Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2003 (14/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 14 de enero de 2003

remuneraciones, bonificaciones, vacaciones, gratificaciones, indemnizaciones por accidentes de trabajo, seguro social, seguro de MORDAZA, compensacion por tiempo de servicio, salario dominical y demas beneficios sociales en general que les correspondan, sin excepcion; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 419-FONCODES/GG, de fecha 27 de diciembre de 2002, rectificada mediante Resolucion Gerencial Nº 425-2002-FONCODES/ GG de fecha 30 de diciembre de 2002. se resolvio el Contrato de Locacion de Servicios Nº 009-2002-FONCODES, suscrito con fecha 8 de febrero de 2002, por causa imputable a la Empresa ALERTA PERUANA S.R.L., al no haber cumplido con acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales con sus trabajadores asignados a las Oficinas Zonales de Abancay, MORDAZA, MORDAZA, Puerto MORDAZA, MORDAZA y Tacna; Que, mediante Informe Nº 041-2002-FONCODES/GAFSGL, de fecha 27 de diciembre de 2002, la Subgerencia de Logistica solicita se declare la situacion de urgencia para la contratacion del servicio de Seguridad y Vigilancia de las Oficinas Zonales detalladas en el considerando anterior, por un valor referencial de S/. 62,000.00, senalando que el Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion para dicha contratacion estara conformado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular Especialista, quien ejercera la Presidencia, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Costa, Miembro Suplente, Sr. MORDAZA Yaya MORDAZA, Miembro Titular, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Suplente, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Miembro Titular y Sr. MORDAZA Llacsahuache MORDAZA, Miembro Suplente; Que, mediante Informe Nº 334-2002-FONCODES/ GPyS, de fecha 27 de diciembre de 2002, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas emite la disponibilidad presupuestal para atender las prestaciones de seguridad y vigilancia por situacion de urgencia en las Oficinas Zonales Abancay, MORDAZA, MORDAZA, Puerto MORDAZA, MORDAZA y Tacna, ascendente a un monto de S/. 62,000.00, el mismo que se encuentra dentro de las proyecciones previstas para el Ejercicio Presupuestal 2003, y con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, el inciso c) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con dicha ley; Que, el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, y que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse los supuestos senalados en los articulos 19º y 32º de la Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, el numeral 2) del articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el articulo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º. La autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara, en cada caso, la dependencia u organo

que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, el numeral 6.5 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, establece que la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion, segun corresponda, asi como determinar al dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el literal c) del articulo 19º y articulo 20º del Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la situacion de urgencia, debidamente aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, constituye uno de los supuestos de exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal previo emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la Entidad, el mismo que contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, habiendose resuelto el Contrato de Locacion de Servicios Nº 009-2002-FONCODES, y al MORDAZA de lo dispuesto en la Clausula MORDAZA del mencionado Contrato y la Primera Disposicion Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 003-2002-TR, y demas normativa MORDAZA citada, es necesario declarar la situacion de Urgencia para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las Oficinas Zonales Abancay, MORDAZA, MORDAZA, Puerto MORDAZA, MORDAZA y Tacna, mientras dure el Concurso Publico para la contratacion de dicho servicio para el ano 2003, asi como aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion a efectos se realice mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con las visaciones de conformidad de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Logistica, Gerencia de Planeamiento y Sistemas y Gerencia de Asesoria Legal; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; articulos 105º, 108º, 113º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; numeral 6.5 de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, y en uso de las atribuciones conferidas por el literal n) del articulo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las Oficinas Zonales Abancay, MORDAZA, MORDAZA, Puerto MORDAZA, MORDAZA y Tacna, autorizando la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, y que la contratacion respectiva se efectue bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- Precisar que el valor referencial de la contratacion asciende al monto de S/. 62,000.00 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, autorizando que la misma se efectue hasta que culmine el MORDAZA de seleccion que corresponda. Articulo 3º.- Disponer que la contratacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, estara a cargo de un Comite Especial integrado por las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Miembro Titular Especialista, quien ejercera la Presidencia. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Costa, como Miembro Suplente.

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