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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (22/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G39/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de diciembre de 2003 COMUNICADO Nº 007-2003-CONSUCODE/PRE SOBRE LA ACREDITACIÓN DE LA CONDICIÓN DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - y la Comisión de Promo- ción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, luego de una revisión selectiva de diversas Bases Admi-nistrativas de las distintas modalidades de los procesos de selección y de verificar que las Entidades bajo elámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado exigena los postores la presentación de la constancia de encontrarse inscritos en dicha Comisión como micro ypequeñas empresas como condición para la admisión de sus propuestas y/u obtención de alguno de los bene-ficios que establece la normativa sobre contratación pública y demás normas complementarias, manifiestan losiguiente: 1º La constancia que emite PROMPYME tiene carácter informativo y no constitutivo de la condición y/o calidad de micro y pequeña empresa, esto es, no genera ni constituye derecho. En ese sentido, sólocuando se cumplan las características que establece la Ley de Promoción y Formalización de la Micro yPequeña Empresa, aprobada por la Ley Nº 28015, una empresa podrá ser considerada como tal. 2º Concordante con lo antes expuesto, de conformidad con los artículos 60º, 61º, 62º y 64º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las micro y pequeñas empresas deberán presentar la declaración jurada como requisito para laobtención de alguno de los beneficios que establece la mencionada normativa y demás normas comple-mentarias para dichas empresas. 3º Resultan contrarios a las disposiciones sobre contratación pública los casos en los que las Bases de un proceso de selección exijan la presentación de la constancia que emite PROMPYME como requisito parala admisión de una propuesta y/u obtención de alguno de los beneficios que establece dicha normativa ydemás normas complementarias para dichas empresas. 4º Toda vez que, para efectos que las micro y pequeñas empresas accedan a los beneficios que establece la normativa sobre contratación pública y demás normas complementarias, solamente se requiere lapresentación de la declaración jurada a que se refiere el numeral 2º precedente. Corresponderá a lasEntidades, mediante fiscalización posterior, comprobar la veracidad de las declaraciones juradas presen-tadas por las empresas que participan en un proceso de selección, en virtud de lo dispuesto en el artículo32º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, el artículo 3º de la Ley Nº 28015,Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa y el artículo 5º del Reglamento deesta última. 5º El incumplimiento de lo señalado en el numeral 3º precedente constituye un vicio de nulidad del proceso de selección y acarrea la responsabilidad de los funcionarios y/o autoridades integrantes del ComitéEspecial así como del órgano que aprobó las referidas Bases. 6º PROMPYME pondrá en conocimiento del CONSUCODE los casos en los que advierta el incumplimiento de lo señalado en el numeral 3º del presente Comunicado, a fin que éste adopte las medidas correspon-dientes. 7º Constituye obligación de CONSUCODE, como ente encargado de velar por el cumplimiento de la norma- tiva sobre contratación pública, poner en conocimiento de la Contraloría General de la República loscasos en los que se determine la existencia de indicios de su incumplimiento, conforme a lo dispuesto enel inciso f) del artículo 59º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado. Lima, diciembre de 2003. COMISIÓN DE PROMOCIÓN DE LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA