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PÆg. 243080 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de abril de 2003 - Descuento del 20% sobre el tributo insoluto por el año 1999 - Descuento del 15% sobre el tributo insoluto por el año 2000 - Descuento del 10% sobre el tributo insoluto por el año 2001; b) Modalidad de Pago Fraccionado: Si el contribu- yente se acoge al pago fraccionado por la totalidad de ladeuda establecida por la Municipalidad, obtendrá adicio-nalmente: Por los arbitrios municipales : (Si son fracciona- dos entre el 1 de abril al 30 de abril) - La condonación total del tributo insoluto correspon- diente a los años 1996 y años anteriores; - Descuento del 60% sobre el tributo insoluto por el año 1997 - Descuento del 40% sobre el tributo insoluto por el año 1998 - Descuento del 30% sobre el tributo insoluto por el año 1999 y 2000 - Descuento del 10% sobre el tributo insoluto por el año 2001 Por los arbitrios municipales : (Si son fracciona- dos entre el 1 de mayo al 30 de mayo) - La condonación total del tributo insoluto correspon- diente a los años 1996 y años anteriores; - Descuento del 30% sobre el tributo insoluto por el año 1997 - Descuento del 20% sobre el tributo insoluto por el año 1998 - Descuento del 15% sobre el tributo insoluto por el año 1999 y 2000 - Descuento del 5% sobre el tributo insoluto por el año 2001 Este beneficio adicional sólo será aplicable al contri- buyente que cancele o fraccione el total de su deuda tributaria acumulada, reflejada en la liquidación emitida por la Municipalidad a la fecha de acogimiento a la Am-nistía; los contribuyentes que cancelen o fraccionen par-cialmente la deuda acumulada serán beneficiados con lacondonación del interés moratorio señalada en el artícu-lo primero de la presente Ordenanza y un descuento del 10% sobre el tributo insoluto, sin distinción del ejercicio fiscal a cancelar. Las compensaciones y/o créditos tributarios otorga- dos mediante Resoluciones Directorales emitidas por laDirección de Rentas no podrán ser utilizados para lapresente Amnistía. Artículo Quinto.- Las multas administrativas por in- fracciones detectadas hasta el 31 de diciembre del 2002gozarán de los siguientes beneficios: a) Modalidad de Pago al Contado: Si el pago se realiza al contado, las multas administrativas tendrán un descuento del 80%. b) Modalidad de Pago Fraccionado: Si se realiza acogiéndose al pago fraccionado, las multas administra-tivas tendrán un descuento del 50%. Artículo Sexto.- El importe que resulte como conse- cuencia de la aplicación de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, podrá ser fraccionado por elcontribuyente, de acuerdo a lo establecido según la Re-solución de Alcaldía Nº 110-2003-MDCLR de fecha 4 deabril del 2003, que aprueba el Reglamento de Fracciona-miento para deudas Tributarias y No Tributarias. Artículo Séptimo.- Con el acogimiento del contribu- yente a la Amnistía, se entenderá que hace expresoreconocimiento de su deuda con la Municipalidad por loque no podrá presentar futuras reclamaciones respectode las deudas incluidas en dicho pago. Los contribuyentes que hayan formulado recursos de reclamación, reconsideración o apelación con ante- rioridad a la Amnistía, por los tributos o multas adminis-trativas que son materia del mismo que se encuentren pendientes de resolución, deberán desistirse de ellos enla forma prescrita por ley, haciendo referencia al expe-diente administrativo que dio mérito al procedimiento,siendo este un requisito para acogerse a la presenteOrdenanza. Artículo Octavo.- No se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la Amnistía, las deudas tribu-tarias ni multas administrativas canceladas con anterio-ridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- La presente Amnistía no paraliza los procedimientos de Cobranza Coactiva. Artículo Décimo.- La Dirección de Administración, la Dirección de Rentas y sus Unidades que la integran,la Unidad de Informática y Relaciones Públicas, seránlas responsables de velar por el cumplimiento de la pre-sente Ordenanza. POR TANTO Regístrese, comuníquese y cúmplase.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde 07632 Inician procedimiento disciplinario a servidor de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 106-2003-MDCLR Carmen de la Legua-Reynoso, 28 de marzo del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LALEGUA-REYNOSO VISTO: El Informe Nº 001-2003-CPPA/MDCLR de fecha 20- 3-03 emitido por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distri- tal de Carmen de la Legua-Reynoso, así como la denun- cia escrita formulada por la Dra. Benilda María LinaresGómez, Jefe de Registros Civiles de fechas 7-1-03 y20-1-03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 056-2003- MDCLR emitido por la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios de la MunicipalidadDistrital de Carmen de la Legua-Reynoso, encargada decalificar la presunta responsabilidad administrativa porfalta cometida por parte de los servidores en el desempe- ño de sus funciones; Que, en mérito del Informe Nº 001-2003-CPPAD/ MDCLR emitido por la Comisión Permanente de Proce-sos Administrativos Disciplinarios y en aplicación a lodispuesto por los Arts. 165º y 166º del Reglamento de laLey de Bases de la Carrera Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se ha de- terminado la procedencia de que se instaure ProcesoAdministrativo Disciplinarios al servidor de la Munici-palidad de Carmen de la Legua-Reynoso, Sr. Juan Tre-lles Valdivia en su condición de empleado; Que, el mencionado servidor con su accionar habría incurrido en presunta comisión de falta grave adminis- trativa, disciplinaria, tipificada en el artículo 28º Inc. h),artículo 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276 con-cordante con los artículos 126º, 129º y 150º de su Re-glamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo prescrito en los artículos 163º, 164º, 165º, 166º,167º, 168º y 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Adminis-