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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (23/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 243030 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de abril de 2003 ECONOMÍA Y FINANZAS Aceptan donaciones destinadas al Pro- grama Operación Visión y a proyectos de control de enfermedades de transmi- sión sexual y VIH/SIDA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 104-2003-EF Lima, 22 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, Operation Eyesight Universal de Calgary, Al- berta, Canadá, ha efectuado una donación a favor del Rotary Club El Rímac consistente en monturas de ante-ojos y lunas, usados para ser destinados al Programa Operación Visión; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con elImpuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regulariza- ción, en nombre del Gobierno Peruano, la donación efec- tuada por Operation Eyesight Universal de Calgary, Al-berta, Canadá, a favor del Rotary Club El Rímac consis- tente en 44 cajas conteniendo monturas de anteojos y lunas, usados, con un valor aproximado de CAN $ 500,00(Quinientos y 00/100 Dólares Canadienses), según Cer- tificado de Donación de fecha 3 de diciembre de 2002 y un peso aproximado de 718 kgs., según Conocimientode Embarque Nº VCAO-91432-05 de Gillship Naviga- tion. Dicha donación será destinada al Programa Opera- ción Visión. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impues-to General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y elMinistro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 07766 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2003-EF Lima, 22 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, Transfer de Bélgica ha efectuado una donación a favor de Médicos Sin Fronteras - Bélgica, consistente enmedicamentos para ser destinados al Proyecto "Control de las enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA en el Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Ordina-rio de Lurigancho" y al Proyecto "Control de las enfermeda- des de transmisión sexual y VIH/SIDA a través de los servi- cios de salud al sur de Lima Metropolitana"; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto SupremoNº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transfe- rencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor deEntidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU