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PÆg. 243066 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 23 de abril de 2003 3.- Encárguese a la Jefatura de la Oficina Administra- tiva de Economía la ejecución de lo dispuesto en lapresente Resolución. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector 07698 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Autorizan contratar servicios personalísimos de expertos para losórganos de línea y alta dirección me- diante proceso de adjudicación de me- nor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 058-CND-P-2003 San Isidro, 21 de abril del 2003 VISTO: El Informe Nº 004-2003-CND-GAF, emitido por el área de Administración y Finanzas, en el cual se sustenta laexoneración de Concurso Público, referido a la contrata- ción de servicios, bajo la modalidad de servicios persona- lísimos; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Descentralización, crea- do por Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentraliza-ción, de conformidad con lo previsto en sus artículos 22ºy 23º es un organismo independiente y descentralizadoadscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, quetiene a su cargo la dirección y conducción del proceso de descentralización; Que, actualmente el Consejo se encuentra en una etapa de implementación, en la medida que se encuen-tra en trámite la aprobación de sus documentos de ges-tión; Que, teniendo en cuenta las funciones encomenda- das, la entidad requiere la contratación de profesionales de amplia experiencia y capacidad con la finalidad deque brinden sus servicios profesionales; Que, según lo previsto por el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratación de Servi- cios Personalísimos se encuentra exonerada del Con-curso Público, procediendo su contratación medianteadjudicación de menor cuantía conforme a lo estableci-do por artículo 20º de dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM modificado porel Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, establece lascondiciones que debe reunir la contratación para poderacceder a la causal de exoneración por Servicios Perso-nalísimos, señalando que ésta se refiere a los contratos de locación de servicios celebrados con personas natura- les o jurídicas cuando para dicha contratación se hayatenido en cuenta como requisito esencial a la personadel locador, ya sea por sus características inherentes,particulares o especiales, o por su determinada calidad,profesión, ciencia, arte u oficio, estableciendo el trámite y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas;Que, el Consejo Nacional de Descentralización, re- quiere de expertos de calidad, experiencia y confiabili-dad para implementar las acciones encargadas a losórganos de línea y de alta dirección, de acuerdo con lasdisposiciones del Reglamento de Organización y Funcio-nes; Que, lo expresado en el Informe-Técnico Legal emi- tido por la Gerencia de Administración y la Oficina deAsesoría Jurídica, sustenta técnica y legalmente la con-tratación de los Servicios Personalísimos requeridos; Que, el Consejo Nacional de Descentralización cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios previs- ta en el Presupuesto Institucional 2003 requeridos paralos fines expuestos; Que, por ello la designación ha recaído en los seño- res: 1) Luis Aurelio Fontenoy Miranda, quien prestarásus servicios en el órgano de administración y finanzas, así como en: 2) Otoniel Velasco Fernández, 3) Jorge Jara Valencia, y 4) Julio Ernesto Gianella Silva, quienesprestarán servicios de asesoría a la alta dirección, indi-cando que cada uno de los mencionados profesionalesreúne los requisitos señalados y poseen amplia experien-cia en asuntos de la administración pública; Que, conforme se aprecia en la hoja de vida, el señor Fontenoy cuenta con 15 años de experiencia en cargosGerenciales y/o Directivos, es Master en Dirección deEmpresas y es Bachiller en Ciencias Administrativas; elseñor Velasco cuenta con una experiencia de 20 añosen la Administración Pública y con 10 años como con- sultor, es Master en Salud Pública, en Administración Pública y en Sociología; el señor Jara cuenta con 20años de experiencia en cargos de dirección, asesor,consultor y jefe de misión para instituciones públicas einternacionales, tiene estudios completos de Maestríaen Economía y Planificación, en Sociología y es Ingenie- ro Comercial, y el señor Gianella cuenta con más de 30 años de experiencia en cargos de dirección, de asesory consultor en diversas instituciones públicas y priva-das, es Master en Planificación Regional y Arquitecto yel señor Vidaurre que cuenta con 14 años de experien-cia en cargos directivos y consultoría en administración y finanzas públicas, es Contador Público Colegiado con especialidad en auditoría tributaria y política fiscal; Que, consecuentemente, los profesionales aludidos se encuentran especialmente calificados para que brin-den los servicios requeridos por este Consejo en cali-dad de Servicios Personalísimos; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios personalísimosse encuentran exonerados de los procesos públicos oadjudicaciones directas, procediendo a su contratación como lo dispone el artículo 20º del indicado cuerpo legal a través de una adjudicación directa de menor cuantía; Que, en ese orden de ideas, los artículos 105º y 116º del Reglamento, establecen los procedimientos y formali-dades a que deben someterse las contrataciones yadquisiciones exoneradas de los procesos de selec- ción, precisándose que una vez aprobada la exonera- ción, la contratación deberá realizarse mediante accio-nes inmediatas; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2002-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º, 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2002-PCM y Resolu-ción Nº 042-2003-CND-P que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Consejo Nacional deDescentralización; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección respectivo, para la contratación, mediante elproceso de Adjudicación de Menor Cuantía de los Servi- cios Personalísimos de expertos de calidad, experiencia y confiabilidad, para los órganos de línea y alta dirección