Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2003 (12/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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MORDAZA en el Asiento 4-B de la ficha N° 60898 y la Constitucion de Xauxa Wasi S.A. inscrita en la ficha N° 138803 e Inversiones Inmobiliarias Iridio S.A. en la ficha N° 138804 del Libro de Sociedades ­ Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, se ha verificado por el Personal Tecnico de la Division de Catastro, Planificacion y Habilitacion MORDAZA que el recurrente ha cumplido con ejecutar las obras de habilitacion obligatorias; Que, mediante la Ley N° 26912, Ley de Promocion del Acceso de la Poblacion a la Propiedad Privada de Vivienda y Fomento del Ahorro, mediante mecanismos de financiamiento con participacion del Sector Privado, el gobierno creo el Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda ­MI VIVIENDA, con el objeto de facilitar la construccion y adquisicion de viviendas especialmente las de interes social, senalando el Reglamento de la citada ley que se financiara con recursos de dicho fondo, las que se construyan como consecuencia de la independizacion de las unidades inmobiliarias, subdivision de terreno o la culminacion de proyectos de habilitacion MORDAZA en ejecucion y establece que los formularios registrales aprobados por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos constituye titulo suficiente para la inscripcion registral de los actos de contengan; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentacion: a) Carta N° 735-96/CSA de fecha 27 de junio de 1996 de SEDAPAL otorgando la recepcion de obras de redes a agua potable y alcantarillado. b) Resolucion 379-92-D-ELM de fecha 18 de diciembre de 1992 otorgando la recepcion de obras de redes electricas del subsistema de distribucion MORDAZA e instalaciones de alumbrado publico. c) Certificacion de fecha 11 de agosto de 1981 de la Direccion regional V ­ MORDAZA del Ministerio de Agricultura senalando la inexistencia de MORDAZA de riego ni servidumbres a terceros que afecten al referido terreno. d) Plano de Replanteo de Lotizacion y Memoria Descriptiva, los mismos que se encuentran conformes. e) Recibo N° 73579 de fecha 25 de octubre del 2002 expedidos por la Tesoreria de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, acreditando la cancelacion de los derechos de Tramite e Inspeccion Ocular respectivamente. f) Carta compromiso de fecha 27 de setiembre del 2002 por la que Xauxa Wasi S.A. se compromete a ejecutar las aceras faltantes y retiro de desmonte. Que, en concordancia con el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley N° 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, en su Art. 20°, el Plano de Replanteo N° 003-2002-DCPHU-DDU/MSJL de la Recepcion Parcial de Obras NO PRESENTA modificaciones de las Obras en la habilitacion del Terreno de 9,072.69 m 2 (Nueve Mil Setenta y dos Metros Cuadrados con Sesenta y nueve Decimetros Cuadrados), que es parte del area de 13,950.00 m 2 que a su vez es integrante del area mayor de 66,263.00 m2 que constituye la Parcela 4-A del Lote N° 4 del ex-Fundo Azcarrunz, que implique una revision de los Planes de Desarrollo MORDAZA NO REQUIRIENDOSE por lo tanto la verificacion por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la presente habilitacion MORDAZA al contar con Estudios Preliminares y Estudios Definitivos de su Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobados por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, habiendose establecido en la Resolucion correspondiente emitida Zonificacion Residencial R-3, y los Planos motivo de la Resolucion presentan lotes normativos para Zonificacion Residencial R-4 imperante en el terreno y todos los alrededores ya consolidados, y considerando el Articulo 9° literal b) del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26878, dicha entidad debera rectificar de oficio la Zonificacion Residencial correspondiente; Que, con Informe Tecnico N° 284-02-DCPHU-DDU/ MSJL de fecha 9 de diciembre del 2002 de la Division de Catastro, Planificacion y Habilitacion MORDAZA e Informe N° 2259-2002-OAJ/MSJL de fecha 16 de diciembre del

2002 de la Oficina de Asesoria Juridica se da cuenta de la PROCEDENCIA de lo solicitado; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el Articulo 47º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerese cumplida por XAUXA WASI S.A., de conformidad con el Plano de Replanteo signado con el N° 003-2002-DCPHU-DDU/MSJL, las Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Media R-3 del Terreno de NUEVE MIL SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (9,072.69 m2), que es parte del area de 13,950 m2 que a su vez es integrante del area mayor de 66,203.00 m2 que constituye la Parcela 4-A del Lote N° 4 del ex-Fundo Azcarrunz, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, denominada Urbanizacion "Los Jardines de San Juan" y que han ejecutado de conformidad con los proyectos aprobados por Resolucion MLM/AM-SMDU N° 212 de fecha 27 de noviembre de 1985, Resolucion MLM/AM-SMDU N° 319 de fecha 9 de agosto de 1990, y en consecuencia autorizase la libre venta de los lotes y edificaciones que los ocupan, exceptuando los lotes destinados a los aportes. Articulo Segundo.- Del area total que se recepciona de NUEVE MIL SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (9,072.69 m2), corresponden a area de vivienda 4,330.00 m2 distribuidos en dos (02) manzanas ("H" parcial y "N" parcial) de la siguiente manera: Manzana "H" (Parcial): Con 1,920.00 m2 a ocupar por viviendas. Manzana "N" (Parcial): Con 2,410.00 m2 dividida en dos partes: - Parte 1 con 960.00 m2 ocupada por un agrupamiento de viviendas ya consolidadas. - Parte 2 con 1,450.00 m2 a ocupar por viviendas. Los aportes reglamentarios estan distribuidos de la siguiente manera: El aporte para Ministerio de Educacion es de 341.06 m2 (Trescientos Cuarenta y Uno Metros Cuadrados con Seis Decimetros Cuadrados), y se ubica con frente a la MORDAZA "Los Hinojos" (Calle "G"). El aporte para Otros Fines es de 310.50 m 2 (Trescientos Diez Metros Cuadrados con Cincuenta Decimetros Cuadrados), se ubica con frente a la MORDAZA "Los Hinojos" (Calle "G"). El aporte para Servicio de Parques (Serpar) es de 240.00 m2 (Doscientos Cuarenta Metros Cuadrados), se ubica en los Lotes N° 11 y 12 de la Mz. "N". De la diferencia de 3,851.13 m 2 (Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Uno Metros Cuadrados con Trece Decimetros Cuadrados), se destinan 1,175.72 m 2 (Mil Ciento Setenta y Cinco Metros Cuadrados con Setenta y Dos Decimetros Cuadrados) para Recreacion Publica y 2,675.41 m2 (Dos Mil Seiscientos Setenta y Cinco Metros Cuadrados con Cuarenta y Uno Decimetros Cuadrados) para Vias Publicas, cuyo detalle se indica en el plano N° 003-2002-DCPHU-DDU/ MDSJL que es parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- El propietario de la Habilitacion en los Contratos de Compra-Venta de los lotes que celebran debera insertar las clausulas que senalen la indivisibilidad de las viviendas que se construyan, que estaran destinadas al Uso Residencial. Articulo Cuarto.- Dispongase que la Publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano estara a cargo de la parte interesada. Articulo Quinto.- Transcribase a los Registros Publicos para los efectos de la inscripcion correspondiente de acuerdo a la Ley General de Habilitaciones Urbanas N° 26878 y al D.S. N° 011-98-MTC para su incorpora-

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