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PÆg. 243002 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de abril de 2003 puesto correspondiente al ejercicio 2003 de la Unidad Ejecutora 007, Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSION-, del Pliego 009 del Ministerio de Eco- nomía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 456,53 Viáticos : US$ 1 300,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestosde aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 07633 EDUCACIÓN Aprueban Normas que regulan el Pro- ceso de Selección de Personal para ocu-par las Encargaturas de Directores enlos Institutos Superiores Tecnológicos Pœblicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0445-2003-ED Lima, 4 de abril de 2003 Vistos, los documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, el artículo 65º de la Ley General del Profesora- do - Ley Nº 24029, establece que el personal docente que labora en el Nivel Superior del sistema educativo se rige por un Reglamento especial que determina su jorna-da de labor, titulación profesional, y remuneraciones y demás obligaciones y derechos; Que, la Sétima Disposición Transitoria del D.S. Nº 039-85-ED, Reglamento Especial para Docentes de Edu- cación Superior, aprobado por Decreto Supremo Nº 039- 85-ED, estableció que el personal directivo y jerárquicode los Institutos y Escuelas Superiores que se encuen- tran desempeñando el cargo en la condición de interino o encargado, se sujetará a las disposiciones específi-cas que expida el Ministerio de Educación; Que, en tal sentido es necesario expedir las normas que permitan seleccionar el personal para ocupar las en-cargaturas de directores en los institutos superiores tec- nológicos públicos, a fin de fortalecer y promover el lide- razgo del personal directivo en la conducción y gestión dedichos centros, revalorando la administración pública, bajo los principios de calidad, eficiencia, equidad y ética; Estando a lo propuesto por la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica, y con la visación del Viceministerio de Gestión Pedagógica y de las Oficinas de Personal, Apoyo a la Administración deEducación y Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modi- ficado por la Ley Nº 26510 y Decretos SupremosNºs. 039-85-ED, 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas que regulan el Pro- ceso de Selección de Personal para ocupar las Encargatu- ras de Directores en los Institutos Superiores Tecnológicos Públicos”, y que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Facultar a la Dirección Nacional de Edu- cación Secundaria y Superior Tecnológica a expedir las disposiciones complementarias que se requieran parala mejor aplicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de EducaciónNORMAS QUE REGULAN LOS REQUISITOS Y EL PROCESO DE LA SELECCIÓN DE PERSONAL PARA LAS ENCARGATURAS DE DIRECTORES EN LOS INSTITUTOS SUPERIORES TECNOLÓGICOS PÚBLICOS I. FINALIDADEstablecer los requisitos y procedimiento para unifi- car los criterios que deben aplicar los órganos interme-dios en los procesos técnicos de selección de personal para las encargaturas de directores y personal jerárqui- co en los institutos superiores tecnológicos públicos. II. BASE LEGAL 2.1 Constitución Política del Perú 2.2 Ley General de Educación Nº 23384 2.3 Reglamento Especial para Docentes de Educa- ción Superior, D. S. Nº 39-85-ED. 2.4 Reglamento General de Institutos y Escuelas Su- periores Públicos y Privados, D.S. Nº 05-94-ED. 2.5 Manual de Clasificación de Cargos Docentes en los Institutos y Escuelas de Educación Superior, R.M. Nº 534-89-ED. III. ALCANCE 3.1 Direcciones Regionales de Educación. 3.2 Direcciones de Educación de Lima y Callao. 3.3 Institutos Superiores Tecnológicos. IV. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 Los órganos encargados de aplicar el proceso de selección de recurso humano para la encargatura de director son las Direcciones Regionales de Educación,la Dirección de Educación de Lima y la Dirección de Educación del Callao. 4.2 El proceso de selección de personal para la encarga- tura de director se aplica en los casos que existan plazas vacantes que no estén cubiertas por concurso público. 4.3 La encargatura no da lugar al ascenso de nivel magisterial, por cuanto la carrera pública del profesora- do está estructurada por niveles y no por cargos. 4.4 No podrán postular a la encargatura, ni integrar las comisiones revisoras y evaluadoras, los sancionados admi- nistrativamente y sentenciados penalmente en los últimos cinco (5) años, los que tienen procesos administrativos entrámite, los que han incurrido en actos de inconducta funcio- nal probados y los comprendidos en informes de comisiones reorganizadoras u otros similares que cuestione su desem-peño. Así como, el personal docente, directivo o administra- tivo que integre el comité revisor y la comisión de evaluación contemplados en el presente reglamento. 4.5 La encargatura tendrá una duración de un año, renovables de acuerdo a la evaluación del desempeño por resultados. V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 5.1 De los requisitos Las encargaturas del cargo de director de los institu- tos superiores tecnológicos públicos, deben de otorgar-se al profesional que acredite los siguientes requisitos: a) Docente con título pedagógico o licenciatura en educación en alguna de las carreras que ofrece el insti- tuto, o en su caso, profesional titulado universitario afín a alguna de las carreras que oferta el instituto. b) Experiencia mínima de 5 años de servicio docente en instituciones de educación superior y un año de gestión en instituciones educativas. En el caso de los profesiona-les sin título pedagógico, además se tomará en cuenta los años de ejercicio de la profesión en el sector productivo. c) Trayectoria profesional y solvencia moral intacha- ble. d) Estudios de post grado, especialización o actuali- zación en gestión educativa, metodología educativa, pla-nificación, entre otros. 5.2 De los comités revisor y de evaluación5.2.1 Una vez publicada la convocatoria, el instituto superior tecnológico en un plazo de 48 horas formará un