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PÆg. 243003 NORMAS LEGALES Lima, martes 22 de abril de 2003 Comité Revisor, integrada por el director, quien la presidi- rá, 1 representante del personal jerárquico, 1 represen- tante de los docentes, 1 representante de los alumnos y 1 representante de los trabajadores administrativos. Cadaestamento elegirá democráticamente a su representante. En caso que el director del instituto postule al cargo, el subdirector lo reemplazará. Si el subdirector postula alcargo, el Comité Revisor elegirá a su presidente, demo- cráticamente. 5.2.2 Son funciones del Comité Revisor: a) Revisar los expedientes de los aspirantes a las encargaturas para ver si cumplen o no con los requisi- tos establecidos en el numeral 5.1 de la presente norma. b) Convocar la Asamblea Institucional con conoci- miento de la Dirección del instituto para la elección de una terna. c) Elaborar las actas e informes pertinentes y elevar- los conjuntamente con los expedientes a la Dirección Regional de Educación, Dirección de Educación de Lima, Dirección de Educación del Callao, según corresponda. 5.2.3 En el término de 48 horas después de hecha la convocatoria, el Órgano Intermedio conformará un Co-mité de Evaluación integrada por: el Director Regional de Educación quien lo presidirá, el Jefe de la Oficina de Gestión Pedagógica, el Jefe de la Oficina de Administra-ción, el Jefe de la Oficina de Gestión institucional y 1 representante del Sindicato de Docentes de Institutos Superiores Tecnológicos a nivel Regional. 5.2.4 Son funciones del Comité de Evaluación: a) Evaluar los expedientes de los aspirantes a las encargaturas. b) Publicar los resultados. c) Elaborar las actas e informes pertinentes y los eleva la Dirección Regional de Educación, Dirección de Educación de Lima, Dirección de Educación del Callao, según corresponda para la emisión de la resolución di-rectoral de encargatura. d) Atender y resolver los reclamos presentados por los evaluados. 5.3. Del proceso de revisión y evaluación para las encargaturas 5.3.1 El proceso de selección de personal para la ecar- gatura de director tendrá dos etapas: una cerrada y otraabierta. La cerrada consiste en recibir solamente expe- dientes de los docentes que laboran en el instituto para darles oportunidad que ocupen el cargo de director, comoun proceso de promoción interna. En esta etapa se reci- birán los expedientes en la mesa de partes de cada IST. La segunda etapa será de carácter abierto, se podrá recibir expedientes del personal que labora en otros ins- titutos superiores tecnológicos públicos. Esta etapa se implementará, en el instituto, sólo si queda desierta laencargatura después de concluida la primera etapa. 5.3.2 La Dirección Regional de Educación, la Direc- ción de Educación de Lima y la Dirección de Educacióndel Callao, mediante resolución directoral, convocará al proceso de evaluación y aprobará la fecha de inicio del mismo, publicándolo en el Diario Oficial El Peruano o elde mayor circulación de la Región. 5.3.3 En la primera etapa, los interesados en el plazo de tres días hábiles impostergables, contados a partirdel día siguiente de la publicación que da inicio al proce- so de evaluación para las encargaturas, presentarán en la mesa de partes del instituto, su currículo documenta-do, el mismo que será derivado al Comité Revisor en el plazo de 48 horas. 5.3.4 La revisión de los expedientes en el instituto, se realizará en un plazo de dos (2) días hábiles imposter- gables, contados a partir del día siguiente del término del plazo de recepción. 5.3.5 Concluida la selección, el Comité Revisor con autorización de la Dirección del instituto, convocará, en un plazo de 72 horas, una asamblea institucional parasometer a su conocimiento los postulantes que alcanza- ron los requisitos establecidos en la presente norma, procediendo a elegir una terna. La Asamblea Institucional estará conformada por el personal docente y administrativo nombrado y contrata- do.En caso que la Asamblea Institucional no logre elegir una propuesta en los plazos establecidos, se autocon- vocará a una segunda asamblea en un plazo no mayor de 48 horas. En caso que la Asamblea Institucional no logre elegir una propuesta en las convocatorias realizadas, todos los expedientes que hayan alcanzado los requisitos pasaránal Órgano Intermedio para la evaluación respectiva. 5.3.6 La Asamblea Institucional procederá a la elec- ción señalada en numeral 5.3.5 respetando los criteriostécnicos establecidos en los puntos 5.4.1, 5.4.2 y 5.4.3 de la presente norma. 5.3.7 En caso que no existan postulantes con los requisitos establecidos en la presente norma y en con- secuencia, no permitan elegir una propuesta, se decla- rará desierta la elección y concluida la primera etapa. 5.3.8 Elegida la propuesta, el Comité Revisor con el Visto Bueno de la Dirección del Instituto, elevará el infor- me correspondiente al Órgano Intermedio con los expe-dientes de los postulantes seleccionados. 5.3.9 El Comité de Evaluación del Órgano Interme- dio, una vez recibido el Informe del Comité Revisor delInstituto con los expedientes seleccionados, en un plazo de tres días hábiles improrrogables evaluará los mis- mos y elevará su informe a la Dirección respectiva pu-blicando los resultados correspondientes. 5.3.10 La Dirección Regional de Educación, la Direc- ción de Educación de Lima, la Dirección de Educacióndel Callao, según sea el caso, dentro de las 72 horas de haber recibido el informe y publicado los resultados por el Comité de Evaluación, deberá emitir la (s) resolución(s) de encargatura respectiva (s). 5.3.11 En caso de quedar desierto el cargo de direc- tor después de concluida la primera etapa, el ÓrganoIntermedio, en el plazo de 24 horas, hará una nueva convocatoria de carácter abierta para la selección de las encargaturas, siguiendo para ello el mismo procesoestablecido para la primera etapa. 5.4. De la evaluación5.4.1 La evaluación para la encargatura del cargo de director se efectuará teniendo en cuenta los factoressiguientes: a) Antecedentes profesionales b) Experiencia profesional 5.4.2 La valoración de los factores señalados en el numeral 5.4.1 están contemplados en la ficha técnica que se publica como anexo. 5.4.3 El resultado de la evaluación se obtiene suman- do los puntajes parciales de los factores contemplados en la ficha técnica, éstos se dividen entre dos. El puntaje mínimo aprobatorio es de 75 puntos. El que obtenga elmayor puntaje será quien gane la encargatura. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS6.1 La Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior tecnológica, resolverá los casos específicosno contemplados en la presente norma. 6.2 Al concluir el proceso, las Direcciones Regiona- les de Educación y las Direcciones de Educación co-rrespondientes, remitirán a la Dirección Nacional de Edu- cación Secundaria y Superior Tecnológica y a la Oficina de Personal del Ministerio de Educación un informe deta-llado no documentado sobre el proceso de encargatura que se llevó a cabo. 6.3 En tanto no se formalicen las encargaturas de director de los Institutos Superiores Tecnológicos a tra- vés de los Órganos Intermedios correspondientes, me- diante los dispositivos respectivos, el personal encarga-do continuará ejerciendo dichas funciones. 6.4 Los Órganos Intermedios no podrán remover de la encargatura a los directores que hayan sido designadosmediante el proceso regulado en el presente reglamento, salvo por falta cometida en el ejercicio de la función, pre- vio proceso administrativo o proceso penal respectivo. 6.5 Los reclamos derivados de los resultados de la evaluación podrán ser presentadas por los interesados ante el Comité Evaluador dentro de las 72 horas siguien-tes a la publicación de los resultados y absueltas por ésta en plazo de 72 horas por la Comisión de Evalua- ción.