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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2003 (03/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

PÆg. 236470 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de enero de 2003 da para transporte de carga, motivo por el cual el Comité no consideró válida la infraestructura del segundo piso; Que dicho requisito de contar con un local con espa- cio de almacenamiento y manipuleo de carga no menora 200 m 2, no fue cumplido por el postor impugnante; Que de acuerdo a lo expuesto, procede declararse infundado el recurso de apelación interpuesto por el pos- tor EMPRESA DE TRANSPORTES NACIONALES HUM-BOLT S.A. en todos sus extremos, en consecuencia co-rresponde confirmar la declaratoria de desierto de laAdjudicación Directa Pública Nº 0008-2002-SUNAT; De conformidad con lo establecido en el artículo 14º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro- bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU-NAT y modificado por Resoluciones de SuperintendenciaNºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO en todos sus extremos el recurso de apelación interpuesto por el pos-tor EMPRESA DE TRANSPORTES NACIONALES HUM-BOLT S.A contra la declaratoria de desierto de la Adjudi-cación Directa Selectiva de Servicios Nº 0008-2002- SUNAT por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución; Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA TAKUMA HIRATA Intendente Nacional (e) Intendencia Nacional de Administración 00024 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Prorrogan vigencia de beneficio de con- donación de intereses y moras por deu-das tributarias y administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012/2002-MDCH Chorrillos, 30 de diciembre del 2002EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 039-MCH, de fecha 20 de julio del 2002 se aprobó conceder el beneficio de con- donación de deudas tributarias y administrativas al am-paro de lo dispuesto del Artículo 41º del Código Tributa-rio a todos los contribuyentes del distrito; Que, el Artículo 15º de la referida Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcancesde dicha Ordenanza; Que, en aplicación de ello y mediante Decreto de Al- caldía Nº 011-02-MDCH de fecha treinta de noviembredel dos mil dos se prorrogó el plazo de vigencia de la misma hasta el 31 de diciembre del 2002; Que, estando por vencer el plazo antes señalado y aten- diendo a las diversas solicitudes de los innumerables con-tribuyentes que desean se prorrogue la fecha de pago dedicho beneficio a fin de ponerse al día en sus deudas tribu-tarias y administrativas contraídas con el Municipio; Que, en virtud de lo establecido en el Texto Único del Código Tributario aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF, en ejercicio de las atribuciones conferi-das al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 47º inci-so 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, ycon las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 039-/ MDCH; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigen- cia del beneficio de condonación de los intereses y mo- ras de las Deudas Tributarias y Administrativas aproba-do mediante Ordenanza Nº 039-MDCH, el cual se en-tenderá vigente hasta el 31 de enero del 2003. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Administración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoria Coactiva y a la Unidad de Informática el cabal cumpli- miento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase.AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 00017 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU