Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2003 (23/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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actividad descentralizada regional en concordancia con la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; Estando a lo expuesto, con la aprobacion unanime del Pleno del Consejo Regional del MORDAZA en uso de las facultades conferidas por el articulo 21º, inciso h), de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO INTERNO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACION REGIONAL DEL MORDAZA, el mismo que consta de ocho capitulos, cincuentiseis articulos y seis Disposiciones Transitorias y Finales que forman parte anexa de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA, treintiuno de marzo del dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 07666

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias - RESIDET
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 082-C/MC Comas, 12 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS Visto: En Sesion Extraordinaria de fecha 12 de MORDAZA del 2003, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, respecto a los Informes Nº 81-2003-OAT/MC de la Oficina de Administracion Tributaria y Nº 149-2003-AL/MC de la Oficina de Asesoria Legal, donde se eleva propuesta para la aprobacion del Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias (RESIDET) para aquellos contribuyentes que hayan cumplido con pagar sus obligaciones tributarias del Impuesto Predial y arbitrios del 2003, como otros beneficios para los buenos contribuyentes. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 196º Numerales 2 y 3 de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 son bienes y rentas de las Municipalidades, los impuestos creados por Ley a su favor; y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia; Que, tal como lo dispone el Numeral 4, Articulo 10º de la Ley Nº 23853, es competencia de la Municipalidad, crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, conforme a ley; Que, para elevar el nivel de cumplimiento voluntario es preciso aplicar medidas que beneficien a aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias; Por los considerandos expuestos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, el pleno del Concejo por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR el Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias (RESIDET) para aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones tributarias de Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2003, de acuerdo a los cronogramas establecidos mediante los articulos Tercero y Octavo de la Ordenanza Nº 077-C/MC, en los terminos siguientes: a) Los contribuyentes que se acojan al Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias (RESIDET) podran fraccionar los montos insolutos de sus deudas tributarias por Impuesto Predial, Impuesto al Espectaculo Publico No deportivo y Arbitrios de los ejercicios 1996 al 2002, sin intereses de fraccionamientos. b) Las deudas acogidas al Regimen de Sinceramiento de Deudas Tributarias (RESIDET) no generaran intereses moratorios de manera perpetua. c) Tambien podran acogerse aquellos contribuyentes que no habiendo pagado durante los plazos establecidos regularicen sus obligaciones tributarias de Impuesto Predial y arbitrios del 2003, dentro del ejercicio. d) Supletoriamente se aplicara lo establecido en el Reglamento de Fraccionamiento establecido mediante el articulo primero de la Ordenanza Nº 078-C/MC. e) Los Contribuyentes que hayan presentado reclamos y/o impugnaciones respecto a las deudas

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Declaran en situacion de urgencia el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 026-03 Chaclacayo, 15 de MORDAZA del 2003 Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA y con el quorum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 081-2003-ULSA-MDCH de la Unidad de Logistica y SS.AA., Informe Nº 028-03DA/MDCH de la Direccion de Administracion y el Informe Nº 341-03-OAL/MDCH de la Direccion de Asesoria Juridica, informa a la Direccion Municipal da cuenta de la situacion en la que se encuentra el Programa del Vaso de Leche; Que, se hace necesario tomar las medidas a fin de no quedar desabastecidos de insumos para la atencion del Programa del Vaso de Leche durante el tiempo que demore el MORDAZA de Licitacion; Deliberado ampliamente en Sesion y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y por MAYORIA; ACORDO: Articulo Unico.- DECLARAR en situacion de URGENCIA el Programa del Vaso de Leche hasta el 23 de MORDAZA del 2003, en tanto dure el MORDAZA de Licitacion Publica y quede consentida. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07678

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