Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2003 (23/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Transfer de Belgica, a favor de Medicos Sin Fronteras - Belgica, consistente en 4 MORDAZA conteniendo medicamentos con un valor aproximado de · 1 289,00 (Mil Doscientos Ochenta y Nueve y 00/100 Euros) segun Certificado de Donacion de fecha 20 de enero de 2003 y un peso aproximado de 17 Kgs., segun Guia Aerea Nº 0742371 5344 de KLM Royal MORDAZA Airlines. Dicha donacion sera destinada al Proyecto "Control de las enfermedades de transmision sexual y VIH/SIDA en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho" y al Proyecto "Control de las enfermedades de transmision sexual y VIH/SIDA a traves de los servicios de salud al sur de MORDAZA Metropolitana". Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 07767

EDUCACION
Autorizan conversion de instituto superior tecnologico en Instituto Superior Pedagogico Publico "Alianza Ichuna Belgica"
DECRETO SUPREMO Nº 015-2003-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 445-2000ED se autorizo el funcionamiento del Instituto Superior Tecnologico Publico "Alianza Ichuna Belgica", ubicado en la MORDAZA San MORDAZA s/n, distrito Ichuna, provincia General MORDAZA Cerro, departamento Moquegua; Que, la Direccion Regional de Educacion MORDAZA ha solicitado la conversion del Instituto Superior Tecnologico Publico "Alianza Ichuna Belgica" en Instituto Superior Pedagogico Publico del mismo nombre, en merito al proyecto presentado por los directivos, profesores y alumnos de dicho Instituto; Que, el departamento de MORDAZA cuenta con un Instituto Superior Pedagogico Publico ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, y un Instituto Superior Pedagogico Privado ubicado en el distrito y provincia de Ilo, siendo sus ubicaciones y ambitos de accion distintos al Instituto Superior Pedagogico Publico "Alianza Ichuna Belgica", el cual por su ubicacion permite la atencion de los cen-

tros poblados de la MORDAZA Alto Tambo, que comprende distritos de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA, donde existe demanda de profesores en las especialidades solicitadas; Que, las carreras profesionales que ofrecera el Instituto Superior Pedagogico Publico "Alianza Ichuna Belgica" estan relacionadas en las areas tecnicas por las actividades principales de los lugares aledanos como son la agricultura y la ganaderia, asimismo, el proyecto sustenta la necesidad de fortalecer la educacion bilingue intercultural como es la lengua materna quechua - MORDAZA de la region, y el desarrollo de los conocimientos de la informatica y otros idiomas, para lo cual se cuenta con la implementacion tecnica y la cooperacion internacional de Belgica en la formacion de profesores para las mencionadas especialidades; Que, la Direccion Regional de Educacion MORDAZA ha concluido que dicho proyecto reune las condiciones de infraestructura, equipamiento y mobiliario; cuenta con presupuesto, y cumple con los requisitos en los aspectos de gestion institucional y pedagogica, considerandolo viable y sostenible; ademas de reconocer la cooperacion del MORDAZA de Belgica; Que, la documentacion presentada por la Direccion Regional de Educacion MORDAZA y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, justifican la conversion del Instituto Superior Tecnologico Publico "Alianza Ichuna Belgica" en Instituto Superior Pedagogico Publico del mismo nombre, para ofrecer carreras profesionales de formacion docente en Educacion Secundaria Tecnica, Especialidad: Computacion e Informatica, y Especialidad: Agropecuaria; Educacion Primaria - EBI, e Idiomas, Especialidad: Ingles - Frances; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente mediante Informe Nº 083-2003-UFOD/DINFOCAD y por la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica mediante Informe Nº 122-2003-DINESST-UFP; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27444, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 023-2001-ED; y la Resolucion Ministerial Nº 12-96-ED; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase la conversion del Instituto Superior Tecnologico Publico "ALIANZA ICHUNA BELGICA", ubicado en la MORDAZA San MORDAZA s/n, distrito Ichuna, provincia General MORDAZA Cerro, departamento MORDAZA en Instituto Superior Pedagogico Publico "ALIANZA ICHUNA BELGICA". Articulo 2º.- Autorizase al Instituto Superior Pedagogico Publico "ALIANZA ICHUNA BELGICA" a ofrecer formacion en las Carreras Profesionales Pedagogicas conducentes a otorgar los titulos de Profesor de Educacion Secundaria Tecnica, Especialidad: Agropecuaria; de Profesor de Educacion Secundaria Tecnica, Especialidad: Computacion e Informatica; de Profesor de Educacion Primaria - EBI; y de Profesor de Idiomas, Especialidad: Ingles Frances; con una duracion de diez ciclos academicos desarrollados en cinco anos calendario, en el turno diurno, con una meta anual de 40 alumnos cada una de ellas. Articulo 3º.- Dispongase la continuacion de los estudios de los alumnos ingresantes hasta el ano 2002 en las Carreras Profesionales Tecnicas debidamente autorizadas hasta su culminacion y titulacion, debiendose suprimir la admision a dichas carreras a partir del presente ano. Articulo 4º.- Encargase a la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente y a la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica del Ministerio de Educacion, segun corresponda, resolver los aspectos no contemplados en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Dispongase que la Direccion Regional de Educacion MORDAZA verifique el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo.

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