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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (23/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

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PÆg. 243034 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 1558-2002-CTAR-M/ DIREPE-ILO de fecha 2 de septiembre del 2002, la Di-rección Regional de Pesquería-Ilo, alcanza a la Direc-ción Nacional de Acuicultura del Ministerio de la Produc-ción el proyecto de CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, EL INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ (IMARPE) Y LAASOCIACIÓN DE PESCADORES PIONEROS DEL SUR- ILO (APAPSI), requerimiento que posteriormente secanaliza a la ex Oficina General de Planificación y Pre-supuesto mediante Oficio Nº 1848-2002-PRODUCE/DNA del 25 de septiembre del 2002, para su evaluación; Que mediante Oficio Nº 046-2002-PRODUCE/OGDPE, del 23 de octubre del 2002, la Oficina General de Desarrolloy Planeamiento Estratégico, hace de conocimiento a la Di-rección Nacional de Acuicultura la necesidad de incorporaralgunos aspectos de carácter técnico al aludido proyecto, y que luego de las coordinaciones respectivas, esta última dependencia mediante Oficio Nº 2322-2002-PRODUCE/DNAdel 25 de noviembre del 2002, presenta el proyecto reformu-lado a efecto de su revisión final, por la Oficina General deDesarrollo y Planeamiento Estratégico, precisándose al mis-mo tiempo la validez de la opinión técnica respectiva del IMARPE a través del Oficio Nº 050-02-DLCI /IMARPE del 13 de noviembre de 2002; Que el objeto del aludido Convenio permitirá llevar a cabo el Programa del Plan Piloto en un Área para Inves-tigación y Manejo de Recursos Bentónicos en el litoralde la provincia de Ilo, orientado al desarrollo de la activi- dad acuícola en el litoral del sur peruano, hecho concor- dante con la política pesquera vigente amparado con loestablecido en la Ley Nº 27460, Ley de Promoción yDesarrollo de la Acuicultura, por lo cual se hace necesa-rio formalizar la suscripción del Convenio mencionadoen el primer considerando de la presente resolución; De conformidad con la Ley Nº 27879 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para el año Fiscal 2003, LeyNº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicul-tura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº030-2001-PE y la Ley Nº 27789 - Ley de creación delMinisterio de la Producción; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría y con la visación de la Oficina de General de Desarro-llo y Planeamiento Estratégico y de la Oficina General deAsesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperación entre el Ministerio de la Producción, el Instituto del Mar del Perú(IMARPE) y la Asociación de Pescadores Pioneros del Sur-Ilo (APAPSI), para la ejecución del Programa del Plan Piloto en un Área para Investigación y Manejo de Recursos Bentó- nicos en el Litoral de la provincia de Ilo, el cual forma parte dela presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería para que en representación del Ministerio de la Produc-ción suscriba el Convenio para la ejecución del progra- ma que se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Acuicultura, la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico yla Dirección Regional de Pesquería - Ilo, quedan facultadas aadoptar las acciones dentro de su competencia, para ase-gurar el cumplimiento del objetivo del presente Convenio. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 07620 Sancionan con multa a armador de em- barcación pesquera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 138-2003-PRODUCE Lima, 16 de abril del 2003CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 045-95-PE/ DNE, del 21 de marzo de 1995, se resolvió declarar improcedente, entre otras, la solicitud de permiso depesca presentada por la COOPERATIVA PESQUERAUNIDOS NORTE, CENTRO Y SUR LIMITADA para ope-rar la embarcación pesquera "CORAL 2" con matrículaNº PS-8438 por encontrarse en estado inoperativo; Que mediante escrito con registro Nº 09041 de fecha 14 de julio de 1997, la empresa Servicios y Manteni-mientos Navales S.A. solicitó permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera "CORAL 2" con matrí-cula Nº CO-15711-CM en la extracción de recursoshidrobiológicos con el destino al consumo humano di- recto, solicitando que la autoridad pesquera considere a la presente solicitud como una alternativa a la consig-nada en el escrito de registro Nº 002075-94, mediante elcual se solicitó permiso de pesca para la misma embar-cación en la extracción de recursos hidrobiológicos conel destino al consumo humano indirecto; Que por Resolución Directoral Nº 263-97-PE/DNE, del 24 de diciembre de 1997, se resolvió otorgar permisode pesca a plazo determinado a la empresa Servicios yMantenimientos Navales S.A. para operar la embarca-ción pesquera "CORAL 2" con matrícula Nº CO-15711-CM en la extracción de los recursos hidrobiológicos jurel y caballa para el consumo humano directo. Que mediante escrito con registro Nº CE 00523002 del 14 de diciembre de 2000 el señor ESTEBAN PALMALLENQUE solicita cambio de titular del permiso de pes-ca otorgado mediante la Resolución Directoral señaladaen el considerando precedente, así como la modifica- ción de la citada resolución por el cambio de nombre de la embarcación y cambio de puerto de matrícula; Que por Resolución Directoral Nº 058-2001-PE/DNE del 26 de febrero de 2001 se resolvió modificar el permi-so de pesca para operar la embarcación pesquera "CO-RAL 2" con matrícula Nº CO-15711-CM otorgado por Resolución Directoral Nº 263-97-PE/DNE, entendiéndo- se como denominación de la embarcación "PALBER 2" ysu matrícula Nº CE-15711-PM, así como aprobar el cam-bio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolu-ción Directoral Nº 263-97-PE/DNE a favor de los arma-dores ESTEBAN PALMA LLENQUE y su cónyuge ELVI- RA BERNAL URCIA; Que mediante escrito con registro Nº 05984003 del 12 de junio de 2001, el señor ESTEBAN PALMA LLEN-QUE vía derecho de petición solicita que la administra-ción se pronuncie sobre el extremo de su solicitud depermiso de pesca referida a los recursos anchoveta y sardina signada con los registros Nº 09041 y 002075- 94, solicitud reiterada mediante escritos de fechas 16 denoviembre y 18 de diciembre de 2001; Que por Resolución Directoral Nº 379-2001-PE/DNE- PP del 28 de diciembre de 2001, se resolvió declararimprocedente la solicitud vía derecho de petición seña- lada en el considerando precedente debido a que ambas solicitudes habían sido atendidas mediante las Resolu-ciones Directorales Nº 045-95-PE/DNE y 263-97-PE/DNE respectivamente; Que mediante escrito con registro Nº 05984003 del 5 de febrero de 2002, el señor ESTEBAN PALMA LLEN- QUE interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 379-2001-PE/DNEPP, argu-mentando que la Resolución Directoral Nº 263-97-PE/DNE no se ha pronunciado sobre el extremo de su soli-citud de permiso de pesca referido a la extracción derecursos hidrobiológicos para el consumo humano indi- recto; Que por Resolución Directoral Nº 160-2002-PE/DNE- PP del 10 de mayo de 2002, se resolvió declarar infun-dado el recurso de reconsideración, debido a que esteno se sustentaba en prueba nueva tal como lo exige elartículo 208º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que mediante escrito con registros Nº 05984001 de fecha 22 de mayo de 2002 y escritos con registro Nº05984003 de fechas 11 de junio y 24 de julio de 2002, elseñor ESTEBAN PALMA LLENQUE interpone recurso