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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G36/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 7 de diciembre de 2003 Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec-tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en elámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera-les destinados a garantizar la defensa regional y la seguri-dad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope-rativo, en observancia de los estándares internacionalesen la misión constitucional conferida a estos cuerpos deseguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia mi- litar han sido diseñados por la Organización de las Nacio-nes Unidas y la Organización de Estados Americanos, re-viste importancia la interrelación en el ámbito castrense, lamisma que es sugerida por el Consejo de Seguridad He-misférica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructura- ción Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Reso-lución Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del2002, incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí-tica Exterior en relación a la Defensa Nacional” en el quese hace referencia entre otros a la importancia de un siste-ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, hareducido al mínimo indispensable las autorizaciones de via-je del Personal Superior para que presten servicios en lasAgregadurías de Defensa y/o Navales acreditadas en elextranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negocia-ción y gestión que competa a su especialización, debiendocumplir además las instrucciones que les impartan, entrelas que deben destacarse las señaladas en los conside-randos precedentes; Que, por Resolución Ministerial Nº 1559-DE/MGP de fecha 1 de octubre del 2002, se nombró en Misión Diplo-mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,al Capitán de Corbeta Oscar Alonso LUNA Barraza, comoAgregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en losEstados Unidos de América y concurrente en México, a finque preste servicios como Oficial de Enlace del EstadoMayor del Comando Sur de la Marina de los Estados Uni-dos de América, con sede en la Base Naval de RooseveltRoads - Puerto Rico, por el período de UN (1) año, a partirdel 1 de enero del 2003; Que, por Resolución Ministerial Nº 1814-DE/MGP de fecha 13 de diciembre del 2002, se resolvió ascender algrado de Capitán de Fragata de la Marina de Guerra delPerú, con antigüedad al 1 de enero del 2003, al referidoOficial Superior; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Misión Diplomática del referido Oficial Superior, para que conti-núe prestando servicios como Agregado Naval Adjunto ala Embajada del Perú en los Estados Unidos de América yOficial de Enlace del Estado Mayor del Comando Sur de laMarina de los Estados Unidos de América, con sede en laBase Naval de Roosevelt Roads - Puerto Rico, por el pe-ríodo de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en MisiónDiplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,al Capitán de Fragata Oscar Alonso LUNA Barraza, CIP.01880470, para que continúe prestando servicios comoAgregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en losEstados Unidos de América y Oficial de Enlace del EstadoMayor del Comando Sur de la Marina de los Estados Uni-dos de América, con sede en la Base Naval de RooseveltRoads - Puerto Rico, por el período de UN (1) año, a partirdel 1 de enero del 2004.Artículo 2º.- El citado Oficial Superior continuará re- vistando en la Dirección General del Personal de la Marinade Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Di-plomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término de laMisión Diplomática, sin exceder el período total estableci-do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22706 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G2D /G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1721-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003 Visto el Oficio P.500-2187 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 8 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementación de políticas y acuer- dos internacionales, destinados a garantizar la DefensaRegional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec-tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en elámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multilatera-les destinados a garantizar la Defensa Regional y la Segu-ridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuer- zas Armadas profesionalizadas para que desarrollen susactividades en el marco del accionar conjunto e interope-rativo, en observancia de los estándares internacionalesen la misión constitucional conferida a estos cuerpos deseguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia mi- litar han sido diseñados por la Organización de las Nacio-nes Unidas y la Organización de Estados Americanos, re-viste importancia la interrelación en el ámbito castrense, lamisma que es sugerida por el Consejo de Seguridad He-misférica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructura- ción Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Reso-lución Suprema N° 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del2002, incluye un Capítulo relacionado a “Aspectos de Polí-tica Exterior en relación a la Defensa Nacional” en el quese hace referencia entre otros a la importancia de un siste-ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeri-dad y racionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducidoal mínimo indispensable las autorizaciones de viaje del Per-sonal Subalterno para que presten servicios en las Agrega-durías de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores deéste, en toda negociación y gestión que competa a su es-pecialización, debiendo cumplir además las instruccionesque les impartan, entre las que deben destacarse las se-ñaladas en los considerandos precedentes; Que, por Resolución Ministerial Nº 1796-DE/MGP de fecha 29 de noviembre del 2002, se nombró en Misión Di-