Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2003 (23/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

- Descuento del 20% sobre el tributo insoluto por el ano 1999 - Descuento del 15% sobre el tributo insoluto por el ano 2000 - Descuento del 10% sobre el tributo insoluto por el ano 2001; b) Modalidad de Pago Fraccionado: Si el contribuyente se acoge al pago fraccionado por la totalidad de la deuda establecida por la Municipalidad, obtendra adicionalmente: Por los arbitrios municipales: (Si son fraccionados entre el 1 de MORDAZA al 30 de abril) - La condonacion total del tributo insoluto correspondiente a los anos 1996 y anos anteriores; - Descuento del 60% sobre el tributo insoluto por el ano 1997 - Descuento del 40% sobre el tributo insoluto por el ano 1998 - Descuento del 30% sobre el tributo insoluto por el ano 1999 y 2000 - Descuento del 10% sobre el tributo insoluto por el ano 2001 Por los arbitrios municipales: (Si son fraccionados entre el 1 de MORDAZA al 30 de mayo) - La condonacion total del tributo insoluto correspondiente a los anos 1996 y anos anteriores; - Descuento del 30% sobre el tributo insoluto por el ano 1997 - Descuento del 20% sobre el tributo insoluto por el ano 1998 - Descuento del 15% sobre el tributo insoluto por el ano 1999 y 2000 - Descuento del 5% sobre el tributo insoluto por el ano 2001 Este beneficio adicional solo sera aplicable al contribuyente que cancele o fraccione el total de su deuda tributaria acumulada, reflejada en la liquidacion emitida por la Municipalidad a la fecha de acogimiento a la Amnistia; los contribuyentes que cancelen o fraccionen parcialmente la deuda acumulada seran beneficiados con la condonacion del interes moratorio senalada en el articulo primero de la presente Ordenanza y un descuento del 10% sobre el tributo insoluto, sin distincion del ejercicio fiscal a cancelar. Las compensaciones y/o creditos tributarios otorgados mediante Resoluciones Directorales emitidas por la Direccion de Rentas no podran ser utilizados para la presente Amnistia. Articulo Quinto.- Las multas administrativas por infracciones detectadas hasta el 31 de diciembre del 2002 gozaran de los siguientes beneficios: a) Modalidad de Pago al Contado: Si el pago se realiza al contado, las multas administrativas tendran un descuento del 80%. b) Modalidad de Pago Fraccionado: Si se realiza acogiendose al pago fraccionado, las multas administrativas tendran un descuento del 50%. Articulo Sexto.- El importe que resulte como consecuencia de la aplicacion de los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, podra ser fraccionado por el contribuyente, de acuerdo a lo establecido segun la Resolucion de Alcaldia Nº 110-2003-MDCLR de fecha 4 de MORDAZA del 2003, que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento para deudas Tributarias y No Tributarias. Articulo Septimo.- Con el acogimiento del contribuyente a la Amnistia, se entendera que hace expreso reconocimiento de su deuda con la Municipalidad por lo que no podra presentar futuras reclamaciones respecto de las deudas incluidas en dicho pago. Los contribuyentes que hayan formulado recursos de reclamacion, reconsideracion o apelacion con anterioridad a la Amnistia, por los tributos o multas adminis-

trativas que son materia del mismo que se encuentren pendientes de resolucion, deberan desistirse de ellos en la forma prescrita por ley, haciendo referencia al expediente administrativo que dio merito al procedimiento, siendo este un requisito para acogerse a la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- No se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la Amnistia, las deudas tributarias ni multas administrativas canceladas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- La presente Amnistia no paraliza los procedimientos de Cobranza Coactiva. Articulo Decimo.- La Direccion de Administracion, la Direccion de Rentas y sus Unidades que la integran, la Unidad de Informatica y Relaciones Publicas, seran las responsables de velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07632

Inician procedimiento disciplinario a servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 106-2003-MDCLR MORDAZA de la Legua-Reynoso, 28 de marzo del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: El Informe Nº 001-2003-CPPA/MDCLR de fecha 203-03 emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, asi como la denuncia escrita formulada por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Registros Civiles de fechas 7-1-03 y 20-1-03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 056-2003MDCLR emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de la Legua-Reynoso, encargada de calificar la presunta responsabilidad administrativa por falta cometida por parte de los servidores en el desempeno de sus funciones; Que, en merito del Informe Nº 001-2003-CPPAD/ MDCLR emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y en aplicacion a lo dispuesto por los Arts. 165º y 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se ha determinado la procedencia de que se instaure MORDAZA Administrativo Disciplinarios al servidor de la Municipalidad de MORDAZA de la Legua-Reynoso, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de empleado; Que, el mencionado servidor con su accionar habria incurrido en presunta comision de falta grave administrativa, disciplinaria, tipificada en el articulo 28º Inc. h), articulo 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276 concordante con los articulos 126º, 129º y 150º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; Que, estando a lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo prescrito en los articulos 163º, 164º, 165º, 166º, 167º, 168º y 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Adminis-

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