Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2003 (07/12/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 7 de diciembre de 2003
VISTO:

NORMAS LEGALES

Pag. 256711

El Informe Nº 0013-2003-CNJ-OA, de fecha 24 de noviembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones conteniendo los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. Asimismo, se establece que el citado Plan Anual debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, a traves de la Resolucion Presidencial Nº 010-P/ CNJ-CONAJU-2003 de fecha 23 de MORDAZA del 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ano Fiscal 2003 del Pliego Nº 014: Comision Nacional de la Juventud del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo al articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo. Asimismo, se senala que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion deben ser comunicados a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la aprobacion de las mismas, dando cuenta de lo senalado al CONSUCODE; Que, ante la necesidad de contratar el servicio de consultoria para la elaboracion del estudio:"Espacios y mecanismos de participacion de la juventud en los gobiernos locales", resulta necesario efectuar el MORDAZA de seleccion pertinente, motivo por el cual, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ano Fiscal 2003, deber ser modificado; Que en el referido Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision Nacional de la Juventud para el Ejercicio Fiscal 2003, no se comprendia el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de consultoria para la elaboracion del estudio: Espacios y Mecanismos de Participacion de la Juventud en los Gobiernos Locales, por lo que resulta necesario incluir dicho MORDAZA en el acotado Plan Anual via modificacion que lo apruebe; De conformidad con la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM; asi como lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y sus modificatorias, y Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, asi como lo dispuesto por la Ley Nº 27879 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003", modificatorias y ampliatorias; Estando la visacion de la Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y la Oficina de Asesoria Juridica; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Comision Nacional de la Juventud para el Ano Fiscal 2003, a fin de incluir el MORDAZA de seleccion que se detalla en el anexo adjunto, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Administracion cumpla con publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion, y remita en igual plazo, un ejemplar de la modificacion aprobada por el articulo precedente, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VEGAS MORDAZA Presidenta 22748

CONASEV
Disponen inscripcion de Instrumentos de Corto Plazo de Refineria La Pampilla - Primera Emision en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIAL GENERAL Nº 100-2003-EF/94.11 MORDAZA, 4 de diciembre de 2003 VISTOS: El expediente Nº 2003/25071 presentado por REFINERIA LA PAMPILLA S.A. y el Memorandum Nº 4551-2003EF/94.45 de fecha 3 de diciembre de 2003 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 304º de la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades pueden emitir obligaciones que reconozcan o creen una deuda a favor de sus titulares; Que, mediante acuerdo de Junta Obligatoria Anual de Accionistas de REFINERIA LA PAMPILLA S.A. de fecha 19 de marzo de 2003 MORDAZA por el acuerdo de Junta General de Accionistas de fecha 22 de MORDAZA de 2003, la citada sociedad autorizo el primer programa de bonos corporativos e instrumentos de corto plazo hasta por el importe equivalente de Cien Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en nuevos soles. Asimismo, en Junta de Accionistas del 19 de marzo de 2003, se acordo delegar al Directorio la facultad de establecer los terminos y condiciones del programa de bonos corporativos y/o instrumentos de corto plazo; Que, en merito a las atribuciones otorgadas, el Directorio de REFINERIA LA PAMPILLA S.A. en sesion de fecha 18 de setiembre de 2003, aprobo los terminos y condiciones del referido programa de la sociedad estableciendo como monto MORDAZA del mismo, el importe de Cien Millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles; asimismo, delego en los senores MORDAZA MORDAZA Anguera Gual, MORDAZA MORDAZA Salmeron MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Grandal y MORDAZA Gildemeister MORDAZA Huidobro, las facultades suficientes para que cualesquiera de ellos, a sola firma definan los terminos y condiciones que no hayan sido determinados en el mencionado acuerdo; Que, en virtud de los acuerdos MORDAZA senalados, REFINERIA LA PAMPILLA S.A. solicito a CONASEV la aprobacion del tramite anticipado de inscripcion del primer programa de bonos corporativos e instrumentos de corto Plazo denominado "Primer Programa de Emision de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de Refineria La Pampilla S.A." y el registro del Prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, el mismo que fue aprobado mediante Resolucion Gerencia General Nº 095-2003-EF/94.11; Que, el 28 de noviembre de 2003, REFINERIA LA PAMPILLA S.A. solicita a CONASEV la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los "Instrumentos de Corto Plazo de Refineria La Pampilla S.A. - Primera Emision" en virtud del referido programa asi como el registro del Prospecto Complementario respectivo; Que, REFINERIA LA PAMPILLA S.A. ha cumplido con la informacion requerida en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modificado por Resolucion CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10, asi como las disposiciones aprobadas mediante Resolucion Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11 y sus normas complementarias; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53º y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, asi como a lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 6 de MORDAZA de 1999, de acuerdo a lo cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar tramites anticipados, disponer la inscripcion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.