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PÆg. 237277 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de enero de 2003 Designan director de la Agencia Agra- ria Santa Cruz de la Dirección Regio-nal Agraria Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2003-AG Lima, 13 de enero de 2003 VISTO:El Oficio Nº 1708-2002-CTAR.CAJ-DRA/OPA, del Direc- tor de la Dirección Regional Agraria Cajamarca; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza de Director de Pro- grama Sectorial II de la Agencia Agraria Santa Cruz, de laDirección Regional Agraria Cajamarca, por lo que resulta conveniente efectuar la designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y la LeyNº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Méd. Vet. Henrry Hernán Delgado Posadas en la plaza de Direc-tor de Programa Sectorial II de la Agencia Agraria SantaCruz, de la Dirección Regional Agraria Cajamarca. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 00615 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos de la ContaduríaPœblica de la Nación DECRETO SUPREMO Nº 004-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, señala la obligatoriedad para todas las en-tidades de la Administración Pública de aprobar y publicarsus correspondientes Textos Únicos de ProcedimientosAdministrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 001-99-EF se actualizó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPAde la Contaduría Pública de la Nación; Que, habiendo transcurrido el plazo de ley establecido en el numeral 38.2 del artículo 38º de la citada Ley, es ne-cesario aprobar el TUPA de la Contaduría Pública de la Nación; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo Ge-neral; DECRETA:Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contaduría Pública de la Na-ción, según el Anexo que forma parte integrante del pre-sente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 001- 99-EF. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de enero del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU