Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2003 (23/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Aprueban cambio de titular de permiso de pesca y otorgan autorizacion de incremento de flota a empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 093-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2003 Vistos los escritos con registro Nº CE-00678002 de fechas 6 y 29 de noviembre de 2001, Nº 21268002 de fecha 7 de diciembre de 2001, Nº 05522001 de fecha 15 de MORDAZA de 2002, Nº CE-00678002 de fechas 20 de setiembre de 2002 y 22 de noviembre de 2002 y Nº CE01977003 de fechas 20 de noviembre de 2002 y 19 de marzo de 2003, presentados por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C., el escrito con registro Nº CE-00506002 de fecha 24 de setiembre de 2002 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA CHULLA y el Oficio Nº 4722002-TJEC-CSJS-PJ-MRJ de fecha 16 de MORDAZA de 2002 expedido por el TERCER JUZGADO CIVIL DEL MORDAZA, con registro Nº 00131003 de fecha 22 de MORDAZA de 2002. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 612-95-PE de fecha 31 de octubre de 1995 se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada "MARANON 10" con matricula CE-4024-PM, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a traves del escrito del visto de fecha 6 de noviembre de 2001, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. solicita cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MARANON 10" alegando haber obtenido su propiedad mediante adjudicacion ordenada por el MORDAZA Juzgado Civil del MORDAZA en el MORDAZA sobre ejecucion de garantias seguido por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. contra PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. (Expediente Nº 2000-586); Que mediante escrito del visto de fecha 29 de noviembre de 2001, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. solicita la modificacion de la resolucion autoritativa que otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MARANON 10", en el extremo referido al nombre de la embarcacion, cambiandolo por el de "SAN MORDAZA VIII"; Que de los documentos que obran en el expediente se constata que la embarcacion pesquera "MARANON 10" fue adjudicada en propiedad a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. como producto de un remate judicial, el mismo que fue ordenado por el MORDAZA Juzgado Civil del MORDAZA mediante resolucion Nº 18 de fecha 27 de octubre de 2000 en el MORDAZA sobre ejecucion de garantias seguido por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. contra PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. (Expediente Nº 2000-586); Que asimismo se verifica que la mencionada resolucion Nº 18 de fecha 27 de octubre de 2000, nunca fue impugnada, por lo que tiene la calidad de cosa juzgada y que el referido MORDAZA de ejecucion de garantias se encuentra en la etapa de ejecucion de sentencia, por lo que queda acreditado que la propietaria de la embarcacion pesquera "MARANON 10" es PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C.; Que mediante escrito del visto de fecha 20 de noviembre de 2002 y al MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 3º y 4º de la Resolucion Ministerial Nº 080-2002-PRODUCE, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. solicita incremento de flota de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA

VIII" (ex "MARANON 10"), de matricula Nº CE-4024PM, incrementando su capacidad de bodega en 50.83 m3, de 193.94 m3 a 244.77 m3, por sustitucion parcial de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total "MI MORDAZA 1", con 214.93 m3 de capacidad de bodega, cuyo derecho de sustitucion ha sido objeto del contrato de asociacion en participacion celebrado entre su propietaria LANGOSTINERA CALETA DORADA S.A.C. y PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. con fecha 20 de agosto de 2002; asimismo, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. solicita permiso de pesca respecto a la diferencia de 50.83 m3 de capacidad de bodega y que se reserve a su nombre el saldo de capacidad de bodega de la embarcacion "MI MORDAZA 1", equivalente a 164.10 m3; Que por Resolucion Directoral Nº 083-2002-PRODUCE/DNEPP de fecha 23 de octubre de 2002, se publico la relacion de embarcaciones pesqueras con permisos de pesca suspendidos, consignandose en la misma a la embarcacion pesquera "MI MORDAZA 1", suspension que ha sido levantada al haber cumplido su propietaria con efectuar el pago por derechos de pesca del ejercicio 2001 y presentar la declaracion jurada correspondiente a la primera cuota del ejercicio 2002 (enero-agosto), tal como se acredita con la comunicacion efectuada por esta Direccion Nacional a la autoridad maritima mediante Oficio Nº 1563-2003-PRODUCE/DNEPP-Chi de fecha 11 de marzo de 2003; Que de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada, se ha determinado que PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en los procedimientos Nº 6 y Nº 20-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, aplicable al presente caso por el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado asi como el cambio de nombre de la embarcacion pesquera "MARANON 10" por el de "SAN MORDAZA VIII"; Que asimismo, se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002PE, respecto a la solicitud de autorizacion de incremento de flota por sustitucion parcial de la embarcacion siniestrada con perdida total "MI MORDAZA 1", sin embargo, deviene en improcedente dicha solicitud en el extremo referido a los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano indirecto, al no tener "MI MORDAZA 1" ni "SAN MORDAZA VIII" (ex "MARANON 10") acceso a dichas pesquerias; Que a traves del escrito del visto de fecha 24 de setiembre de 2002, el senor MORDAZA MORDAZA CHULLA solicita suspender el tramite administrativo iniciado por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C mientras que no MORDAZA pronunciamiento definitivo en el Poder Judicial sobre el permiso de pesca y tambien suspender el propio permiso de pesca, presentando como prueba de su pretension una MORDAZA de la demanda de MORDAZA interpuesta con fecha 3 de setiembre de 2002 por PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda contra los magistrados de la Corte Superior del MORDAZA y contra PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C.; Que de su contenido se desprende que la demanda de Accion de MORDAZA interpuesta por la empresa MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda no cuestiona la validez de la resolucion Nº 18 de fecha 27 de octubre de 2000, sino que se encuentra dirigida contra los magistrados de la Corte Superior del MORDAZA que se pronunciaron respecto a un pedido de aclaracion efectuado por la empresa MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda., referido a la inclusion o no del permiso de pesca en la transferencia de propiedad de la embarcacion pesquera "MARANON 10"; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nº 022-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 30 de enero de 2003 y Nº 127-2003-PRODUCE/Dchi de fecha 10

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