Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2003 (02/01/2003)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, jueves 2 de enero de 2003

Que por Resolucion Ministerial Nº 507-2002-MIMDES de fecha 3 de septiembre de 2002, se constituyo la Comision encargada de elaborar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, el Presupuesto Analitico de Personal - PAP y el Manual de Organizacion y Funciones - MOF, documentos de gestion necesarios para el funcionamiento del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que la mencionada Comision concluyo con su labor elevando al Despacho Ministerial el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social asi como el Manual de Organizacion y Funciones - MOF, siendo aprobado el CAP del Ministerio por Resolucion Suprema Nº 014-2002-MIMDES; Que, el Manual de Organizacion y Funciones - MOF es un documento tecnico operativo donde se describen las funciones generales establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio, en el cual se contemplan las funciones especificas al nivel de cargos y puestos de trabajo, lineas de dependencia y autoridad, asi como lineas de coordinacion de las diferentes Unidades Organicas; Que, asimismo se han desarrollado los perfiles de los puestos y plazas consideradas en el MORDAZA Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), lo cual permitira que el personal de la Institucion conozca su ubicacion dentro de la estructura organica, sus funciones, su dependencia, jerarquia responsabilidad y requisitos minimos que debera tener para el cargo especifico, por lo que resulta necesario aprobar el Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27209, Ley Nº 27573, Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, de acuerdo a lo indicado en el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 003-2000-PROMUDEH/VM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 23336

Articulo 1º.- Ratificase la "Revision E del Proyecto AD/PER/98/D05, Desarrollo Alternativo del Bajo Huallaga, entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalizacion Internacional de Drogas (PNUFID)", suscrita el 28 de MORDAZA de 2002; Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO XV EXTENSION DEL PROYECTO AD/PER/98/D05 - DESARROLLO ALTERNATIVO DEL BAJO HUALLAGA I. ANTECEDENTES La contribucion del Proyecto AD/PER/98/D05 ha sido significativa generando una estructura economica MORDAZA familiar basada, principalmente, en cultivos como cacao, cafe, frutas y MORDAZA aceitera. Se ha logrado establecer una serie de relaciones interinstitucionales que estan permitiendo a las organizaciones campesinas de disponer de creditos de insumos para hacer sostenible la produccion agricola. Por otro lado, se viene suscribiendo convenios especificos con ONG's y organismos del estado afin de buscar una complementacion de acciones: - Investigacion y asesoramiento especializado en temas de sanidad y suelos con el Instituto de Cultivo Tropicales (ICT). - Salud, saneamiento ambiental y nutricion con las Redes de Salud de San Martin. - Apertura de trochas carrozables en el Pongo de Caynarachi - CTAR - San MORDAZA, Municipalidades Distritales (Caynarachi y Barranquita), Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo MORDAZA entre otros. Los creditos otorgados a traves del Fondo Fideicomiso establecido con el Banco de Credito del Peru tiene un costo de 7.36% (interes y comision): - Procesamiento y comercializacion a la Empresa Procesadora Agroindustrial S.A. "PAGSA". - Acopio y comercializacion de cafe de calidad a la Cooperativa Agraria Cafetalera "Oro Verde". - Acopio y comercializacion de cacao a la Cooperativa Agraria Cacaotera "ACOPAGRO". Las organizaciones campesinas han establecido mecanismos (estatutos y acuerdos de asamblea) que les permite lograr su capitalizacion entre los que se tienen: - Aportes de socios (establecido por Estatuto). - Retenciones especificos (mandatos de la Asamblea General de Delegados). - Utilidades propios de la actividad economica. - Servicios que brindan a terceros. Como parte del fortalecimiento de las organizaciones campesinas y comites sectoriales, se ha iniciado el MORDAZA de identificacion de los socios(as), directivos hacia sus organizaciones. Asimismo, los comites vienen asumiendo la responsabilidad en las actividades de acopio y otros que promueven las empresas. A traves de la capacitacion de los MORDAZA gerenciales y directivos se viene generando una capacidad de gestion y empresarial en las empresas beneficiarias del proyecto. En tal sentido, se ha logrado suscribir convenios con otras instituciones con la finalidad de desarrollar actividades en aspectos sociales y productivas en favor de los socios(as).

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la revision E del proyecto AD/ PER/98/D05, Desarrollo Alternativo del Bajo Huallaga, suscrito con el PNUFID
DECRETO SUPREMO Nº 105-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 28 de MORDAZA de 2002, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, la "Revision E del Proyecto AD/PER/98/D05, Desarrollo Alternativo del Bajo Huallaga, entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalizacion Internacional de Drogas (PNUFID)", suscrita el 28 de MORDAZA de 2002; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º, inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso;

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