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PÆg. 243078 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de abril de 2003 por considerar que es la empresa que mayor puntaje obtiene en la evaluación de las propuestas; asimismoseñala que conforme a lo requerido en el inciso M) delnumeral 6.6.1 de las Bases Administrativas referido aacreditar la calidad de la prestación de servicios, relacio-nados al objeto del proceso, su representada cumplió con presentar cinco (5) certificados de calidad de sus principales clientes y todos con el calificativo de "MuyBuena" y conforme a lo solicitado en el formato del AnexoNº 06 en su papel membretado y que por dicho factor decalificación le corresponde obtener el máximo de 20 pun-tos establecido en dichas Bases y no los 88 puntos con que se calificó su propuesta técnica, correspondiéndole así 100 puntos al haber cumplido con todas las exigen-cias de las bases. Y que al haber logrado también 100puntos en la propuesta económica, se le debe otorgar laBuena Pro; Que, asimismo en el escrito de ampliación de su re- curso impugnativo incoado el 8 de abril del 2003, agrega como nuevos argumentos que contravienen los princi-pios de Moralidad, Imparcialidad, Transparencia y TratoJusto e Igualitario establecido en el artículo 3º del D.S.Nº 013-2001-PCM, el hecho que muchas de las facturaspresentadas por el postor ganador son de enero del 2001 cuando las bases especifican que se presentarán dichos documentos de los dos últimos años, por lo queal haber sido vendidas las bases en febrero del 2003 losdos años referidos se consideran como máximo desdeel mes de febrero del 2001, por lo que dichos montos nodeben ser considerados para la evaluación; que la con- cesión postal emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones está dirigida a la razón social: "El RayoServicio de Mensajería S.A." sin embargo las facturasque emite tienen la razón social "El Rayo S.A.C"; que lasconstancias de calidad presentadas por el postor nocuentan con papel membretado del postor como lo esta- blece las bases del concurso. Asimismo muchas de ellas no son firmadas por el representante legal de la empre-sa que emite el certificado sino por el Supervisor Gene-ral, otros no cuentan con firma sino simplemente convisto bueno, o son firmados por el Jefe de la Oficina deRelaciones Públicas y finalmente, que hay de tener en cuenta la evaluación que le dan a las constancias por que algunas cuentan con la calificación de "Buena" y no"Muy Buena"; Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 170º inciso 1) del D.S. Nº 013-2001-PCM con fecha 3 deabril del 2003, se corrió traslado del recurso de apela- ción a la empresa El Rayo Servicio de Mensajería S.A.C. la que absolvió el traslado recién el 8 de abril del 2003,luego de haberse vencido el plazo de ley de 3 días, sinembargo se agrega dicho escrito a los actuados; Que, mediante Informe Nº 598-2003-OAJ-MSS de fecha 11 de abril del 2003, la Oficina de Asesoría Jurídi- ca señala que si bien se aprecia que la empresa apelan- te presento cinco (5) certificados de calidad con el califica-tivo de "Muy Buena" extendido por sus principales clien-tes en sus propias hojas membretadas conforme al for-mato del Anexo Nº 06 de las Bases Administrativas, noes menos cierto que el Comité Especial no merituó lo dispuesto en el último párrafo del numeral 3 -Calidad del Servicio- (pág. Nº 09 de las Bases Administrativas) delliteral A del punto 8.1. Criterios de Evaluación que señalaexpresamente que se aceptarán constancias con fechade emisión cuya antigüedad sea no mayor a seis me-ses, y obviando verificar dicha formalidad -como se apre- cia del acta correspondiente- prosiguió con calificar di- chas constancias y que el hecho que en el literal M) de laPág. Nº 05 de las Bases Administrativas no se hayahecho mención a dicha exigencia como tampoco en elformato del Anexo Nº 06 no es óbice para que el ComitéEspecial no haya verificado la fecha de su emisión dado que esta exigencia si fue precisado en las Bases y más aún si los postores declararon bajo juramento conocer ysometerse a las mismas conforme al Anexo Nº 02 quepresentaron en sus propuestas técnicas, lo cual se hayacorroborado con lo dispuesto en el artículo 68º numeral2) inciso a) del D.S. Nº 013-2001-PCM modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM cuando preceptúa que "El Comi- té Especial evaluará y calificará cada propuesta de acuer-do con las Bases ........", por lo que amparado en el literal c del Art. 180º del D.S. Nº 013-2001-PCM aplicado porsu artículo 171º opina por la nulidad del Concurso Públi-co Nº 0007-2003-MSS debiendo retrotraerse el mismohasta la etapa de calificación de las Propuestas Técni-cas y Otorgamiento de Buena Pro que deberá efectuar nuevamente el Comité Especial ciñéndose estrictamen- te a las Bases Administrativas en su integridad; Que, por lo expuesto y estando a lo preceptuado en el artículo 170 numeral 1 del D.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la Nulidad del Concurso Público Nº 0007-2003-MSS debiendo retrotraerse el mis-mo a la etapa de Evaluación de las Propuestas Técnicasy Otorgamiento de Buena Pro debiendo el Comité Espe-cial ceñirse estrictamente a lo dispuesto en las Bases Administrativas en su integridad. Artículo Segundo.- Por lo expuesto en el artículo precedente carece de objeto pronunciarse sobre el con-tenido del Recurso de Apelación interpuesto por Servi-cios Postales S.A. y su escrito ampliatorio. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolu- ción a la empresa Servicios Postales S.A., a la empresa El Rayo Servicios de Mensajería S.A.C. y al Presidentedel Comité Especial del Concurso Público Nº 0007-2003-MSS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 07679 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban segunda modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de la Municipalidad Provincialdel Callao correspondiente al aæo 2003 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000297 Callao, 22 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memo Nº 652-2003-MPC-OGA de la Ofici- na General de Administración de fecha 21 de abril de2003; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000017 de fecha 10/1/2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones de la Municipalidad Provincial delCallao, correspondiente al año 2003; Que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 000171 de fecha 18/2/2003, se aprobó la Primera Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del Callao para el año 2003; Que, de conformidad con el artículo 7º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe de proveer los bienes, servicios y obras que se requerirán durante