Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2003 (07/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2003 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 480-2003-JUS
MORDAZA, 5 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 256705

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 22765

Vista la Hoja de Envio Nº 855-2003-JUS/VM, los Registros Nºs. 0896 y 1396-OGAJ, y los Oficios Nºs. 2497 y 4061-2003-JUS/STC, y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 137-2003-JUS/DNJ-DDOSJP, se informa a la Direccion de Defensoria de Oficio y Servicios Juridicos Populares, las irregularidades encontradas al efectuarse la visita de inspeccion al Centro de Conciliacion de MORDAZA por la Secretaria Tecnica de Conciliacion, dando cuenta que el Informe Nº 0705-2003-JUS/STC senala las presuntas irregularidades cometidas por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor tecnico del Consultorio Juridico Popular de MORDAZA, quien durante la ejecucion de los hechos estuvo asignado al Centro de Conciliacion de dicha MORDAZA como "Conciliador" por expresa indicacion de la citada Secretaria Tecnica; Que, por Oficio Nº 2497-2003-JUS/STC, de fecha 23 de junio de 2003, el Secretario Tecnico de Conciliacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Noya MORDAZA, eleva el Informe Nº 837-2003-JUS/STC, a traves del cual senala que no obstante haber sido derogadas las normas sancionadoras a los conciliadores es necesario se haga efectiva la responsabilidad administrativa-laboral del servidor en referencia, por lo que concluye indicando se ponga en conocimiento de la Oficina de Personal, y se eleve la documentacion pertinente al superior jerarquico con MORDAZA de sus antecedentes, en merito a lo dispuesto por el articulo 133º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por la presunta comision de irregularidades en el ejercicio del cargo; Que, segun analisis de la documentacion que corre en autos, se desprende que el mencionado servidor en el ejercicio de sus funciones, la casi totalidad de las Actas de Conciliacion obrantes en el citado Centro, presentan irregularidades y omision de las formalidades previstas para su validez, que evidencian una absoluta inobservancia de las normas conciliatorias; Que, se ha observado, asimismo, irregularidades en la tramitacion de las solicitudes de conciliacion (solicitudes sin firma del solicitante, sin anexos o con anexos incompletos, sin invitaciones a las partes, sin cargos de recepcion), e inexistencia de un numero significativo de solicitudes. Los hechos advertidos impidieron la verificacion del cumplimiento de los plazos y disposiciones establecidas para el desarrollo del Procedimiento Conciliatorio; Que, se ha podido advertir una conducta irregular, negligente e irresponsable, por parte del citado servidor, no solo en el ejercicio de la funcion conciliadora, sino en el cumplimiento de las directivas impartidas por la Secretaria Tecnica de Conciliacion, en cuanto al funcionamiento de los Centros de Concilacion Gratuitos, pero se configura la presunta comision del acto ilicito penal la aparente autenticidad de la firma del abogado que otorgo la legalidad del Acta de Conciliacion Nº 0181-2000 que corre en el expediente; Que, en ese sentido, con Oficio Nº 4061-2003-JUS/STC, de fecha 24 de octubre de 2003, el Secretario Tecnico de Conciliacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Noya MORDAZA, senala que el citado servidor ha incurrido en el presunto Delito Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documento, previsto en el articulo 427º del Codigo Penal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inter ponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

RELACIONES EXTERIORES
Delegan facultades al Ministro de Justicia para suscribir la "Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupcion" en el MORDAZA de Conferencia Politica de Alto Nivel a realizarse en Mexico
RESOLUCION SUPREMA Nº 295-2003-RE
MORDAZA, 5 de diciembre de 2003 Visto el Memorandum (PMS-ONU) Nº 444/03 de 19 de noviembre de 2003 de la Direccion de Asuntos Politicos y Multilaterales de la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Especiales del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru; Debiendo suscribirse la "Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupcion", en el MORDAZA de la Conferencia Politica de Alto Nivel para la firma de dicha Convencion, a realizarse en la MORDAZA de Merida, Estados Unidos Mexicanos, del 9 al 12 de diciembre de 2003; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1. Delegar en la persona del senor Ministro de Estado en el Despacho de Justicia, Dr. MORDAZA MORDAZA Dodero, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, la "Convencion de las Naciones Unidas contra la Corrupcion", en el MORDAZA de la Conferencia Politica de Alto Nivel para la firma de dicha Convencion, a realizarse en la MORDAZA de Merida, Estados Unidos Mexicanos, del 9 al 12 de diciembre de 2003. 2. Extender los Plenos Poderes correspondientes al senor Ministro de Estado en el Despacho de Justicia, Dr. MORDAZA MORDAZA Dodero. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 22855

Dan por concluido nombramiento de Director Regional de la Oficina Descentralizada del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1066-2003-RE MORDAZA, 5 de diciembre de 2003 Vista la Resolucion Ministerial Nº 0705-RE, de 8 de MORDAZA de 2002, que nombro al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Thornberry Naggy como Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la MORDAZA de Iquitos; Considerando que el citado funcionario ha cumplido el periodo de un ano en el cargo de Director Regional, por lo que se ha dispuesto dar por concluido dicho nombramiento;

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