Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2003 (22/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2003

debiendo solicitarse dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses de vencido el plazo de vigencia de esta resolucion el respectivo permiso de pesca. Articulo 4º.- Vencido cualquiera de los plazos indicados en el parrafo precedente, la autorizacion caducara de pleno derecho en el caso de no haberse ejecutado o solicitado el permiso de pesca correspondiente, sin que sea necesario para ello el pronunciamiento o la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad la ejecucion de la autorizacion otorgada, excediendo la capacidad de bodega de la embarcacion autorizada a adquirir o con caracteristicas diferentes a las que la sustentaron. Articulo 5º.- Incluir la presente autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ZULLY" de matricula Nº CE-1336-PM en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 07641

son Benzaquen MORDAZA, Director General de Aeronautica Civil, quien presidira la delegacion; MORDAZA MORDAZA Galloso, Director de Navegacion Aerea y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Seguridad Aerea; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios de la Direccion General de Aeronautica Civil a la MORDAZA de Buenos Aires, MORDAZA, durante los dias 22 al 25 de MORDAZA del 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion: - Sr. MORDAZA Benzaquen MORDAZA, Director General de Aeronautica Civil, quien presidira la delegacion. - Sr. MORDAZA MORDAZA Galloso, Director de Navegacion Aerea. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Seguridad Aerea. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo a lo siguiente: Viaticos (Por tres personas) Tarifa de Aeropuerto (Por tres personas) US$ 2,400.00 84.00

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de funcionarios de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 270-2003-MTC/02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Organizacion de Aviacion Civil Internacional OACI, ha invitado a los Directores de Aviacion Civil de la Region SAM, para que participen en la Octava Reunion de Directores de Aviacion Civil de la Region SAM (RAAC/ 8) que se realizara durante los dias 23 al 25 de MORDAZA del 2003, en la MORDAZA de Buenos Aires, Argentina; Que, en la Octava Reunion de Directores de Aviacion Civil de la Region SAM, se trataran temas relacionados con el MORDAZA escenario regional de transporte aereo y la interferencia ilicita a la aviacion civil (AVSEC); la vigilancia de la seguridad operacional y la extension del programa de auditorias de la OACI hacia las areas aerodromos y gestion del MORDAZA aereo (AGA y ATM); la transicion a los sistemas de comunicaciones, navegacion y vigilancia y gestion del MORDAZA aereo (CNS/ATM) y los asuntos institucionales involucrados. Tambien se informara a la Reunion sobre las deficiencias detectadas en los servicios de navegacion aerea; el seguimiento de los asuntos del mecanismo GREPECAS y de la implantacion de las conclusiones adoptadas por las Reuniones anteriores, entre otros temas; Que, es de interes para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones participar en la Octava Reunion de Directores de Aviacion Civil RAAC/8, ya que el Estado peruano, como miembro de la OACI, tiene entre sus obligaciones a traves de la Direccion General de Aeronautica Civil, el desarrollo e implementacion de las normas, reglamentos, procedimientos, instalaciones y servicios necesarios para la regularidad, seguridad y eficiencia de los servicios aereos; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, considerando la importancia y trascendencia de la indicada Reunion, ha propuesto la asistencia de los senores Wil-

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los funcionarios senalados en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 07657

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, MORDAZA y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 282-2003-MTC/02 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacida-

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