Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2003 (23/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003
Licencia retenida AE-0171867/A-II AE-0025525/A-II AE-0180060/A-II EA-0026036/A-II AA-0130065/A-II AE-0239601/A-II AC-0216174/A-II AA-0317184/A-II Categoria Fecha Real de Real Revalidacion A-I A-I A-I A-I A-I A-I A-I A-I 13.08.08 31.03.07 28.06.09 31.10.09 31.01.07 15.11.10 26.07.10 26.02.11

NORMAS LEGALES
A nombre de

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MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA JAGUANDE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA LINGAN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BENDICES MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Que, los hechos descritos constituirian delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47° de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes N°s. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra los senores: MASCO MORDAZA, Frankling, MORDAZA TIPACTI, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Freddy MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, PITOT TINTA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, JAGUANDE MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LINGAN, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y BENDICES MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 07709

mente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 494-2003-MTC/12.04 senalando que el Inspector MORDAZA MORDAZA Chung Bartra, realizara chequeos en simulador de vuelo del equipo Dash 8 al personal aeronautico propuesto por la empresa AeroTurismo y Publicidad S.A.C., en la MORDAZA de Toronto, Republica de Canada, durante los dias 23 al 26 de MORDAZA de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 494-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Chung Bartra, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Toronto, Republica de Canada, durante los dias 23 al 26 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 07707

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Canada para realizar chequeos en simulador de vuelo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2003-MTC/02 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debida-

Dan por concluida designacion de Director de la Oficina de Apoyo Tecnologico de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2003-MTC/01 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 509-2002MTC/15.01, del 3 de setiembre de 2002, se designo al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director de la Oficina de Apoyo Tecnologico de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se ha considerado conveniente dar por concluida la designacion efectuada en el cargo indicado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27594, Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC;

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