Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2003 (22/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 22 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
ARTICULO VII

Pag. 243001

Reconociendo que el enfrentamiento a este problema debe realizarse por medio de actividades concertadas y armonicas; Interesados en fomentar la colaboracion mutua en este sentido; Acuerdan lo siguiente: ARTICULO I 1. Las Partes Contratantes se comprometen a realizar esfuerzos conjuntos para refrenar el trafico de aeronaves supuestamente involucradas en actividades ilicitas transnacionales, adentrandose o desarrollandose en los respectivos espacios aereos nacionales. Las Partes intercambiaran las informaciones relevantes para alcanzar el objetivo MORDAZA mencionado, apuntando a aumentar la eficacia y a ampliar el ambito de cooperacion bilateral. Esta cooperacion, que sera regida por el presente Acuerdo, podra comprender las siguientes actividades por parte de ambos gobiernos signatarios: a.- intercambio de informaciones de caracter estrategico-operacional; b.- capacitacion tecnica u operacional especializada; c.- abastecimiento de equipos o recursos humanos para ser empleados en programas especificos del area mencionada; y, d.- asistencia tecnica mutua. 2. Los recursos materiales, financieros y humanos, necesarios para la ejecucion de programas especificos en virtud del presente Acuerdo seran cuando sea pertinente y en cada caso definidos por las Partes mediante ajustes complementarios. ARTICULO II 1. De acuerdo con las respectivas legislaciones internas, las Partes tomaran las medidas convenientes para: a.- controlar el trafico de aeronaves que se desarrolle en los respectivos espacios aereos nacionales; y b.- intensificar el intercambio de informaciones y experiencias relacionadas con la vigilancia del espacio aereo respectivo. 2. Las Partes intercambiaran las informaciones relevantes para alcanzar los objetivos MORDAZA mencionados, apuntando a aumentar la eficacia de la cooperacion bilateral. ARTICULO III 1. Las Fuerzas Aereas de las Partes estableceran programas de trabajo que abarquen periodos de dos anos, con miras a implementar el presente Acuerdo. 2. Los impuestos sobre las importaciones o tasas a los que puedan estar sujetos los materiales y equipos proporcionados en el MORDAZA del presente acuerdo y como resultado de su ejecucion, seran de exclusiva responsabilidad del gobierno receptor, que tomara las medidas apropiadas para su liberacion. ARTICULO IV El Gobierno del Brasil designa, como coordinador de su participacion en la ejecucion del presente Acuerdo, al Estado Mayor de Aeronautica, y el Gobierno del Peru designa como coordinador de su participacion a la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru. ARTICULO V Con miras a alcanzar los objetivos del presente Acuerdo y a solicitud de una de las Partes, los representantes de las Partes se reuniran periodicamente para: a.- evaluar la eficacia de los programas de accion; b.- examinar cualquier MORDAZA relativo a la ejecucion del presente Acuerdo; y c.- presentar a sus respectivos gobiernos las recomendaciones que consideren pertinentes para la mejor ejecucion del presente Acuerdo. ARTICULO VI Todas las actividades que emanen del presente Acuerdo se desarrollaran de conformidad con las leyes y reglamentos en MORDAZA en cada una de las Partes.

1. Cada una de las Partes notificara a la otra en cuanto al cumplimiento de las formalidades requeridas por la respectiva legislacion interna para que el Acuerdo entre en vigor. El presente Acuerdo entrara en MORDAZA en la fecha de recepcion de la MORDAZA notificacion. 2. El presente Acuerdo permanecera en MORDAZA por un plazo ilimitado, a menos que una de las Partes lo denuncie, por via diplomatica. La denuncia sera efectiva 90 (noventa) dias despues de la fecha de la respectiva notificacion. La denuncia del presente Acuerdo no afectara la validez de cualquiera de los programas establecidos MORDAZA de la denuncia, los cuales continuaran siendo ejecutados hasta su termino. Hecho en MORDAZA, el 6 de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en dos ejemplares originales, en los idiomas portugues y espanol, siendo ambos textos igualmente autenticos. (Firma) Por el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil (Firma) Por el Gobierno de la Republica del Peru 07683

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSION a Belgica para participar en la Reunion de Coordinacion "Peru Socio Estrategico de Europa"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2003-EF/10 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 Visto el Oficio Nº 160/2003/DE-SG/PROINVERSION, de 11 de MORDAZA de 2003. CONSIDERANDO: Que, del 28 al 30 de MORDAZA de 2003, se desarrollara la I Reunion de Coordinacion "Peru Socio Estrategico de Europa", a realizarse en la MORDAZA de Bruselas, Belgica; Que, el objeto del mencionado evento es promover el turismo, las exportaciones y la inversion, para lo cual las entidades de cada sector realizaran exposiciones para definir los planes y las metas para el presente ano; Que, dicho evento constituye importancia para el Peru, debido a que es necesario fomentar el intercambio comercial y las inversiones extranjeras, entre Peru y Europa; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el citado viaje cuyo gasto sera con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 007, Agencia de Promocion de la Inversion, del Pliego 009 del Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2003; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, el literal a) del articulo 18º de la Ley Nº 27879 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Pasco - Font MORDAZA, Asesor Tecnico Principal de la Direccion Ejecutiva de PROINVERSION y Presidente del Comite de PROINVERSION en infraestructura y Servicios Publicos en calidad de Representante de la Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION, a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, del 28 al 30 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal seran con cargo al Presu-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.