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PÆg. 242624 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de abril de 2003 ción de la habilitación recepcionada al Casco Urbano del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Desa- rrollo Urbano, División ce Catastro, Planificación y Habi-litación Urbana y a la Oficina de Asesoría Jurídica elcumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CLAUDIO ZÚÑIGA ESPINOZA Alcalde 07132 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Modifican ordenanza que ratificó ta- sas de arbitrios de limpieza pœblica, parques y jardines para el ejercicio 2003 ORDENANZA Nº 0007-2003-MDSL San Luis, 10 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordina- ria de fecha 9 de abril de 2003, aprobó por unanimidadmodificar el monto mínimo de los Arbitrios Municipalespara los contribuyentes que tienen como uso el predio"Estacionamiento" y que cuenten con área mínima, asi-mismo extender un beneficio a los que cancelen todo elaño 2003 sus Arbitrios Municipales, correspondiente alos meses de enero, febrero y marzo de 2003; CONSIDERANDO:Que, el artículo 36º, inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, establece que losConcejos Municipales tienen las atribuciones paradictar, modificar y derogar las ordenanzas de sucompetencia; Que, mediante Ordenanza Nº 0003-2003-MDSL se ratifica las Tasas mensuales de los Arbitrios de LimpiezaPública, Parques y Jardines para el Ejercicio 2003; Que, el artículo segundo de la citada ordenanza es- tablece como monto mínimo global mensual aplicable alos Arbitrios Municipales la suma de S/. 4.34 (CUATRO y34/100 NUEVOS SOLES), con el redondeo pertinente; Que, existen contribuyentes que tienen como uso el predio "Estacionamiento" y que cuenten con un áreamínima, quienes se han visto afectados con el incrementode los montos de los Arbitrios de Limpieza Pública, Par-ques y Jardines como consecuencia de la aplicación dela Ordenanza Nº 0003-2003-MDSL; Que, es política de la actual gestión otorgar facilida- des de pago a los contribuyentes del distrito, consideran-do la actual situación económica por la que atraviesa elpaís; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0001-2003- MDSL, se prorrogó hasta el 15 de abril del año en cursoel pago del 10% de descuento sobre valor insoluto de losArbitrios Municipales de las doce (12) cuotas correspon-dientes al año 2003 y el pago de los Arbitrios MunicipalesLimpieza Pública, Parques y Jardines correspondientea los meses de enero, febrero y marzo de 2003; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 109º y 110º de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades, Ley Nº 23853; y, Con el voto unánime de sus miembros del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y apro-bación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundode la Ordenanza N 003-2003-MDSL: en los términos siguiente: - Ratificar el monto mínimo global mensual aplicable a los arbitrios municipales la suma de S/. 4.34 (Cuatro con34/100 Nuevos Soles), con el redondeo pertinente, es-tablecido en la Ordenanza Nº 122-CDSL. "El monto mí-nimo global mensual aplicable a los Arbitrios Municipalespara el Ejercicio 2003, que comprende a aquellos contri-buyentes que tienen como uso el predio "Estaciona-miento" y que cuenten con un área mínima, abonarán lasuma de S/. 2.00 (DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES)". Artículo Segundo.- OTORGAR el beneficio del 10% de descuento sobre el valor insoluto de los ArbitriosMunicipales, Limpieza Pública, Parques y Jardines a loscontribuyentes que cancelen las doce (12) cuotas delaño 2003, como incentivo al pronto pago; prorrogándo-se hasta el 30 de abril del año en curso, el pago de loscitados arbitrios, correspondientes a los meses de ene-ro, febrero y marzo del 2003, alcanzando este beneficioúnicamente a los contribuyentes que tienen sólo comouso de predio "Estacionamiento" y que cuenten con unárea mínima. Artículo Tercero.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposicionescomplementarias y de ser necesario, amplíe el plazo dela presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Finanzas, en cuan-to le corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 07112 Establecen aplicación del arbitrio de limpieza pœblica a las actividades desa- rrolladas en la vía pœblica (comercio informal) en la jurisdicción del distri-to ORDENANZA Nº 0008-2003-MDSL Lima, 10 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Luis en Sesión Ordina- ria de fecha 9 de abril de 2003, aprobó por unanimidadestablecer la aplicación del Arbitrio de Limpieza Públicaa las Actividades Desarrolladas en la Vía Pública (Co-mercio Informal), en la jurisdicción del distrito de SanLuis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipali- dades, Ley Nº 23853, establece que las municipalidadescomo órganos de gobierno local, tienen autonomía eco-nómica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que, los gobiernos locales mediante ordenanza, pue- den crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbi-trios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro desu jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Ordenanza Nº 012-MSDL de fecha 23 de junio de 1997 se estableció la aplicación del arbitriode limpieza pública a las actividades desarrolladas en lavía pública (comercio informal), en la jurisdicción del dis-trito de San Luis; Que, la Ordenanza Nº 045-MDSL de fecha 7 de octu- bre de 1999, en su artículo primero establece que los