 4 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO

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