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PÆg. 242626 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de abril de 2003 cejos Municipales ejercen la función de aprobar el pre- supuesto anual, la Cuenta General del Ejercicio Anualdel Presupuesto y la Memoria; Que, el Artículo 45º de la Ley Nº 23853, Ley Orgáni- ca de Municipalidades establece que el Concejo Munici-pal constituye comisiones internas de trabajo integradospor Regidores, en áreas básicas de servicios y de ges-tión municipal, con la finalidad de efectuar estudios, formu-lar propuestas y proyectos de reglamento de los servi-cios respectivos y emitir dictamen sobre los asuntossometidos al Acuerdo de Concejo; Que, es necesario precisar que la aprobación de los estados financieros y presupuestarios 2002; constituyenuna OBLIGACIÓN FORMAL contemplada en el numeral 4del Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades, antescitado y NO CONDICIONA que el Concejo esté avalando elgasto efectuado; pues dicho gasto no ha sido ejecutadodurante el mandato del presente Concejo Municipal; Que, asimismo constituye una obligación formal la presentación de los estados financieros a la ContaduríaPública de la Nación; debiendo efectuarse la Auditoría alos estados financieros del 2002 en el transcurso delpresente año; a efectos de deslindar las responsabilida-des administrativas, civiles y/o penales que correspon-dan conforme a Ley; Estando a lo señalado en la normativa expuesta y a lo dictaminado por la Comisión de Economía, Planificación yPresupuesto, mediante Dictamen Nº 004-2003-CEPP, enuso de las facultades conferidas por el Art. 36º Inc. 4) de laLey Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, por MAYORÍA;A FAVOR: Jesús Alvaro Véliz Duarte, Luis Caballero Sabino,Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Cas-tañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De LaCruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Ro-berto Asunción Castillo Paulino, Gloria Luz Santillán Ríos;EN CONTRA: Pedro Carlos Casanova Saavedra, SurapholChomchey, Carlos Enrique Calderón Carvajal; y con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar el Balance General de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres al31.DIC.2002, incluyendo la Exposición de Motivos, paraefectos de su presentación ante la Contaduría Públicade la Nación, el mismo que forma parte integrante delpresente Acuerdo. Artículo Segundo.- La aprobación del Balance al que se hace mención en el artículo precedente, no cons-tituye el reconocimiento del gasto ejecutado durante elejercicio 2002. Artículo Tercero.- Efectúese la Auditoría a los Esta- dos Financieros y Presupuestarios del 2002, a travésde una Sociedad de Auditoría designada por la Contra-loría General de la República, en el transcurso del pre-sente año; a fin de deslindar las responsabilidades admi-nistrativas civiles y/o penales que correspondan confor-me a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 06472 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan plazo para la presentación de declaraciones juradas y el pago dela primera cuota trimestral del impues-to predial ORDENANZA MUNICIPAL Nº 052-MVES Villa El Salvador, 31 de marzo del 2003Visto: El Informe Nº 057-03-MVES/OR de fecha 24.3.2003, suscrito por el Director de la Oficina de Ren-tas; CONSIDERANDO:Que, con Ordenanza Municipal Nº 049-MVES se autorizó entre otros, la emisión mecanizada de laDeclaración Jurada del Impuesto Predial y su corres-pondiente recibo de pago, estableciéndose el 31 demarzo del 2003, como fecha de vencimiento del pagodel 1er. Trimestre del Impuesto Predial correspon-diente al presente año, autorizando también la reali-zación de la Declaración Jurada Masiva de Datosgratuita para que los vecinos puedan declarar, regu-larizar, modificar, incorporar, subsanar y en generalactualizar la información relativa a su impuesto pre-dial, teniendo en cuenta además lo dispuesto en elArtículo 9º de la Ley de Tributación Municipal aproba-do por el Decreto Legislativo Nº 776, modificado porel Artículo 1º de la Ley Nº 27305; Que, el alza de los precios de los combustibles, así como los gastos regulares de la presente época esco-lar, así como los pagos por concepto de impuestos delGobierno Central están incidiendo en la capacidad depago de la población, para efectos del cumplimiento desus obligaciones tributarias con esta institución munici-pal; Que, resulta conveniente prorrogar el plazo de venci- miento del pago de la primera cuota trimestral del im-puesto predial, así como el plazo para la presentaciónde la Declaración Jurada Masiva, a efectos de que unmayor número de vecinos se puedan acoger a los benefi-cios otorgados, ratificándose además la gratuidad de lamisma, para aquellos que se acojan durante su plazo devigencia; Que, por otro lado, se hace necesario que se consti- tuya el fondo establecido por el Art. 20º del D. Leg. 776,el mismo que según ley estará constituido por el 5% delrendimiento del impuesto predial y que será destinadoexclusivamente a financiar el desarrollo y mantenimientodel Catastro Distrital, así como a las acciones que reali-ce la administración tributaria destinadas a reforzar sugestión y mejorar la recaudación; Estando a lo informado, contando con la opinión legal favorable de la Dirección de Asesoría Jurídica expresa-da mediante Memorando Nº 0107-2003-OAJ/MVES defecha 27.3.2002 y en uso de las atribuciones conferidasen la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 con elvoto unánime del Concejo Municipal, se expide la pre-sente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 30 de abril del 2003, el plazo para la presentación de las Declaraciones Jura-das y el pago de la primera cuota trimestral del impuestopredial de la jurisdicción de Villa El Salvador. Artículo 2º.- Ratificar la gratuidad de la presentación de las Declaraciones Juradas de actualización del im-puesto predial (incorporaciones, rectificaciones u otros),así como establecer la condonación del pago de cual-quier clase de multa, respecto de dichas declaracionesy de transferencias de inmuebles, para aquellos vecinosque cumplan con efectuar las mismas hasta el 30 deabril del 2003, para lo cual deberán cumplir con los si-guientes requisitos: - Presentar el formulario de Declaración Jurada de Actualización de Datos. - Copia de su documento de identificación.- Copia del documento que acredite la propiedad (en los casos que así lo amerite por cambio de nombre otransferencia de propiedad), o en su caso copia del do-cumento público que acredite la posesión o tenencia,según el artículo siguiente. Podrán acogerse también los vecinos que tuvieren expedientes en trámite. Artículo 3º.- PRECISAR que la incorporación como poseedores o tenedores se efectuará de confor-